Los pueblos indígenas durante el siglo XX paulatinamente fueron siendo reconocidos como sujetos de derecho, como consecuencia de la larga lucha y la permanencia de sus poderosas culturas, que permearon las culturas dominantes foraneas impuestas a procesos violentos de dominación.

Como lo hizo la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas en el año 2007. En la cual en parte reconoce y afirma que:

"Afirmando que los pueblos indígenas son iguales a todos los demás pueblos y reconociendo al mismo tiempo el derecho de todos los pueblos a ser diferentes, a considerarse a sí mismos diferentes y a ser respetados como tales,

Afirmando también que todos los pueblos contribuyen a la diversidad y riqueza de las civilizaciones y culturas, que constituyen el patrimonio común de la humanidad,

Afirmando además que todas las doctrinas, políticas y prácticas basadas en la superioridad de determinados pueblos o personas o que la propugnan aduciendo razones de origen nacional o diferencias raciales, religiosas, étnicas o culturales son racistas, científicamente falsas, jurídicamente inválidas, moralmente condenables y socialmente injustas,

Reafirmando que, en el ejercicio de sus derechos, los pueblos indígenas deben estar libres de toda forma de discriminación,

Preocupada por el hecho de que los pueblos indígenas hayan sufrido injusticias históricas como resultado, entre otras cosas, de la colonización y enajenación de sus tierras, territorios y recursos, lo que les ha impedido ejercer, en particular, su derecho al desarrollo de conformidad con sus propias necesidades e intereses,..."

Ver completo: http://www.acnur.org/t3/fileadmin/scripts/doc.php?file=biblioteca/pdf/5509

Y revisar Convenio 169 de OIT

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