9.
El Gobierno civil a partir de 1965.
Fue
bajo la administración del Presidente Eduardo Frei Montalva, que las
demandas de los isleños por las precarias condiciones económicas,
sociales y culturales en que vivían, fueron aceptadas como
legítimas, y en 1965, se puso término a la restricción de
circular por las costas y fundo de la Isla, traspasándose la
administración a manos de CORFO. Los rapanui obtuvieron la
ciudadanía chilena recién en 1966.
El
proceso anteriormente descrito, conduce a la incorporación efectiva de
los isleños al Estado chileno, a través de la llamada “Ley
Pascua” (N° 16.441, de 1966), que crea el Departamento de Isla de
Pascua en la Provincia de Pascua. Se fijan normas para la organización y
funcionamiento de diversos servicios públicos y se faculta al Presidente
de la República para otorgar a personas naturales, títulos de
dominio en terrenos fiscales urbanos de Rapa
Nui. En los últimos años, la administración de la
isla se ha basado en esta ley, que le otorga un régimen administrativo y
judicial especial. El reconocimiento del abandono histórico y de las
especiales condiciones de la isla, se tradujo en beneficios tales como la
exención absoluta de impuestos, la prohibición de venta de tierras
a extranjeros, y la aplicación de justicia con penas menores para los
isleños. En cuanto al patrimonio cultural mueble, se regula su salida de
la isla y del país.
Con
el advenimiento del gobierno civil en Pascua, el Estado chileno amplía su
presencia en todos los ámbitos, instalando oficinas de distintas
reparticiones administrativas del Estado, como Ministerios de Justicia, Obras
Públicas, Bienes Nacionales, Carabineros, Banco del Estado, SERNATUR de
Chile, etc., lo cual se ve facilitado por la implementación de vuelos
comerciales regulares por parte de LAN Chile. A partir de ese momento, se inicia
un proceso que Andueza denomina la
rapanuización
de los espacios políticos, que previamente habían estado bajo el
control de agentes externos y que cada vez y con mayor incidencia, están
siendo reapropiados por los rapanui.
Con
todo, los conflictos persisten. En carta abierta dirigida al presidente del
Senado, fechada el 27 de septiembre de 1966 y firmada por cincuenta y dos
rapanui, se protesta por la falta de consulta por parte de las autoridades en la
toma de decisión y por el envío de una dotación de treinta
y dos carabineros, más oficiales a la isla, argumentándose que la
dotación de personal de carabineros, se habría elevado a
razón de un carabinero por cada veinte habitantes, habiendo
simultáneamente en el continente localidades sin resguardo policial. El
reclamo se extiende además, a hechos concretos como la
expropiación de terrenos para la construcción de la escuela,
caminos y radio-faro, prometiéndose compensaciones que no se pagaron. Por
último, dan a conocer el trato discriminatorio de que son objeto las
personas contagiadas con lepra al organizarse, según se afirma,
“... una cacería de enfermos de lepra, con auxilio de la
policía para internarlos en el Sanatorio, donde hay una extensa lista de
contagiados y de enfermos que deben ir por la fuerza a recluirse al lazareto...
”.
En
1966 se suscita un conflicto entre el
Alcalde Alfonso Rapu y el Gobernador Enrique Rogers. Los isleños se
dividieron en dos grupos, uno que apoyó la posición del gobernador
y el otro que dirigía Alfonso Rapu. A Rogers se le acusaba de: ejercer en
estado de ebriedad, discriminación política y engaño al no
cumplir sus promesas. En el desenlace intervino la fuerza policial y hubo
agresión a
mujeres.
Una
de las primeras obras públicas de importancia fue la construcción
del aeropuerto de Mataveri, a mediados de los sesenta, que junto con contribuir
a mejorar las comunicaciones entre la Isla y el continente, implicó el
acopio y traslado de miles de toneladas de material superficial, incluyendo
incontables sitios y materiales arqueológicos.
En
el año 1966, por otra parte, se instaló en la isla una agencia de
CORFO (Corporación de Fomento de la Producción),
institución a la que se le encomienda la producción
eléctrica, agua potable, manejo del muelle y administración del
Fundo Vaitea. En 1980, estas funciones las asume SASIPA (Sociedad
Agrícola y de Servicios Isla de Pascua), como empresa filial de CORFO. El
Fundo Vaitea (administrado por SASIPA), se dedica a la producción
ganadera y a proyectos como la plantación de eucaliptos para la
generación de energía eléctrica, lo que nunca fue llevado a
cabo. En la actualidad, el territorio del Fundo incluye el área central
de la isla, alrededor de Maunga Terevaka y la península de Poike -al
oriente-, cubriendo unas 4000 hectáreas.
No
hay duda de que la puesta en vigencia de la Ley Pascua de 1966,
representó un hito que contribuyó a cambiar de manera definitiva y
radical la fisonomía de las relaciones entre el Estado y el Pueblo Rapa
Nui. Sin embargo, cabe señalar que no llevó aparejada,
necesariamente, la definición e implementación de una
política de Estado con perspectiva de largo plazo. Múltiples y con
efectos más bien magros, fueron los intentos por subsanar esta
insuficiencia, sin contar con que la participación de la población
isleña en estos procesos sólo se ha intensificado en los
últimos años.
Con
el objeto de definir tal política, se han constituido varias comisiones a
través del tiempo.
La
primera, denominada “Comisión Nacional Asesora para el Departamento
de Isla de Pascua”, fue creada por el Ministerio de Economía,
Desarrollo y Reconstrucción en 1967 -Decreto Supremo Nº 534 de
28.04.1967-, cuyo objetivo era velar por la conservación del patrimonio
arqueológico rapanui, respeto y preservación de la lengua,
tradiciones y costumbres de la población local “... coordinar la
acción de los organismos estatales, velar por el cumplimiento de los
programas...”.
En
esa época, por otra parte, visitaron la isla especialistas de UNESCO y
del Fondo Mundial de Monumentos, para sentar las bases de un plan de desarrollo
en la isla, basado en la calidad de sus recursos arqueológicos y la
fragilidad de su ambiente. Al mismo tiempo, estaba en funciones un programa de
restauraciones arqueológicas que significó el inicio de la
recuperación de la identidad cultural de los rapanui, a partir de la
restauración del Ahu Akivi en 1968. Los recursos extranjeros eran
complementados con los aportes provenientes del Casino de Viña del Mar,
según establecía el artículo 40 de la Ley Pascua.
Ese
mismo año, con objeto de proteger los recursos arqueológicos de la
isla, y bajo la dirección de los arqueólogos William Mulloy y
Gonzalo Figueroa, se dio inicio a un programa de prospección
sistemática de los restos arqueológicos. En sus inicios, los
trabajos de arqueología se financiaban con un aporte proveniente del
casino de Viña del Mar. Sin embargo, este artículo de la Ley
Pascua fue derogado en 1974, lo cual significó la pérdida de una
importante fuente de financiamiento para la preservación del patrimonio
arqueológico rapanui.
El
objetivo de la prospección, fue contar con una base de datos
pública que sirviera de instrumento de planificación para la toma
de decisiones y ordenamiento territorial. En 1977 este proyecto fue traspasado a
la Universidad de Chile, donde años más tarde -1979- se crea el
Instituto de Estudios de Isla de Pascua, dependiente de la rectoría de
dicha casa de estudios. Este instituto debía “... constituirse en
una unidad de documentación que permitiera concentrar y sistematizar toda
información disponible sobre la Isla”. El Instituto ha funcionado
con mayor o menor presencia a lo largo de los años, habiéndose
prospectado probablemente el cincuenta por ciento de la superficie total de Rapa
Nui. Esta base de datos, sin embargo, no ha sido de carácter
público, y de hecho cada grupo de investigadores que ha trabajado en
Pascua en los últimos treinta años, ha tenido que re-prospectar su
área de trabajo, lo cual no ha facilitado la conservación del
enorme patrimonio arqueológico y cultural del Pueblo Rapa Nui.
Posteriormente,
en 1971, el Decreto Supremo Nº 1139 crea la “Comisión Nacional
para el Desarrollo de la Isla de Pascua”, de modo de asesorar al
Presidente de la República a “... coordinar la acción de los
organismos estatales en el cumplimiento de los planes de desarrollo elaborados
por ODEPLAN”. Esta Comisión estudia y propone un Plan de Desarrollo
publicado en 1972, que incluye la creación de un Consejo Departamental de
Desarrollo, con amplia participación de la población rapanui, plan
que no alcanza a implementarse debido al golpe militar.
A
partir del 11 de septiembre de 1973, se pone fin a las cooperativas, se suprimen
las organizaciones comunitarias, se suspenden las funciones municipales y se
asigna un gobernador militar a Rapa Nui, y el año 1974 se deroga el
artículo 40 de la Ley Pascua, a través del cual se
establecía un aporte financiero del Casino de Viña del Mar a la
municipalidad y el desarrollo de actividades arqueológicas en la
isla.
Rapa
Nui pasa a ser considerada como punto estratégico, y como un puente
aéreo y espacial internacional, lo que lleva al gobierno militar a
celebrar un convenio entre la FACH y la NASA. Sin embargo, es bajo ese gobierno
que se designa por primera vez a un rapanui como Gobernador de la Isla -Sr.
Sergio Rapu Haoa-, transformándose en un precedente respetado por todos
los gobiernos posteriores.
El
año 1979 se dicta el D.L. Nº 2.885, en virtud del cual se establece
la regularización de la propiedad en Isla de Pascua, mediante el
otorgamiento de títulos de dominio gratuitos a los poseedores regulares.
El proceso es similar al llevado a cabo en las comunidades mapuches, tras la
aplicación del D.L. Nº 2.568. En vista de la dictación de
este decreto por parte del Gobierno, se generan nuevas discordias entre la
población y el fisco. Con el objeto de hacer oír su descontento,
los isleños optan por reconstituir el Consejo de Ancianos de Rapa
Nui,
como una expresión social para defender la propiedad de la tierra y
comunitaria de la Isla. En carta enviada al Presidente de la República en
mayo de 1987, se demanda: el reconocimiento pleno de dicho Consejo; dejar sin
efecto el decreto ley 2.885 de 1979; eliminar la inscripción por parte
del fisco de tierras en el Conservador de Bienes Raíces de 1933; y, por
último, reconocer a los rapanui como únicos y legítimos
dueños de las tierras de la Isla. Sin embargo, el gobierno no responde a
estas demandas y reivindicaciones de los rapanui.
En
1988, año de la conmemoración del centenario de la anexión
de la Isla de Pascua a Chile, el descontento liderado por el Consejo de Ancianos
de la isla, llevó a la comunidad a negarse a participar en los festejos
programados para tal ocasión. Los rapanui, en palabras de Alberto Hotus,
Presidente del Consejo de Ancianos Rapa Nui, de este modo expresaron su
descontento frente a la situación de pobreza, cesantía y
desabastecimiento que padecía la población isleña, y su
reclamo y reivindicación de sus
tierras,
este último, objeto recurrente de los conflictos surgidos entre el Estado
y la población Rapa Nui.
TABLA
Nº 3
Síntesis Selectiva
de la Legislación para Isla de Pascua (1896 -
1990)
Instrumento
legal y Año
|
Descripción
de contenidos principales
|
15
junio 1896 Bol. Leyes y decretos Tomo
65 p. 416
|
Se
crea la subdelegación de la Isla de Pascua, dependiendo de la
gobernación marítima de Valparaíso
|
Dto.
444 RREE Bol. Leyes y decretos Tomo
85 p. 571 26.04.1916
|
Se
destina a la colonización y se declara como subdelegación de
Valparaíso
|
Ley
3220 Diario Oficial
9.02.1917
|
Destina
fondos para construir lazareto para leprosos y una escuela y dispone que
quedará sometida a la dirección del territorio Marítimo de
Valparaíso modificada por ley 16.441 1966 art. 42
|
Ley
3254 D. Of. 27.08.1917
|
Dispone
que la contribución de haberes correspondiente a las propiedades
raíces y muebles no se cobrará hasta el 1 de enero de
1919
|
D.L.
334 D. Of. 11 .08.1932
|
Fija
al subdelegado marítimo grado 11 de escala de estatuto
administrativo
|
D.L.
649 D. Of. 11 .10.1932
|
Dispone
que el personal de los Ministerio de Guerra, Marina e Interior que trabaje en la
isla, percibirá gratificación del 25% de sus
remuneraciones
|
D.L.
6432 D. Of. 25 .10.1939
|
Autoriza
al Presidente de la República invertir el 25% del producto de la
diferencia entre el precio de franqueo y el de la venta de las estampillas que
indica, en obras de salubridad en la isla.
|
Ley
11.141 D. Of. 02.01.1953
|
El
personal que preste servicios en la isla tendrá el 100% de
gratificación de zona
|
D.F.
L.270 art. 3 D. Of. 05.08.1953
|
Señala
beneficios en sus remuneraciones a los médicos y dentistas de la Armada
nacional que presten sus servicios en la
isla Modificado por Ley 15.575 art 35
, D. Of.15.05.1964
|
Ley
12.145 D. Of. 10.10.1956
|
Escuela
N° 72 de isla de Pascua, se denominará “Escuela Lorenzo Baeza
Vega”
|
Dto.
3.095 Hda. D. Of. 10.04.1958
|
Autoriza
exportación de lanas de Isla de Pascua
|
D.F.
L: 338 art 89 D. Of. 06.04.1960
|
Establece
que los empleados fiscales que se desempeñen en la Isla de Pascua,
tendrán derecho a que su feriado aumente en el tiempo que demande el
viaje al continente
|
Dto.
852 Def. D. Of. 16.09.1964
|
Reglamento
de pago de remuneraciones de oficiales de sanidad naval embarcados o
establecidos en Isla de Pascua
|
Ley
15.840 art 50 D. Of.
09.11.1964
|
Señala
disposiciones para la ejecución de obras en Isla de Pascua. Modificado
por ley 16.441 art 52 D. Of. 01 .03.1966
|
Ley
16.411 D. Of. 01.03.1966
|
Llamada Ley Pascua. Crea el Departamento de Isla de Pascua en la Provincia de
Pascua. Fija normas para la organización y funcionamiento de diversos
servicios públicos y faculta al Presidente de la República para
otorgar a personas naturales, títulos de dominio en terrenos fiscales
urbanos de Rapa
Nui
|
Dto.
148 Agri D. Of
11.07.1966
|
Se
crea el Parque Nacional de Turismo “Isla de Pascua”
|
Decreto
Supremo Nº 534 D. Of 28.04.1967-1967
|
Crea
la “Comisión Nacional Asesora para el Departamento de Isla de
Pascua” por el Ministerio de Economía, Desarrollo y
Reconstrucción, encargada de velar por la conservación del
patrimonio arqueológico y la preservación de la lengua,
tradiciones y costumbres
|
Dto.
691 Tierras D. Of.
26.08.1966
|
Reglamento
de otorgamiento de títulos de dominio de predios urbanos en Isla de
Pascua
|
Dto.
979 Just. 4.07.1968
|
Crea
la cárcel de Isla de Pascua
|
Decreto
Supremo Nº 1139 D. Of.
1971
|
Crea
la “Comisión Nacional para el Desarrollo de la Isla de
Pascua”, que debe asesorar al Presidente de la República en la
coordinación y la acción de los organismos estatales en la isla y
velar por el cumplimiento de los planes de desarrollo elaborados por ODEPLAN.
|
D.L.
889 art.34 D. Of. 21.02.1975
|
Indica
franquicias tributarias de excepción para la Isla de Pascua
|
Dto.
868 Hac. D. Of.
25.07.1975
|
Destina
fondos para adquirir hospital prefabricado para la isla.
|
D.
S.213 D. Of. 1976
|
Modifica
los límites del Parque Nacional y se pasa a llamar Parque Nacional Rapa
Nui.
|
D.
Ley 2.885 D. Of. 1979
|
Dictamina
la regularización de la propiedad mediante el otorgamiento de
títulos gratuitos de dominio a los poseedores regulares y dicta normas
sobre la administración de terrenos fiscales en la isla.
|
D.
Supremo N° 781 D. Of. 1983
|
Modifica
nuevamente los límites del Parque Nacional quedando con 6.666
hectáreas.
|
Andueza,
Pablo. “Mediación en una Sociedad Multicultural: El Modelo de
Cogestión en Rapa Nui”.
Revista
de Ciencias
Sociales.
Universidad de Valparaíso. Valparaíso. 2000. p. 114.
Véase: Grifferos, Alejandra. “Entre palos y piedras: La
reformulación de la etnicidad en Rapanui. Isla de Pascua 1966”.
Estudios
Atacameños
Nº 19, pp: 121-133. Universidad Católica del Norte. San Pedro de
Atacama.
2000.
Los sistemas de organización tradicional, operan especialmente a
través del Consejo de Ancianos, en el que las diversas familias
(mata)
tienen su representación, los que están encabezados por un
presidente.
Hotus, Alberto. “Histórica Violación de derechos...”
Op. cit.