Portada Anterior Siguiente Índice | 7. La Comisión Radicadora de Indígenas

7. La Comisión Radicadora de Indígenas


El proceso de radicación, reducción y entrega de Títulos de Merced se desarrolló entre 1884 y 1929. El primer Título de Merced fue entregado al cacique Ancapi Ñancucheo, en la localidad de Huequén, actualmente un barrio de la ciudad de Angol. “... Fueron 880 hectáreas de superficie para sí y 98 personas más de su familia. Firmaron este documento don E. Fuentes, don Raimundo Ansieta y don Teodoro Schmidt. El último Título de Merced entregado por el Estado fue a don Juan Melivelu el 14 de noviembre 1929 por una extensión de 230 hectáreas en la zona de Truful Truful, en la comuna de Cunco...”[104]. (Ver Mapa Nº 24)

La radicación de indígenas comienza a hacerse efectiva con la creación de la Comisión Radicadora de Indígenas en 1883, la que estaba conformada por un abogado -que la presidía- y dos ingenieros. Su objetivo fundamental consistía en radicar a los indígenas en espacios delimitados, las reservaciones, de modo que el resto del territorio quedase libre y expedito para la colonización[105]. Ciñéndose a las reglas establecidas en la Ley del 4 de diciembre de 1866 “... la Comisión Radicadora procedía al deslinde de los terrenos que eran ocupados por los indígenas, debiendo estos probar una posesión efectiva y continuada de al menos un año. Una vez resueltos y fijados estos deslindes, dicha comisión procedía a extender un acta de todo lo realizado en un libro, y expedía a favor del o de los indígenas poseedores un Título de Merced a nombre de la República, insertando copia de dicha acta y anotando el título en otro libro que servía de registro conservador de la propiedad indígena[106].

No obstante, su trabajo fue lento y engorroso, demorando años en llegar a zonas con un importante número de población indígena, lo que influyó para que al momento de su arribo, gran parte de la tierra ya hubiese pasado a manos de particulares impidiendo su radicación. Alrededor de un tercio de la población mapuche no habría sido radicada por la Comisión, ya que esta prácticamente no llegó a las provincias de Valdivia, Osorno y Llanquihue. En estas zonas las tierras no les habrían sido reconocidas como propias, y se mantendrían vigentes los títulos de Comisarios entregados por la Corona[107].

Por otra parte, de acuerdo a la lectura de Títulos de Merced se deduce que la Comisión actuaba de preferencia en los períodos de primavera y verano. El procedimiento seguido era el siguiente[108]:

“...se toma matrícula por el Secretario de la Comisión de Títulos o por un ingeniero i a veces por su mismo Presidente, de los indígenas existentes en una zona dada. Practicado este trabajo los indios deben comparecer a esa oficina con testigos que establezcan su calidad de tales i que declaren que han poseído por más de un año el terreno en que pretenden radicarse. Rendida la información se le estiende título de merced que es notificado al señor promotor fiscal y al infrascrito”. (Memoria del Protector de Indígenas de Cautín, Eulogio Robles, 1902, p.170)[109].

Este trámite podía demorar en algunos casos hasta tres años en completarse, y cuando esto sucedía, debía efectuarse una nueva matrícula, pues lógicamente en ese lapso el número de población encuestada había variado. El proceso de radicación era lento y estaba permanentemente interrumpido por la ausencia de uno u otro funcionario de la Comisión, que poco motivados por sus bajos sueldos y las dificultades cotidianas, demoraban y tramitaban la radicación por diferentes motivos.

La Comisión tenía instrucciones de no entregar Títulos de Merced sin antes resolver litigios de posesión y deslinde, los que debían resolverse en el período que iba entre la petición de radicación y la entrega de Títulos de Merced, si no había reclamaciones. Sin embargo, en muchos casos la solicitud de radicación no llegaba a ser atendida, lo que se supone ocurrió a lo menos en 89 casos.

En la zona de Cañete, hacia 1904, prácticamente todos los radicados tenían problemas de deslindes y usurpaciones con ocupantes nacionales, los cuales se habían instalado a la fuerza en aquellos lugares. Un caso extremo es el del cacique Francisco Huelate de Licauquén (Cañete), el que tenía 13 juicios por restitución y deslindes con diferentes ocupantes nacionales.

Otro ejemplo es la zona de Cunco, al oriente de la ciudad de Temuco. En esta zona, a orillas del lago Colico, los indígenas radicados en 1910 debieron soportar nueve años más tarde la remensura y reubicación de sus posesiones debido a la formación de la Concesión Silva Rivas, la que deslindaba con casi todas las reducciones. En este proceso, fueron muchos los que perdieron parte de su ya disminuida cabida de tierras. Otras áreas de conflicto, para la Comisión Radicadora, eran las zonas de Lonquimay- Bío-Bío y prácticamente la totalidad de las provincias de Valdivia, Osorno y Llanquihue.

La acción estatal en la reducción y reparto del territorio usurpado al Pueblo Mapuche trajo consigo numerosos pleitos y conflictos, durante y después de producida la radicación de los indígenas. De esta manera el territorio mapuche es objeto de innumerables acciones usurpadoras de tierras efectuadas por particulares que se habían instalado como vecinos de las comunidades mapuches o por el propio Estado, cuando, a través de los remates de tierras, no respetaba los deslindes establecidos por los Títulos de Merced, así como ya no lo había hecho con las tierras ocupadas ancestralmente por el Pueblo Mapuche y que con el proceso de radicación les fueron sustraídas.

En este sentido, el Estado chileno fue el responsable de crear un conflicto que tuvo efectos inmediatos en la zona y que afectó fuertemente a la sociedad mapuche; pero además el Estado proyectó el conflicto indígena, haciéndolo permanente hasta el día de hoy, no sólo por haberse apropiado de un territorio que no le pertenecía, sino porque además a través del proceso de radicación y reparto de las tierras de la Araucanía, entrampó a numerosas comunidades mapuches en fuertes y largos litigios con particulares, cuestión que puede verse con toda claridad hasta nuestros días. En muchas ocasiones se repartieron tierras a particulares donde ya se había radicado a mapuches, entregando al particular una parte o la totalidad del Título de Merced, como lo ocurrido a la comunidad Huenucal Ivante, de Lonquimay, que fue expulsada de sus tierras por los “nuevos dueños”, a pesar de que la comunidad había recibido con anticipación el título de merced[110]. En otros casos se radicó a mapuches al lado de tierras rematadas y adjudicadas por particulares, en estos casos la ambición de los colonos poco a poco llevó a las corridas de cerco y la progresiva usurpación de los Títulos de Merced. Finalmente la Comisión de Radicación Indígena, en muchas ocasiones, no entregó lo que realmente correspondía en Título de Merced a los mapuches, reduciendo aún más la superficie que quedaba en poder de aquellos.

Por otro lado, la Comisión Radicadora habría demostrado con los hechos, que el buen trato hacia los indígenas solo quedaba en el ámbito de la formalidad. La falta de atribuciones y poderes de la Comisión y de los Protectores de Indígenas -cargo creado en el mismo período- caracterizados por su inoperancia y lentitud para actuar, “... demostraban la dificultad de la sociedad chilena para plantearse ante los indígenas y la incapacidad del Estado de articular una política coherente frente a los mapuches -un Estado nación que aún se percibía en formación fundamentalmente preocupado de integrar tierras productivas... ”[111].

Asimismo, de acuerdo a los criterios utilizados para aplicar la política de radicación, se pensaba que esta permitiría que los mapuches dejaran su condición de “indios primitivos” y fueran absorbidos por la sociedad nacional y su cultura.

La forma más común en que operaba la reducción, consistía en otorgarle al dueño de casa la tierra que tenía abierta, cercada, limpia para la agricultura; esto es, evidentemente, trabajada. Las tierras de montaña casi nunca se les reconocieron, como tampoco ocurrió con las tierras de grandes vegas o lomajes que no estaban siendo trabajados en ese momento.

Quienes fueron radicados, dejaron de ser dueños de las grandes extensiones de territorio que ancestralmente les pertenecía para ser confinados a una parte ínfima de este. Por lo general, se les entregaron las tierras más apartadas y de más baja calidad agrícola. Cabe señalar a este respecto, que mientras en el mismo período el Estado vendía a particulares lotes de 500 hectáreas de tierras de las que se había adueñado a través de la legislación y concedía gratuitamente a colonos extranjeros en territorio mapuche hijuelas de 40 hectáreas para cada familia -más de 20 hectáreas por cada hijo varón mayor de 12 años-, los mapuches eran obligados a subsistir en territorios con una alta concentración de población - 6,18 hectáreas por persona, como promedio-, de esta forma, se limitó al mapuche a un hábitat reducido al cual no estaba acostumbrado, alterando gravemente su forma de vida y haciendo más difícil su subsistencia material.

En la provincia de Malleco, la Comisión, privó, en la práctica, a la mayoría de las comunidades mapuches de parte importante de sus territorios, ya que dejó fuera de los Títulos de Merced las tierras ocupadas en pastoreo, para extracción de leña y recolección, de las cuales dependía su supervivencia material. En virtud de ello, sólo se otorgó a las comunidades título por los terrenos concebidos como “posesiones indígenas”, es decir, las casas y huertos familiares, privándose de los terrenos alejados de sus posesiones, las tierras antiguas, que permitían la supervivencia de los mapuches[112].

Se debe decir, además, que muchos particulares, compraron varios lotes de tierras, a través de la acción de “Palos Blancos”, por lo cual la idea de hacer de la región una zona de numerosas hijuelas, no pudo concretarse, pues en el sur se reprodujo la realidad de la zona central, de grandes propiedades. Como ya fuera dicho, estos propietarios, extendieron sus terrenos ocupando por lo general las tierras mapuches, a través de corridas de cercos y corridas de ríos. Esta situación era ayudada por la inexistencia de papeles legales en manos mapuches, con lo cual a través de papeles firmados en notarías bajo el engaño del indígena o simplemente en su ausencia, se apropiaban “legalmente” de dichos terrenos.

De esta manera, la acción de la Comisión Radicadora en gran parte, no respetó los deslindes naturales que separaban a una comunidad de otra, trazando líneas en los planos y creando figuras geométricas alejadas de la ocupación real. Coincidentemente, muchas comunidades dejaron de colindar entre sí, ya que hijuelas adjudicadas en remates fiscales como tierras sobrantes, fueron entregadas a colonos chilenos y extranjeros[113].

Frente a este escenario, ya desde los primeros años del siglo XX, comienzan las críticas al proceso de radicación en determinados sectores de inspiración católica o ligados al Partido Democrático, entre los cuales ya se encontraba desprestigiado.

Los denominados Protectores de Indios[114] debido al contacto cotidiano con los conflictos suscitados, fueron los primeros en considerar lo perjudicial de la radicación para los mapuches, sin embargo, sus comentarios respecto de estos hechos no fueron tomados en cuenta.

El poder de la Comisión Radicadora era prácticamente nulo frente a las ocupaciones con Títulos y mucho menos frente a las ocupaciones de hecho. Esta era la realidad de Arauco, las provincias de Valdivia, Osorno y Llanquihue, zonas en las cuales las leyes de prohibición demoraron varios años en llegar. En estas últimas provincias el despojo fue violento y los Protectores de Indígenas denunciaban permanentemente asesinatos, desalojos a la fuerza, ocupaciones de hecho, etc. Estos hechos fueron permanentemente amparados por juzgados de menor cuantía, notarios y una variedad inmensa de funcionarios[115]. Los Protectores de Indígenas, siguiendo estrictamente la ley, señalaban respecto a esto, que el objetivo con el que había sido creada la Comisión era deslindar la propiedad indígena y no tenía otra función.

Por otra parte, los Títulos de Merced otorgados a los indígenas en nombre de la República no concedían terrenos, sino documentar un hecho: la posesión. No se radicaban indígenas en terrenos baldíos del Estado: “... los indígenas no reciben nada del fisco: por el contrario, este quita a aquellos, pues con la radicación los estrecha, los limita en sus posesiones para adquirir el sobrante.” (Protectorado de Indígenas de Valdivia. Memoria de don Carlos Iribarra, 1911, p.645)[116].

Este habría sido uno de los puntos centrales del cuestionamiento de quienes criticaban la radicación, pues se distribuían pequeños retazos de tierras a quienes eran poseedores históricos de ellas. Otros criticaban el proceso de radicación porque este reconocía, en parte, la estructura socio-política de los mapuches, además de la poligamia y la negativa de los indígenas de inscribir a sus hijos en el Registro Civil. Para ellos, la radicación debía ir acompañada de elementos “civilizatorios” tales como el matrimonio civil, la monogamia, la inscripción de los hijos en el registro correspondiente, entre otros aspectos[117] .

Entre quienes se oponían a la radicación también estaban aquellos que creían que no se debía continuar con las leyes de protección a los indígenas y menos con la radicación por familias, pues esto alejaría cualquier posibilidad de “civilizarlos”, por cuanto los indígenas seguían reproduciendo en ese espacio sus mismas “... condenables costumbres ancestrales... ”[118].

Pero también los mismos indígenas, manifestaron su oposición a la radicación sobre todo en aquellos lugares en donde el sobrante de tierra parecía ser mayor, pues se daban cuenta de que al ser sometidos a reducciones perderían toda oportunidad de ensanchar sus posesiones. Creían también en la posibilidad de que sin la existencia de leyes de prohibición y sin la radicación, podían aumentar sus cabidas, vía arriendo, ventas y compras de terreno, es decir, como cualquier ciudadano. Sin embargo, este hecho permitió que en Valdivia, Osorno y Llanquihue, antes de las leyes de prohibición de 1893, se despojara a los indígenas de la forma en que se hizo. Si se estudia en aquellas áreas la ubicación de los Títulos de Merced, estos se agrupan en las zonas cordilleranas y lacustres, y en la costa; en el llano central la cantidad de títulos entregados es muy baja[119].

En definitiva, el proceso de reducción significó un empobrecimiento dramático en la sociedad mapuche, resquebrajó las solidaridades internas y les dejó escasísimas alternativas para subsistir, quizá el único camino posible sería la asimilación, cuestión que el pueblo logrará resistir una vez más. Respecto al empobrecimiento del Pueblo Mapuche, en 1924 Manuel Manquilef señalaba que la radicación “... ha sido la conquista más pesada y dura: engaños, violencia, asesinatos, quemar rucas e indios...”, y aunque en un principio se respetaron los límites de los títulos de merced, con el tiempo los ingenieros hicieron lo que se les antojó y arrojaron a los mapuches de sus tierras para darlas a colonos o rematantes, se decía en la Comisión Radicadora, que “... el indio no podía ocupar más de 3 ó 4 hectáreas... ”. Agregó Manquilef, que a causa de la pérdida de tierras “... tuvo que morir de hambre el 95% de las numerosas masas de ganado de que eran dueños antes de radicárseles... ”[120].

De esta manera, la sociedad mapuche pasa de un estado de riqueza y abundancia, que había alcanzado durante la colonia y que se mantuvo hasta los primeros años de la República, a un estado marcado por la pobreza que se prolongará hasta la actualidad. Como ya fuera dicho, mapuches, y en menor grado no mapuches, denunciaron estos hechos que ocurrían en el sur del país, el problema es que por lo general, estas denuncias no fueron escuchadas.


[104] Bengoa, José. Historia de un conflicto... Op. cit.: 53.
[105] Bengoa, José. Historia del pueblo mapuche... Op. cit.: 343.
[106] Aylwin, José. Estudios sobre tierras indígenas de la Araucanía: Antecedentes Histórico Legislativos (1850-1920). Serie Documentos Nº 3. Instituto de Estudios Indígenas. Universidad de la Frontera. Temuco. 1995. p. 37.
[107] Ibíd.: 5.
[108] Bello, Álvaro. “La Comisión Radicadora de Indígenas, su paso por la Araucanía (1866-1929). Nütram Nº 34. Ediciones Rehue. Santiago. 1993. p. 37.
[109] Ibídem.
[110] Correa, Martín, et. al. “Reforma Agraria...” Op. cit.: 227.
[111] Bello, Álvaro “La Comisión Radicadora...” Op. cit.: 33.
[112] Aylwin, José y Martín Correa. “Tierras Indígenas de Malleco: Antecedentes Histórico Legislativos y Estudio de Comunidades”, pp. 55-66. Tierra, Territorio y Desarrollo Indígena. Instituto de Estudios Indígenas. Universidad de La Frontera. Temuco. 1995. p. 59.
[113] Ibíd.: 13.
[114] Funcionario encargado de asuntos indígenas.
[115] “Un indignado Protector llega a mencionar hasta diez diferentes formas conocidas por él de cómo arrebatar terrenos a los mapuche”. Bello, Álvaro. “La Comisión Radicadora...” Op. cit.: 40.
[116] Ibídem.
[117] Ibíd.: 40.
[118] Ibídem.
[119] Ibíd.: 41.
[120] Correa, Martín, et. al. “Reforma agraria...” Op. cit.: 228.