Portada Anterior Siguiente Índice | VI. Derecho, territorio y jurisdicción

VI. Derecho, territorio y jurisdicción


El derecho tiene una relación directa con la jurisdicción, en el sentido de control sobre un espacio territorial, aunque cuando –como hemos señalado- esto no obsta a que dentro de un mismo espacio coexistan dos (o más) derechos, o exista un verdadero traslape de normas jurídicas. Por eso quiero vincular la relación del derecho mapuche con el derecho estatal, desde la perspectiva de la involución territorial de los primeros.

“El concepto de territorio en la cultura Mapuche fue muy preciso: Wallmapuche es toda la tierra habitada por las comunidades, es el espacio en donde nace y se funda la cultura mapuche, donde tiene vigencia el Mapudugun, habla de la tierra. Es el espacio del cual se tiene conocimiento de su orden y estructura, del Meli Witran Mapu. El Lof indica la ubicación precisa de cada persona en el Wallmapuche. En la cultura Mapuche no basta con afirmar su pertenencia al Pueblo, es fundamental el Tuwún, que se refiere al espacio en donde se funda la identidad individual de los miembros del Lof” (Consejo de Todas las Tierras, 1997:15).

El Lof era la unidad territorial y familiar mínima de los mapuche, conformado por una o más familias. Varios Lof a su vez, constituyen (constituían) un rewe, que reconocen como autoridad al Logko. Varios (eventualmente nueve) rewe, conforman un ayjarewe. A su vez en cada Identidad Territorial se pueden distinguir varios Ayjarewe (Quidel, Jineo, 1999:155). Al interior del pueblo mapuche y durante el período que corre entre la realización de los primeros parlamentos (siglo XVII), hasta la ocupación militar, la organización política mapuche se fundaba en la distribución territorial y en el meli wixan mapu (Marimán, 2001). De este modo, es posible distinguir como la unidad más amplia de organización los Fütalmapus o identidades territoriales. Las Identidades Territoriales, constituyen la unidad territorial mayor, cuyo liderazgo se distribuye entre los logko o ñidol logko de los ayjarewe. No existe una única autoridad para todo el territorio. La Identidad Territorial esta determinada por el aspecto geográfico y por su conformación interna cultural. De esta forma, existe la Identidad Territorial Bafkenche, Wenteche, Naüqche, Pwelche, Pewenche, Wijiche.

La identidad territorial es una “delimitación socioespacial” realizada por los antepasados y fundado en criterios geográficos y ecológicos (Caniullán, Quidel, 2002: 4)

Actualmente, en todo caso, existe discusión acerca de la “verdadera” composición o ubicación de las identidades. Esto es así, porque por distintas causas –invasión militar, radicación y reducción de tierras, la ”diáspora mapuche”- las identidades se han reconfigurado, y se han debilitado. Se han reconfigurado, por cuanto han existido migraciones que han modificado algunas prácticas culturales y ritos, que eran distintas para cada identidad. El ejemplo más debatido es el caso de los Lafkenches. Se sostiene que los lafkenche habitaban principalmente el sector del lago Budi en la Novena Región. Actualmente, en cambio, la Identidad Territorial de mismo nombre, ha reclamado –en su Propuesta “De la Deuda histórica nacional al Reconocimiento de nuestros Derechos Territoriales”- un territorio que va desde Arauco. Mientras que se han desarrollado en el último tiempo, reuniones de dirigentes que se auto identifican como lafkenches, para planificar la reivindicación de los recursos del borde costero, y que representan comunidades de Arauco hasta la provincia de Valdivia. ¿Qué ha pasado?, ¿cuál es la verdadera identidad Bafkehche?.

Durante los últimos años la idea de Identidades Territoriales, o Fütalmapu a tomado bastante fuerza entre el movimiento mapuche, como forma de organización política. Probablemente porque corresponde a un símbolo que permite reafirmar la identidad; este tipo de organización era la que tenían los mapuche durante su período de mayor expansión, entre los siglos XVII y XIX.

Aunque la vigencia de esta institucionalidad debe ser –como toda institución social- revisada y resignificada, pues ya no tendrá el mismo sentido que entonces. Entre otras cosas, porque –para bien o para mal- hoy convive con otras institucionalidades propias de los mapuche (autoridades funcionales, vecinales, sindicales, liderazgos, etc.); o del Estado, tribunales, parlamentarios, autoridades administrativas; o aún otras, como las de carácter internacional. Hoy no puede tener las mismas funciones de ese entonces. Puede ser que hoy la principal función sea el desarrollar un sentimiento nacional y una identidad propia, pero no necesariamente el de administrar el uso del suelo, los recursos naturales, y la resolución de conflictos en torno a ellos. Para resolver estos, hoy día además de aquellos instrumentos, los mapuche también recurren a órganos del Estado (como la CONADI[14] o los propios mecanismos judiciales, la policía, etc.); y también a nuevos mecanismos (como juntas de vigilancia
[Durán, et al., 2001], reacciones sociales en los barrios o poblaciones).

Además, es necesario considerar una nueva realidad (en relación con la sociedad mapuche del siglo XVII a XIX), como lo es el hecho de que actualmente el mayor porcentaje de mapuche viven en las ciudades, donde –por cierto- también puede tener vigencia el sistema de autoridades tradicionales, pero con una aplicación diversa al que tiene en el ámbito rural.

Por último, se debe considerar que, por una parte, la reivindicación de las Identidades Territoriales contribuyen al fortalecimiento –como se señaló- del sentimiento identitario y la revalorización de lo propio; pero el diseño de cualquier institucionalidad debe tener presente el sentido nacional del pueblo mapuche, y que –en cambio- no favorezca la fragmentación.

Una propuesta en este sentido, implica definir un territorio dónde ejercer la jurisdicción; o bien, la administración compartida; o, en fin, un espacio que sea identificado como mapuche.

Debe considerarse la forma de generar autoridades propias. Actualmente, las autoridades –o mejor dicho, liderazgos- están determinados de muy distintas maneras. Por ejemplo, a través de elecciones periódicas (como en el caso de las comunidades constituidas legalmente de acuerdo a la ley indígena); por asamblea de la comunidad; por herencia; otros. No está claro de qué manera se coordinan éstas.


[14] A modo de ejemplo se puede citar el caso recogido por el equipo jurídico de COTAM, sobre la recuperación de un guillatué en Xuf Xuf.