3.
Inscripción, posesión y arrendamiento del territorio de Rapa Nui
por el Estado de Chile
3.1 Inscripción
y distribución tribal del territorio por el Ariki Hotu
Matu’a
Expedición
de Ira I Raparenga – 25 de Abril, fecha de salida de los Siete
Exploradores.
El
1º de Junio arribaron Ira I Raparenga , Cetro de Aurora, a Rapa Nui.
Descubriendo físicamente Te Pito o Te Henua para su Rey Motongi Hotu a
Matua X. A su llegada, después de reconocer el territorio empezaron la
medición e inscripción de los terrenos, dirigidos por el Primer
Discípulo Navegante, biólogo, geólogo, físico,
astrónomo y topógrafo Sr. Makoi a Hua Tava, registrador de Bienes
Raíces para el Rey que viene en camino tras ellos.
Al
desembarcar el Rey en la Bahía de Hanga Rau, más conocida como
Anakena; tomó posesión afectiva, física, espiritual e
intelectualmente de “Te Pito o Te Henua”. La reina Va Kai a Heva,
esposa del Ariki, a su llegada dio a luz a un niño al que llamaron Tuu
Maheke, convirtiéndose en el primer ciudadano Rapa Nui; mientras que de
la Reina Ava Rei Pua, hermana de Hotu a Matua, nació una niña que
llevó por nombre Ave Rei Pua Poki, la primera mujer Rapa Nui. Luego,
distribuyó sus tierras entre sus compañeros, nobles y
trabajadores.
- 3.2.
Inscripción del territorio por el Ariki Atamu Tekena, en
1888
Documento
escrito en idioma Tahitiano y Rapa Nui antiguo en su totalidad
“Inscripción
Bajo Palabra Extranjera.
Registro
de los nombres de los Soberanos Dueños de la Tierra”
“Del
Rey Maurata, he ahí Te Kena. El rey. Aru Pa Ata. Familia Real desde
nuestro Rey Hotu a Matua.
De
Te Hau Rahi. He ahí Rey Riro a Kainga, Tepano a Ouri Hangu Hangu, Kai
Tuoe, Ate Roto, Angata, A Hare Tohuu, Hono Re, A Renga Tohia, Renga Maengo, A
Rena a Tuui, Ruoa, Amutari, Romana, Apupao, Te Hana, Ao Ra Taari Ika, A Hua Ana
Kena, Pua Ohorito, A Petero, Kororo, Ahoara Vehi, A Kino, Tea Ata, Ta Ura u Pua,
Angata Taura a, Renga Hiango, Ao Pero, A Manu Kia Kia Rau Rau, Aatea, Veri Haka
Tea, Amata a Pia, Renga Iti Iti, A Ature, Ika, Arau rara, Kena Hia, Ahana,
Reputu, Renga Maeru, Manu A Renga Maenga, Ui Riva, Angure, Kita, Pakomio, Ori
Ori, Aporiko, Taurara, A Marureipa, Kapiriena, A Maro
Tahi
.
Adjunto
a los Soberanos de Territorio hasta el momento hay 25 escritos desntro de este
Documento, comienzando desde Anakena. Hanga o Hiro, Kuea e (Kora´e)
Kiakave, Ahu a Keo, Hanga o Hiro, hasta llegar a Ahu Kino Kino, la
Dimensión de la Propiedad. Adjunto a los Soberanos de la Propiedad con un
total de 50 Propietarios.
Registro
de Otras Propiedades. Te Aorai e o Uri, un Propietario, He ahí, Manu Iri
Tahi Aporiko, Te Peperenga.
Tercer
Propietario dentro de esta Propiedad. O Rika a Pakomio, O Hura a Moko, O Ika
Hiva, A Rape. Nombre escrito en este registro desde Umu ONU hasta Ahu Mati
(Ki).
Registro
de los nombres de los Soberanos de la Propiedad desde Ahu a Mati (Ki), Hasta
llegar a Vai Mata. Escrito en este registro.
Registro
de los Nombres de los Soberanos E O Ruka. Oi Huimoko, de Ahí viene
Hereveri a Rupa. E O Koro Veri Aku uria, Te Aru Aruhia, o Vaitâ, Aatia Ure
o Rupa, A Matariki o Ika, A Tuu Hati, O Voraro aura.
Desde
Vai Mata, manu Hahe, Mai Taki Te Mo´a Ara Vihi, Vai Paku, Hasta Papa o Pea
y Puku Tapu”.
3.3. Creación
de la gobernación marítima de Isla de Pascua y arrendamiento del
territorio por el Estado de Chile a Enrique Merlet y la compañía
explotadora de Isla de Pascua, Williamsom y Balfour
El
15 de Junio de 1896 Chile crea la Subdelegación Marítima de Isla
de Pascua, dependiente de Valparaíso, con el fin de encargar todo lo
relacionado con la isla a esta Institución.
Debido
a la revolución de 1891 contra el Presidente Balmaceda, en 1895 Chile
arrienda la Isla de Pascua con la totalidad de sus animales, según ellos
mismos lo expresan, a Enrique Merlet y la empresa Williamson & Balfour, que
conformaron por 58 años la Compañía Explotadora de Isla de
Pascua.
3.4 Inscripción
del Estado de Chile de las tierras denominadas fiscales en el Conservador de
Bienes Raíces de Valparaíso en el año 1929
Con
fecha 19 de Abril de 1929, el Ministerio de Defensa Nacional, a través de
la Subsecretaría de Marina, pone término al temperamento
provisorio de mayo de 1917, e inscribe “las tierras fiscales” en el
Conservador de bienes Raíces de Valparaíso; incluyendo como tales:
a las tierras ancestrales pertenecientes a los Rapa Nui, junto con las que le
habían comprado a lo hermanos Salmón en Tahiti en el año
1887, antes de tomar posesión de Isla de Pascua el 9 de Septiembre de
1888, sin ratificar el Convenio Firmado entre el Ariki Atamu Tekena y el
Capitán de la Marina de Chile Policarpo Toro Hurtado. Documento por todos
ya conocido.
3.5 Inscripción
del Estado de Chile de la totalidad del territorio de Rapa Nui en el conservador
de Bienes Raíces de Valparaíso en el año 1933
El
11 de Noviembre de 1933, Chile, en el acto de más franco atropello a los
derechos territoriales ancestrales de los Rapa Nui, recomendado por la
Comisión Consultativa presidida por Moseñor Rafael Edwards y
tomando en cuenta que los señores Brander y Merlet no habían
inscrito “sus terrenos” al no haber podido presentar la
documentación requerida para comprobar su propiedad, e ignorando
completamente a los Rapa Nui como
legítimos
dueños y
señores
(según las palabras del propio Policarpo Toro), determina acogerse a lo
planteado en el Artículo 590 del Código Civil de Chile, de fecha
el mismo 11 de Noviembre del año en curso, según el cual;
“son bienes del Estado todas las tierras que, estando situadas dentro de
los límites territoriales que carecen de otro dueño”,
procede a inscribir la Isla de Rapa Nui a nombre del Fisco en el Conservador de
Bienes Raíces de Valparaíso; donde manifiesta: “En
Valparaíso, a once de Noviembre de mil novecientos treinta y tres. El
Fisco, es dueño de la Isla de Pascua, denominada también Rapa-Nui,
ubicada a los 27º 08’ 37’’ de Latitud S.: y a los
109º 26’ 10’’ de longitud W; que tienen una superficie de
quince mil seiscientas noventa y siete hectáreas y que deslinda; por el
Norte, Sur, Oriente y Poniente con el Océano Pacífico.
Adquirió dicha Isla, por ocupación en virtud del Artículo
quinientos noventa del Código Civil de Mayor Cuantía de esta
ciudad, de fecha once del corriente mes, y documentos que se protocolizan bajo
el número treinta y uno y bajo el número treinta y dos al final
del Registro de Propiedades del corriente año y trimestre.” En
comprobante firman: Luis Brucher E y Jorge Soffia B.
En
Rapa Nui, como en muchos otros países, donde los pueblos originarios han
sido desplazados de sus territorios ancestrales, esclavizados e incluso
exterminados, primero por los colonizadores europeos y actualmente sus
descendientes, el Estado de Chile, guiado por sus afanes comerciales,
pasó de oportunista a irresponsable, inscribiendo un territorio que
sabía que no le pertenecía a su nombre autoproclamándose
“dueño”, para después por muchos años
más continuar con el sistema dictatorial de la Armada de Chile, al
cuidado de un grupo de explotadores inescrupulosos a quienes llamaron sus
Representantes, haciendo oídos sordos a los reclamos y denuncias que
desde este rincón del mundo hacíamos, con el único fin de
ser reconocidos como Seres Humanos iguales, con los mismos derechos, que hasta
el día de hoy nos niegan denominándonos indígenas, no
considerando que nosotros siempre hemos sido y seremos polinésicos.
Además ya existía una Inscripción previa a nombre de Todos
los Soberanos y Dueños del Territorio de Te Pito o Te Henua suscrita por
el Ariki Atamu Tekena 45 años antes.