I.
Propuestas de orden reparativo
Mediante
el estudio realizado, además de constatar la existencia de una
religión propia, se pudo conocer una serie de atropellos y violaciones a
los derechos fundamentales como pueblo, cometidos en contra de nuestro
Mapunche
ñi
Gijañmawün,
donde el Estado tiene la principal
responsabilidad.
Por lo que vemos necesario exigir la implementación de medidas, que
aborden la reparación de los distintos ámbitos y dimensiones
afectadas. Puntualizamos cuatro, que son las más
abarcativas:
1.
Restitución
de los derechos territoriales y políticos del pueblo mapuche
El punto de partida de la reparación histórica, así como
del replanteamiento de un “Nuevo Trato” desde el Estado hacia el
Pueblo
mapuche,
es el reconocimiento de los derechos políticos que éste tiene
sobre su territorialidad.
El
mapuche
Wajontu
mapu, entendido como
el territorio y
nación
mapuche, es la base fundamental para el desarrollo y proyección de los
distintos aspectos socioculturales de nuestro pueblo.
La
perdida sobre el control de nuestro territorio y la reducción
sistemática del mismo, por parte del Estado, ha sido uno de los
principales factores que han incidido en la degradación integral de
nuestro
mapunche
mogen, que involucra
la integralidad de los distintos ámbitos de vida de nuestro pueblo, el
cual se sustenta y orienta en concordancia con un conocimiento, filosofía
y religiosidad
propia.
La
evidencia más visible de este degradamiento, es la cada vez más
critica condición de empobrecimiento de las familias mapuche, cuyos
miembros se ven prácticamente obligados a reemplazar una forma de vida
mapunche,
en estrecha relación con el
ixofij
mogen
de un
mapu
determinado y particular, por otra no
–mapunche,
que en algunos casos significa urbanizarse y en otras aún viviendo en su
lof,
obligados a transgredir normatividades propias, ya sea ocupando espacios que
según nuestra religión no
se
deben usar para otro
fin más que el religiosos, o mal utilizándolos, etc. Es por ello
fundamental restituir y reconocer los derechos a los que hacemos mención,
como una condición previa a la reparación o proyección en
ámbitos específicos.
2.
Reconocimiento de los espacios socioculturales como patrimonio colectivo
religioso, social, económico y cultural del pueblo mapuche
Esto
obliga a su:
- A)
Restitución.
Considera la devolución, por expropiación o compra, de espacios de
relevancia cultural, que estén en manos de privados (mapuche y no
mapuche), así como espacios que actualmente están en
posesión de iglesias e instituciones estatales.
- B)
Mantención y conservación.
Dado que una
particularidad fundamental de los espacios es que constituyen ecosistemas, que
contienen diversidad de hierbas y vegetales, arbustos, árboles, aves,
animales y otras tantas especies, que le confieren vida. Y como el estudio
constató una gran cantidad de estos espacios que están
dañados y/o en vías de desaparecer, entre otros factores a causa
de la contaminación que progresivamente ha ido aumentando en las
últimas décadas, producto de desechos químicos en
ríos, lagos y mar, depósitos de basurales; Igualmente la tala
indiscriminada efectuada por mapuche y no mapuche, ya sea para un bien
económico o de autoconsumo, etc., se hace imprescindible proteger y
recuperar los ecosistemas de aquellos más deteriorados. Esto supone su
reforestación, cercado, y resguardo legal, tendientes a sancionar la
contaminación que estuviere realizándose en dichos espacios, entre
otras acciones desfavorables. Nos parece
muy
importante aclarar que
esta protección no debe significar el aislamiento o
“conservacionismo” de dichos espacios, como tradicionalmente se ha
realizado por parte de organismos del estado, como CONAF, lo que ha conllevado
consecuencias económicas, medicinales entre otras, al estar prohibido el
acceso a dichos lugares, antes bien, la idea primordial aquí es
recuperarlos para que cada uno de ellos cumpla el uso y función
correspondiente de acuerdo
al
mapunche kimün.
Los
espacios religiosos y socioculturales que más urgen restituir y
resguardar, son los de orden:
- Histórico:
Wigkul y Xeg Xeg
- Religiosos
Medicinal y Sociocultural: Aquí se incluyen espacios que se han
convertido en Parques Nacionales,
menoko,
püxantu, xayenko, ina
bafkeh, entre
otros,
y aquellos que han pasado a manos de privados tanto minifundistas como
latifundistas que son espacios donde desde tiempos inmemoriales se realizaban
Futake
Gijañmawün.
- Económico–productivo:
nuevamente se incluyen parques nacionales, zonas fronterizas, además de
Bafkeh.
3.
Reconocimiento legal de las autoridades religiosas y sociopolítica
mapunche
Teniendo
presente que cada una de las autoridades religiosas y sociopolíticas
mapunche
son los conductores de nuestro pueblo en las dimensiones religiosa, social,
política y territorial. Por lo tanto, el Estado chileno debe reconocerlos
como contraparte valida, frente a cualquier acción que le involucre,
tanto en el presente, como en el futuro. Este hecho, constituiría una
acción de respeto básico, y que le confiere sentido a este
“Nuevo Trato”.
Esto
implica reconocer legalmente los ámbitos de competencia
específicos, tanto de los
Wünenkülechi
Che como de los
Rechegenochi
Che.
Un
caso especial a mencionar es lo que acontece con el rol del
machi,
como autoridad religiosa medicinal, a quien debe garantizársele el
ejercicio pleno de su rol, esto
supone reconocer la
autoridad que él o la machi tienen sobre la persona(s) que acude a
él como
küxan/enfermo,
esta misma autoridad debe ser respetada y reconocida
legalmente
frente a la
institución correspondiente, donde el paciente deba justificarse, ello
abarca desde establecimientos educacionales, hasta distintos espacios
laborales.
4.
Protección y sanción legal contra toda forma de
discriminación o atropello psicosociocultural, calumnias e injurias, al
pensamiento religioso, practicas y autoridades religiosas mapunche
Dado
el grado de desconocimiento y tergiversación de nuestra religión,
tanto en el plano comunitario local como a nivel de la sociedad mayoritaria, no
es raro encontrar evaluaciones y juicios públicos discriminatorios, tanto
a sucesos con connotaciones religiosas, como a autoridades religiosas
mapunche,
que ante la
percepción del sentido común son poco normales. Es por ello
imprescindible generar mecanismos legales que permitan a quien es objeto de este
tipo de agresión defenderse.