8.
La administración de la Armada (1953-1965)
A
fines de la década de los cincuenta, los arrendatarios particulares
trataron de adueñarse de la Isla mediante subterfugios
legales,
sin embargo, en diciembre de 1953 se pone término a la
Compañía Explotadora de la Isla de Pascua. A comienzos de la
década de 1950, aparecen publicaciones en la prensa, tanto chilena como
extranjera, que dan cuenta de las condiciones desfavorables en que viven los
rapanui, enfatizando la prohibición de salir de la Isla y las trabas para
desenvolverse dentro de ella: "... creemos que no es posible que los
dueños legítimos de la Isla, los nativos de ella, estén
como encomienda, sujetos a tales restricciones que nos hacen recordar a los
esclavos de la
colonia...".
Estas denuncias, más las presiones ejercidas por la Sociedad de
Amigos de Isla de Pascua, llevaron finalmente al gobierno a caducar el contrato
a la CEDIP. Por Decreto Supremo N° 1336, finalmente el 3 de diciembre de
1952 se da término al arriendo de Isla de Pascua a contar de un
año de la fecha de dicho decreto, vale decir: 3 de diciembre de 1953. En
septiembre de 1953, bajo Decreto Supremo N° 1731, la Isla pasa a depender
administrativamente de la Armada Nacional.
En
esa época:
“...
se produce una pequeña apertura al exterior, a través de los
buques de la Armada. Permitió el acceso a la educación en el
continente a algunos isleños. La mayoría de los actuales
líderes rapanui deben su educación a la Armada, ya sea porque se
integraron a ella como funcionarios, o porque tuvieron acceso a becas de estudio
en el
continente...”.
Sin
embargo, es durante este período que se producen los mayores desacatos y
abusos contra la comunidad isleña, que culmina con la acción
desplegada por los rapanui.
De
acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3220 de fecha 29 de enero de 1917, los
habitantes de Pascua se encontraban sometidos a las leyes y reglamentos Navales
“... que no se avenía con el sistema orgánico de la Armada y
la dependencia de la Isla de Pascua que en ella se determinaba era ambigua y de
difícil
delimitación...”.
Una de las tantas disposiciones que mantuvo la Armada, fue la prohibición
de que los rapanui considerados “como seres
primitivos”,
abandonaran la Isla e incluso tampoco podían desplazarse libremente
dentro de ella.
Por
proteger al ganado bovino, al pueblo rapanui le estaba prohibido transitar por
toda la Isla, ya que como justifica la administración en 1934:
“...
el cuidado de los rebaños sería sumamente fácil sin los
indígenas, que no cesan de robarnos. Lo mismo que se apoderaron de los
primeros corderos traídos por los misioneros, habrían continuado
robando los nuestros, de no haber tomado las debidas precauciones. Por tal
motivo, separamos la aldea y sus alrededores con una cerca de alambres de
púas, y organizamos una policía indígena que se compone de
elementos honrados y adictos a la Compañía. Nadie, después
de la caída del sol, está autorizado para franquear la barrera sin
autorización
especial”.
A
pesar de la prohibición de salir fuera de Pascua, desde 1948 algunos
rapanui comenzaron a escapar en bote. En diciembre de 1954, un grupo de tres
hombres así lo hicieron llegando a la isla Kauehi, del
archipiélago de las Tuamotu. En 1955, una pareja de jóvenes
rapanui se pierde en el mar y luego otro grupo de cinco rapanui logra llegar al
archipiélago de las islas Cook. En 1958, una embarcación escapa
con ocho enfermos de lepra, los que desaparecen; y así se pueden
mencionar varios otros
casos.
Con
cierta melancolía de los hechos pasados, Sorobabel Fati recordó,
“...
yo fui preso, me fui de pavo en un barco al Conti, somos 12 que hacen lo mismo.
Apareció la policía marítima y nos llevaron, estuvimos en
el cuartel Silva
Palma,
pascuenses de rodillas bajo
ahí..." ( febrero, 1996).
Tal
como había ocurrido en la época del Colonialismo Empresarial, los
agentes navales acentuaron el esquema de dominación y "... sus acciones,
tan crueles como las de aquellos muchos administradores coloniales de oscuro
origen, exacerban las ya difíciles circunstancias y provocaron que muchos
rapanui buscaran con aún más vigor el dejar su
Isla...".
La
prohibición de viajar se justificó so pretexto de impedir la
introducción de la lepra en el Chile continental:
“...
el problema de la lepra era un invento del que administraba la Isla, si no
había médicos como se podía catalogar quienes tenían
lepra, por "picados" encerraban a algunos con los enfermos del "mal de Hansen"
porque había niñas bonitas que no querían complacer el
gusto de los
marinos...”.
Hacia
1952, Frodden constataba que las ansias de salir de la Isla, aunque fuera
temporalmente, se debía a que Pascua se encontraba muy distante de otro
centro poblado y la visita de los barcos, abría la imaginación
hacia otros horizontes. Además, "... es una conocida
característica de todas las poblaciones isleñas especialmente en
este caso de Isla muy
aislada...".
La visita de los barcos, incitaba a aventurarse y llamaba a buscar nuevos
rumbos.
A
juicio de algunos rapanui la prohibición de salir era sólo
una
“... vil excusa e incluso la
Compañía Williamson & Balfour hizo un trato con la Armada para
prohibir viajar por la
lepra...”.
El siguiente comentario de Gaona afirma que:
“...
se evita por todos los medios posibles que gente imparcial y con criterio propio
llegue hasta esa lejana posesión nacional y desvirtuando comentarios
relate los hechos vistos y palpados en el calor de un hogar nativo, junto al
curanto (sic), o en las fiestas al suave compás del "Opa-Opa", o
conviviendo con ellos los días de permanencia del barco en la
Isla...”.
a)
El lunes fiscal
Si
bien los nativos no estaban sometidos a trabajos forzados, tal como lo
reiteraron expresamente los Reglamentos y Disposiciones Navales, en la
práctica se fue articulando en Rapa Nui una singular tecnología de
producción y disciplinamiento, denominado Lunes Fiscal. Para la Armada,
el lunes fiscal era una modalidad de trabajos obligatorios no remunerados, que
estaba pensado como una alternativa viable que permitiría encauzar el
progreso y desarrollo de la Isla.
El
Lunes Fiscal, fue instaurado en la década de los años veinte y
consistía en que los hombres de 18 a 45 años prestaban servicios
de utilidad pública durante todos los días lunes del año.
El trabajo debía realizarse en faenas requeridas por la
Compañía Explotadora. Esta modalidad se mantuvo hasta el
año 1965.
Para
los rapanui, “... el lunes fiscal es parte de la injusticia que vinieron
arrastrando por mucho
tiempo...”.
De tal modo que el rapanui, “... no tenía el derecho a exigir el
salario justo del trabajo. El Lunes Fiscal creado por la Armada para que el
pascuense pagara el derecho de vivir en esta
Isla...".
A
juicio de Hotus "... pagar el derecho de vivir en esta Isla... " se refiere a
que, "... el pago de contribuciones e impuestos, era reemplazado por el Lunes
Fiscal, transformando de este modo el gravamen real de los impuestos en un
gravamen de carácter
personal...".
La
desobediencia a trabajar un Lunes Fiscal, también era castigada. En el
Informe Naval de 1957, se señala que un día lunes se citó a
los rapanui entre los 16 y 45 años de edad para trabajos de adelanto
municipal. Razones como la esquila, el
kokongo
y la grasería, impedían aprovechar este trabajo. En esta
ocasión faltaron quince que:
“...
sencillamente se niegan a trabajar gratis para la población,
planteándose nuevamente el problema de la "necesidad de castigo" para
esta desobediencia voluntaria y consciente, mientras el nativo es dócil
todo es armónico y fácil pero hay muchos que ya no lo son, siendo
entonces inaplicables los procedimientos de convencimiento o de sanciones
prudentes...”.
b) La
mirada naval de la justicia
A
mediados del siglo pasado, la Armada ordenó la elección de un
Jurado Nativo formado por tres representantes de Rapa Nui. De acuerdo al Informe
Naval de 1957, la actuación de este jurado nativo fue eficaz con
relación a las penas frente a infracciones cometidas por jóvenes,
pero al tratar querellas sobre intereses, "... los afectados se niegan a acatar
la totalidad de la
sentencia...".
A
su vez, el papel de Juez continuó en manos del Gobernador de la Isla,
"... quien puede rebajar o aumentar en un grado la pena y hace las veces de una
Corte de
Apelaciones...”.
El Gobernador junto con el ejercicio de ese importante cargo, debía
cumplir con otras responsabilidades, como ser Oficial del Registro Civil,
Capitán de Puerto, Jefe Militar de Puerto y otros, que lo
convertían en la máxima autoridad de Pascua. Por su parte, el
Alcalde actuaba como fiscal, “... era el
acusador...”.
Esta alianza entre los agentes del Estado y algunos miembros del liderazgo
rapanui, fue importante para el mantenimiento de este orden de cosas.
En
cuanto a la labor administrativa desarrollada por autoridades de la Armada,
existen opiniones que contradicen la actitud y el carácter de ciertos
Gobernadores, señalando así enfáticamente algunos rapanui,
que hubo funcionarios que ejercieron esta delicada misión con una
visión progresista y mucha justicia, labor altamente beneficiosa para los
rapanui. De tal forma "... Arentsen fue un Gobernador muy bueno, ayudó a
la gente de menos recursos, hubo mucha amistad de la gente de la Isla con
él...
".
Por el contrario, hubo ciertos funcionarios de quienes se guardan tristes
recuerdos, “... había un Gobernador aquí que amarraba con
cadenas, no pueden andar, a las mujeres cortaban el
pelo...”.
Al
mencionar las crueles actitudes de algunos funcionarios navales que atentaron
contra la integridad física nativa, Carlos Rapu recordó que a los
diecisiete años sufrió un acoso sexual por parte de un dentista de
la Armada. Un día lo invitaron a la fiesta de un Coronel y el dentista,
Teniente Julio Flores, "... lo abrazaba, incomodándolo". Al momento de
retirarse, el dentista lo "tiraba", porque se retiraba con la niña que lo
acompañaba. En otra ocasión, se produjo una situación
similar.
Producto
de esto John Martins citó a Carlos Rapu a declarar, pero el Teniente
Julio Flores negó las acusaciones. John Martin llevó a Carlos Rapu
al calabozo -edificio de piedra-, le desnuda y golpea hasta dejarlo inconsciente
para que negara los cargos. A la mañana siguiente, relata Carlos Rapu
que: "... llegó mi mamá con un cura y de ahí
resucité, quedé todo moreteado, me pegó con un tonto de
goma... ", incluso en presencia de otros rapanui. El Gobernador "... torturaba
hasta la misma gente de
ellos...".
En
el testimonio de Carlos Rapu, se evidencia la forma abusiva en que
ejercían su autoridad ciertos Gobernadores Navales de la Isla. De acuerdo
a esto, la actitud de John Martin reviste un carácter particular, si bien
se había preocupado del aseo y ornato de Hanga Roa, al momento de aplicar
castigos "... ahí fallaba, como era inglés era común que
castigaba azotando, encadenar, además de rapar la
cabeza...".
c)
El calabozo de los castigos
En
la actualidad, la fisonomía arquitectónica de Rapa Nui presenta
una armonía y sobriedad que se complementa con un estilo
polinésico sugerente y atractivo. Sin embargo, esto contrasta con un
edificio de piedra que no pasa desapercibido por el hecho de encontrarse frente
a la Gobernación Provincial, es más, la maleza impide hoy en
día apreciarlo en toda su dimensión. Alfredo Tuki relata que aquel
edificio fue construido por la Armada en el año 1947 y "... era la prueba
de esa autoridad absoluta de la justicia...
".
Muchos
rapanui no pueden olvidar que este edificio cumplió el triste papel de
calabozo en el que se aplicaba tortura y en el que "... los encerraban a pan y
agua, les cortaban el pelo al cero...
".
Para
él, las penas aplicadas no pasaban de ser meras reprimendas que
consistían en encerrar a los sujetos durante una semana, o si el problema
era grave "... se trataba (de) que se abuenaran...
".
Sin
embargo, en el imaginario rapa nui se mantiene el triste recuerdo de ciertos
funcionarios navales que abusaban del poder y extremaban a tal punto su labor,
que el isleño Juan Laharoa no olvida:
“...estábamos
con Benito Rapahango pololeando con dos chiquillas en la playa, éramos
jovencitos de 12 años y nos pilló un marino y nos llevaron presos
y estuvimos una semana presos por ese delito, que no es un delito por estar
pololeando, ni siquiera, los pololeos de nosotros, no era con besos, con
atraque, estábamos conversando, estábamos bañándonos
y en ese tiempo todavía no teníamos la maldad en la cabeza, que
como ahora la maldad que nos metieron a nosotros, porque nosotros
estábamos bañándonos desnudos y para nosotros ningún
problema, pero fuimos castigados por ese acto de bañarse desnudos y
presos en la torre (calabozo), una semana a pan y agua, 12 años
teníamos con Benito Rapahango, la dieta era un pedacito de pan y una
tacita de agua con
sal...”.
La
tortura era también un mecanismo perverso de apropiación de los
cuerpos de los nativos, y como tal, era resistido por los rapanui: “se
luchaba contra la
tortura”.
A la larga, el rechazo a este tipo de prácticas va a constituir parte de
la fuerte crítica que hicieron los rapanui a la hegemonía ejercida
por la Armada de Chile, que desembocó en el levantamiento de 1964.
En
la década de 1960 los delitos corrientes eran “... el robo, la
violación, las riñas y la difamación...
"
En la década anterior so pretexto de prevenir estos delitos, la Jefatura
Militar había “... dispuesto un Servicio de Ronda Policial nocturno
con personal de la Guarnición...
".
Tempranamente,
la escasa precisión que había sobre la dependencia administrativa
de Rapa Nui, había planteado algunos problemas concernientes a la
aplicación de la justicia:
“...
ya que trato de este punto, es decir dar mando civil al Subdelegado
Marítimo poniendo a sus órdenes una policía me vino una
duda, que traté i discutí con el citado subdelegado, i es ¿A
qué jurisdiccion i Corte corresponde, el fallo de los crímenes
ó delitos que se cometieran en la isla?-no se tiene allá el menor
conocimiento de ningún decreto sobre este importante
punto...”.
Este
problema fue resuelto hacia 1917, cuando la Isla pasó a depender de la
Dirección del Litoral y de Marina Mercante de Valparaíso. Pero
siguió subsistiendo el inconveniente de que las conductas catalogadas
como delictuales eran aquellas que, formando parte del universo nativo,
significaban un quiebre en el esquema de relaciones productivas implementado por
los arrendatarios. Alberto Hotus había sido enfático al
señalar que la administración de justicia “... no
consideró que esta es una etnia y que tiene un criterio, un pensamiento
totalmente diferente a la gente del continente...
",
y a la vez, cambió radicalmente la forma de vida de los rapanui. Lo que
ellos no consideraban delito, se convirtió en delito "... si yo veo
plátanos maduros aquí, yo entro, saco y después aviso y no
ha pasado nada, pero ahora si entra, está violando propiedad privada,
entonces va preso, se convierte en delincuente...
".
Los
Tribunales Letrados del Crimen de Valparaíso, no tenían
intervención en Pascua y "... se aplicaban penas, que no existían
en nuestra legislación penal...
".
Tales penas eran aplicadas por las cuestiones más triviales, como es el
caso de una mujer que,
por
atreverse a reclamar ante los castigos
que su hijo sufría en la escuela de la Isla, fue rapada por orden de las
autoridades
navales.
Es más, los
isleños recuerdan el trato y el estereotipo que se tenía de ellos:
“...
estaba marcado que ellos eran los blancos y nosotros éramos negros. Los
blancos eran los marinos, los enfermeros del hospital y el que estaba a cargo de
la radio que se comunicaban al
continente...“.
En
cuanto a la aplicación de la justicia, se puede apreciar que las penas se
exacerbaban. Se insistía que “... estos chilenos se rigen por un
sistema extraordinariamente anticuado y colonial...
”.
Los
malos tratos se complementaban con otros excesos de las funciones
policíacas, como las prácticas intimidatorias de llevarlos
detenidos sin mayores averiguaciones: "... se detenía por sospecha y se
aplicaban castigos bárbaros...
".
Para
graficar esta situación, a continuación se detallan algunos casos
de cómo se administraba la justicia en la Isla.
TABLA
Nº 2
Cuadro
sinóptico sobre la administración de justicia en Isla de Pascua
(1964)
Personajes
Isleños
|
Delito
|
Penas
aplicadas
|
Abraham
Paté Tuki
|
Cancelar
una deuda de 30 escudos con la Escuela.
|
Fue
condenado a trabajar en la obra de los comedores nuevos. Una vez terminados, se
considerará saldada su deuda.
|
María
Euciria Ika Nahoe
|
Agresión
a su hermana en la cabeza.
|
Trabajar
como cocinera en la escuela.
|
Alberto
Hucke, Enrique Teao, José Araki, Hernán Paoa, Bernardino Araki,
Alfredo Tepihe y Exequiel y Daniel Hucke:
|
No
respetar la propiedad ajena, al invadir la casa de Leviante Araki y ser
responsable de la desaparición de tres figuras de madera.
|
Fueron
sancionados con el pago de un escudo, (cada uno al afectado) y dotar de dos
carretadas de arena a la Escuela Nº 72.
|
|
Fugarse
mientras cumplían sus condenas, con el agravante de forzar la
puerta.
|
Se les
sancionó con el aumento de su castigo en 15 días.
|
Isaak
Viroloco Paoa
|
Este menor
de edad, fue acusado de robo en casa de Timoteo Pakone. Citado por primera vez,
negó su culpabilidad y fue dejado en libertad por falta de antecedentes.
Fue hecho comparecer por segunda vez, cuando se encontró en su poder una
pulsera de oro de propiedad de Pakone.
|
Por robo y
no devolución de las especies, fue condenado a 75 días de trabajos
públicos.
Se había robado 20 cajetillas de cigarrillos “Liberty”, 5
“LM” importados, diez escudos, un ajedrez avaluado en 20 escudos,
dos Kaba-Kaba de tres escudos y un collar de 5 escudos.
|
Honorina
Gloria Hito
|
Reclamos
de diversas personas. Se le acusa de dinero prestado y no devuelto, de retener
lana prestada y negarla.
|
Se la
sanciona con corte de pelo, para mantenerla en su casa durante un
tiempo.
|
Carlos
Rapu Aka
|
Reclama
Guillermo Chevg. Por haber penetrado en su casa y violar a su hija menor de
edad. Citado a la Jefatura Militar, se dio a la fuga durante 24 horas. Luego se
entregó y confesó su delito.
|
Seis meses
de cárcel por violación y un mes más por fuga. No
existiendo prisión, comienza a hacer trabajos públicos.
Comenzó a cumplir su pena el 29 de mayo.
|
Miguel
Atán
|
Robó
2 ovejas de cuatro dientes en plena producción. En el interrogatorio
culpó a inocentes.
|
Condenado
a pagar 15 escudos por ser reincidente en robo de animales.
|
Mariana
Rosario de Pike
|
Insultó
a la Directora de la Escuela Nº 72 de Pascua y a una profesora civil,
calumniándolas delante de terceros.
|
Comprobada
su falta, se la condenó a corte de pelo.
|
Gloria
Atán, María Tepihe y María Ika
|
Estas
compusieron una canción jocosa, que hablaba de la personalidad del
Capitán Jorge Portilla. La indignación del marino llegó a
sus límites.
|
Se hizo
detener a las muchachas y se les rasuró la cabeza.
|
La
Armada negó sistemáticamente la aplicación de castigos
brutales por parte de sus funcionarios. Los abusos fueron largamente resistidos
por la comunidad rapanui, pero ello no logró poner en cuestión el
hecho de que la Isla, a juicio de los Isleños, como lo declara Antonio
Tepano, continuara siendo “(...) una hacienda de la Armada donde rapanui
no tenía ningún derecho...
".
McCall
reitera esta situación, al argumentar que en el período de
Tuición de la Armada (1953-1965), "... los crímenes
insignificantes tales como insultar a un chileno eran castigados y humillados
públicamente, incluso con azotes...
".
Insistiendo
en este hecho, hacia 1965
los
rapanui señalaron
determinantemente "... que se les da el tratamiento correspondiente a una
colonia oprimida, por el hecho de que la Isla tiene una Gobernación
Naval...
".
El
control ejercido por la Armada, fue percibido por los rapanui como la
continuación del sistema colonial diseñado por la
Compañía Explotadora en las décadas pasadas. El sistema
establecido por la Armada, era visto por los rapanui como el mayor
obstáculo para el desenvolvimiento de la autonomía
comunitaria:
“...
con esto que pedimos se acaba el colonialismo y volveremos a ser los pascuenses
que somos, que es un pueblo que puede cantar pero sin ser mandado para que
cantemos...
”.
Esta
cita es parte de una extensa carta que enviaron los rapanui al entonces
Presidente de Chile y que fue ampliamente divulgada por la prensa nacional. Para
dar término a esta situación, los isleños liderados por
Alfonso
Rapu,
protagonizaron un movimiento de resistencia a fines de
1964,
en el cual las demandas principales se condensaron: en la prohibición de
viajar al continente; que la Armada se había apoderado del Fundo Central
de la Isla; la negación de transitar libremente por la isla; y la
aplicación de crueles castigos. A esto se añade una posible
anexión a la Confederación Polinésica. De esta manera, Rapu
enfrentó a la administración naval y puso en cuestionamiento la
gestión de ciertos agentes apostados en Isla de Pascua.
El
movimiento liderado por Alfonso Rapu en 1964, cuestionó aquellos aspectos
de la Estado de Chile - pueblo rapanui que profundizaba la deprivación de
los rapanui, pero no cuestionó la subordinación étnica
dentro de la esfera del Estado nacional, llegando a lo más a criticar la
manera en que ellos habían experimentado su relación con los
agentes estatales.
Producto
de la acción desplegada por la comunidad rapanui, la prohibición
de circular libremente por la Isla fue levantada, sus demandas fueron escuchadas
y una administración de carácter civil fue implementada en Pascua
a partir del año 1965. En octubre de 1964, el Poder Ejecutivo
presentó a consideración del Congreso Nacional un proyecto de ley
que creaba la “Comuna Subdelegación de Isla de Pascua” y
consultaría diversas medidas tendientes al desarrollo de Rapa
Nui.
Montagna, Aldo.
“Situación Jurídico-Administrativa de la Isla de
Pascua”.
Revista
Mar. Nº 152, pp.
13-21. Valparaíso. 1966. p.
16.
Gaona, Renato. “Rapa Nui: su Historia y sus Posibilidades
Económicas”. Memoria de prueba para optar al grado de Licenciado en
la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Universidad de Chile.
Santiago. 1951. p. 49.
Métraux, Alfred:
La
Isla de Pascua.
Editorial Fondo de Cultura Económica. México-Buenos Aires. 1950.
p. 20-21.
Cristino, Claudio; et. al. “Isla de Pascua” Op. cit.; Galleguillos,
H. Tama Te Ra’a
O Pascua, Isla del Sol Naciente. Editores
Hergon Libros. Santiago. 1974.; McCall, Grant. “Rapanui and
Chile...” Op. cit.; Fischer,
Hermann. Sombras
sobre... Op. cit.
Ibídem.
Informe Naval. Informe del Gobernador Militar de Isla de Pascua Raúl
Valenzuela Pérez al Sr. Comandante en Jefe de la Primera Zona Naval. Isla
de Pascua 9 de enero. 1957. p. 3.
Ibíd.: 2.
Germán Hotus, febrero
1996.
Carlos Rapu, febrero 1996.
Rafael Haoa, febrero 1996.
Informe Naval. Informe
del Gobernador Militar de Isla de Pascua Raúl Valenzuela Pérez al
Sr. Comandante en Jefe de la Primera Zona Naval. Isla de Pascua 9 de enero.
1956. p. 2.
Fuente: Revista
“Ercilla” del 06 de enero de 1965. “Vistazo, Semanario de
Actualidades” del 11 de enero de 1965).
Diario La
Nación, 2 de enero de
1965.
En 1964 algunos de los isleños que fueron a estudiar al continente,
regresaron a Rapa Nui con el título de Profesor Normalista. Entre ellos
venía el joven Alfonso Rapu, quien se había recibido en 1963 como
profesor de la
Escuela
Normal José Abelardo
Núñez de
Santiago y que el Ministerio de Educación había designado para
trabajar en la Escuela Pública de Hanga Roa. Desde que llegó a la
Isla, Rapu se propuso llevar a cabo algunas tareas de adelanto general, lo que
le permitió convertirse en un prominente miembro de su
comunidad.