Propuestas
de proyección de la religión mapunche
Las
propuestas que a continuación se desarrollan, tienden a garantizar el
fortalecimiento y proyección de la religión
mapuche,
y consecuentemente los distintos planos del
mapunche
mogen. Del mismo modo
contribuyen a garantizar una forma de relacionamiento interétnico
más equilibrado y respetuoso, entre el Estado y el pueblo
mapuche.
1.
Creación de una Institucionalidad de formación e
investigación mapunche
Mediante
esta propuesta, se insta al Estado que asigne recursos orientados al
fortalecimiento de la identidad mapunche desde el modelo
intracultural.
A partir de la
creación de un organismo que se dedique al estudio y reflexión de
aspectos medulares de la cultura, donde se incluya desde el conocimiento,
filosofía, religión, lengua, economía, política,
educación, entre otros temas. Todo lo anterior con el propósito de
que a través de esta misma instancia, se posibilite la formación
de nuevas generaciones de mapuche, bajo la perspectiva mapunche, e igualmente se
contribuya a mejorar la calidad de la educación formal estatal.
Asimismo,
es necesario que esta instancia tenga la facultad de corregir o pronunciarse
sobre publicaciones realizadas por terceros, como una forma de contribuir al
mejor conocimiento y cambio de visión sobre el pueblo
mapuche.
2.
Obligatoriedad de la Incorporación del mapuzungun y religión
mapunche en el currículum escolar, tanto en enseñanza nivel
básico, como de media
Dado
que una de las principales demandas expresadas en las entrevistas realizadas, ha
sido la cada vez más acelerada pérdida del idioma en las
últimas décadas trayendo a su vez como consecuencia el
desconocimiento casi total del aspecto religioso propio, en las nuevas
generaciones, y considerando que nuestros hijos no tienen otra alternativa de
educación formal reconocida por el Estado, más que la que este
entrega, es que la incorporación de la enseñanza del idioma y la
religión mapuche en los establecimientos
escolares
en general,
constituiría un incentivo importante para la reafirmación y
proyección del
mapuzungun
con todas las
implicancias que ello
tiene.
Obviamente esta
demanda amerita la formación de agentes especializados para llevar a cabo
tal tarea.
3.
Reconocimiento legal del futake gijañmawün
Es
un fenómeno generalizado en todo el territorio
mapuche,
Gulu y Pwel
mapu,
donde se realizan Futake Gijañmawün, ceremoniales más
amplios, que estos se han debido adecuar a las actuales condiciones socio
estructurales a las que han sido llevados los miembros del pueblo
mapuche.
Un factor determinante, lo constituye la
pobreza
material de las
familias, que obliga a los jefes/as de
hogar
a
buscar mejores
condiciones de vida, en empleos remunerados. Esto supone trabajar en tiempos y
horarios fijos, durante la semana. Razón por la cual, en la actualidad,
los
Fütake
Gijañmawün
se realizan obligadamente los fines de semana, para no perjudicar su principal
fuente de obtención de recursos para la subsistencia. Obviamente esto
desestructura el calendario ceremonial propio, que se conduce por el
Antü/sol
y
Küyeh/luna.
Por
las razones señaladas se hace necesario un reconocimiento legal de dichas
ceremonias que obligue al empleador, privados o Instituciones Estatales, en caso
de tener trabajadores mapuche, a conceder permisos y/o feriados laborales, que
les permitan participar integralmente del ceremonial de su
rewe.
Lo mismo es aplicable a los colegios donde asistan niños mapuche y
principalmente en aquellos establecimientos educativos que están
instalados al interior de los
Lof.
4.
Declaración de feriados religiosos mapuche
Dada
la importancia religiosa y sociocultural que tiene el We xipantü /
Wiñoy xipantü, para el pueblo mapuche, por constituir uno de los
principales referentes que delimita el ciclo de vida
mapunche,
así como las dimensiones de temporalidad, exigimos su declaración
como feriado religioso nacional. Este hecho contribuirá a que la sociedad
nacional vaya asumiendo cada vez con mayor claridad la existencia del pueblo
mapuche,
su cultura y su religión.
5.
Reconocimiento legal del mafün,
como norma propia
para la constitución de familias mapuche
Dado
que en el pueblo mapuche al igual que en la generalidad de los pueblos, la
familia constituye la base de la vida social, es imprescindible
garantizar
la vigencia y status legal de la forma mapunche de establecer vínculos
maritales, conocida como la ceremonia del
Mafün,
pues en él se encuentra implícito el modelo de familia
mapuche,
así como los deberes y derechos propios de quienes se constituyen como
tal, tanto en la dimensión religiosa, socio-afectiva y
material.
Hoy
en día el único vínculo valido ante la sociedad dominante y
también ante número creciente de
mapuche,
es el matrimonio civil que cumple con la función de resguardar y
garantizar el derecho de cada uno sus miembros, sobre el patrimonio
material-familiar. Mientras que en la dimensión espiritual se han
impuesto los matrimonios por la iglesia, sea católica, evangélica,
u otras.
6.
Que el Estado garantice el libre establecimiento de
eltun
a los miembros de los
lof
La Ley de cementerios
coarta la existencia y uso de los
eltun,
pues es a partir de su creación que los reñmawen de los fof,
comenzaron a abandonarlos, y proceden a sepultar a sus seres queridos en los
llamados cementerios. Por ende es necesario derogar la actual legislación
o formular otra alternativa que reconozca esta forma de entierro. Del mismo modo
y como la escasez de tierra ha sido otro de los factores que ha conllevado a
esta situación, muchas familias obligadamente han debido trabajar estos
espacios, los que originalmente no se debían utilizar para otros fines
que no fueran el de resguardar a los cheyem, haciéndose nuevamente
imprescindible la ampliación territorial de los
Lof.
Debido a la escasez de tierra en la que se vive en
gran parte de la sociedad mapunche, como también el establecimiento de
cementerios municipales ya erigidos en las comunidades, se sugiere reordenar la
forma de sepultura en los cementerios, dejando que opere el criterio propiamente
mapunche.
7.
Libertad de tránsito en límites fronterizos
internacionales
Este
punto esta referido a la cada vez más rígida prohibición,
por parte de los Estados argentino y chileno, para transitar de uno a otro lado
en los momentos de realización de las grandes ceremonias.
Situación que repercute negativamente en la forma que ancestralmente se
han venido efectuando los
futake
Gijañmawün,
que se caracterizan por incluir la participación de los
Wünenkülechi
che,
Rechegenochi
che, así como
familiares y amigos de otros
lof,
que no son miembros de
ese
rewe.
Mantener
este patrón de relaciones significa asistir al ceremonial preparados con
alimentos, caballos, banderas, entre otros elementos que en los últimos
años han sido estrictamente prohibidos en las aduanas de ambos
países
Un
ámbito muy importante para el pueblo mapuche, que de la misma forma ha
sido perjudicado, es el de la medicina propia. Pues como existe una conciencia
de pueblo que va más allá de la frontera, en el caso de los machi,
estos son requeridos a ambos lados de la cordillera. Acontece que desde
Pwel
mapu hacia
Gulu
mapu, viajan personas
en busca de salud, acudiendo a
machi.
Del mismo modo los/as machi viajan desde
Gulu
a
Pwel
mapu, a atender
distintos casos de enfermedad. En ambos casos, no se puede trasladar hierbas o
preparados medicinales, ya que esto no esta permitido, pues constituye un delito
legal.
Las
restricciones al libre transito también afectan la economía
mapuche,
sobre todo la economía
pewenche,
quienes tanto por las limitaciones territoriales de las
“veranadas”, como por la
regulación
de la cantidad de
piñones a extraer en la recolección, se han visto
perjudicados.
Por
todo lo anteriormente expuesto, vemos una gran necesidad de que el Estado
chileno asegure mediante los procedimientos legales pertinentes la libertad de
transito, por nuestro territorio, ante los casos mencionados.
8.
Control a la instalación de Iglesias
Esta
propuesta esta estrechamente ligada al reconocimiento legal de las autoridades
religiosas;
Rechegenochi
che y
Wünenkülechi
che. Supone la
regulación y control legal a la instalación de iglesias de
diversas religiones en los
Lof.
Esto implica considerar a las autoridades
mapunche,
una instancia de consulta previa al establecimiento de dichas instituciones
eclesiásticas. Como una forma de ir lentamente contra restando los graves
impactos que este hecho ha causado, a la integralidad de la religión
mapunche.
9.
Resguardo y derecho a la propiedad intelectual
Generar
una legislación que resguarde el conocimiento indígena en sus
distintas dimensiones y formas de manifestación. Escrito, oral, canto, u
otras.