Portada Anterior Siguiente Índice | 6. Explotación ganadera e inquilinaje

6. Explotación ganadera e inquilinaje


En la época en que se realiza la anexión de la isla, Chile vivía una etapa de auge económico y expansión territorial con Valparaíso, como principal puerto del Pacífico, logrando controlar el cabotaje entre Norteamérica y el Pacífico. Coincide también, con esta expansión territorial de Chile hacia el Norte Grande y su riqueza salitrera, la penetración y colonización de los territorios de la Araucanía y Tierra del Fuego. La anexión de Isla de Pascua, viene a ser un eslabón más del proceso expansionista chileno, siendo el único caso en que esta propagación se realizó por medio de un acuerdo y no por la vía militar[51].

La Revolución de 1891, significó entre otras cosas, el abandono del tímido proceso de colonización por parte del Estado, y la transformación, a partir de 1895, de la isla en una estancia ovejera en manos de particulares de origen extranjero[52]. La isla es arrendada, primero, al ciudadano de origen francés Enrique Merlet y, posteriormente, a la Compañía Explotadora de Isla de Pascua, de nacionalidad inglesa, propiedad de la compañía Británica Williamson Balfour.

En efecto, en 1895, John Brander decide vender sus tierras en Rapa Nui al comerciante Enrique Merlet, francés radicado en Valparaíso, quien por un monto de 4000 libras esterlinas adquiere las propiedades de Brander, las cuales según ese documento, corresponden a las tierras que no estaban involucradas en las transacciones llevadas a cabo por Toro en nombre del Gobierno de Chile -o sea las antiguas propiedades de Tati Salmon y de la Misión Católica-. De esta manera, Brander da a entender que es dueño de todas las otras tierras de la isla, con excepción de las hijuelas de los nativos. Así, los rapanui fueron desposeídos de las tierras que aún conservaban[53]. La venta se ratifica en 1897 en Valparaíso, creándose la Compañía E. Merlet. El Gobierno chileno, dio su aprobación a esta transacción al arrendar ese mismo año sus posesiones al mismo Merlet por un plazo de veinte años. De esta manera, el Gobierno de Chile se desentendió de los compromisos y responsabilidades asumidas con los habitantes de Isla de Pascua. En el contrato de arriendo, se estipula que Merlet tiene la obligación de mantener tres familias chilenas como colonos en la isla, aprovisionarlas de víveres, mantener comunicación con la isla por lo menos una vez al año y devolver al cabo de veinte años todo lo que había recibido, más las mejoras introducidas.

Con el correr del tiempo, los despojos y abusos -quema de las siembras, impedimentos para pescar y frecuentes castigos corporales[54]- de que son objeto los rapa nui a consecuencia de las actividades de la Compañía Explotadora de la Isla de Pascua, desencadenan una ola de sucesivos conflictos y enfrentamientos. Uno de ellos encabezado por María Angata, en 1914.

Durante estos años, Rapa Nui es gobernada por los agentes colonizadores vinculados a la compañía ovejera que explotaba económicamente la isla y por la Armada de Chile, que representó por largo tiempo los intereses del Estado chileno. El control político lo ejercía el administrador de turno de la estancia ovejera, que a su vez, era el Subdelegado Marítimo, destacándose por los abusos y atropellos que cometieron en contra de los isleños. Esto se traduce en la reclusión forzosa de la población rapanui al sector de Hanga Roa, de no más de 1000 hectáreas, zona que es cercada con pircas y alambradas para impedir que los isleños pudieran desplazarse libremente por los campos. Esta práctica se mantuvo hasta los años sesenta, e incluso no fue modificada por las autoridades navales[55].

“Se cerró gran parte de Pascua y nos dejó la parte donde está Hanga Roa... y tú sabes que es pura piedra esa cuestión... y algunas partes para sembrar, pero se redujo a Hanga Roa, los rapanui, los ciudadanos, claro. La Compañía ocupaba la mayoría de la isla y nosotros quedamos reducidos ahí. Para entrar al fundo de la Williamson teníamos que pedir permiso, una semana antes, para poder ir a pescar o marisquear, porque otra cosa no se podía hacer[56].”

La explotación de las tierras de Isla de Pascua, había requerido una reorganización del espacio, siempre en desmedro de los rapanui.

En un informe del capitán Stuven[57] de la nave Baquedano, que realizó un viaje de inspección a Rapa Nui, podemos extraer el siguiente comentario:

“ ... la situación en la isla era mala en primer lugar por existir en ella una gran miseria y porque había hambre. Los naturales no tenían qué comer, no se les vendía carne, no se les permitía salir a pescar y se los mantenía en la más completa ociosidad a fin de impedir que pudieran ganarse su subsistencia...[58]”.

“... Ellos marcaban el valor del saco de maíz. Ellos marcaban los precios, los valores del trabajo[59]”.

Los subdelegados tuvieron un poder absoluto que se contrapuso al ejercido por los Ariki. El ariki Atamu Tekena falleció en 1892 y en su reemplazo había sido elegido Ko Riro a Ngaure. Este había actuado en forma autónoma entre 1892 y 1896, período en el cual ningún barco chileno o representante de Chile visitara la isla. Los nuevos administradores de la isla, además se apoderaron del ganado de los isleños y restringieron al mínimo los terrenos para sus plantaciones. En 1898, el ariki Riro ko Ngaure viaja a Valparaíso para solicitar la intervención del gobierno, pero fallece en circunstancias extrañas a pocas horas de arribar al continente, en el Hospital San Juan de Dios, sin que existan hasta hoy noticias del paradero de sus restos[60].

Los administradores de la estancia ganadera hacen uso de los rapanui como esclavos[61], obligándolos a trabajar en extenuantes jornadas de Sol a Sol construyendo pircas, en las siembras y en la esquila de ovejas.

Uno de ellos, Horacio Cooper:

“.... emplea indistintamente a todos los habitantes de la isla -viejos, niños, hombres y mujeres-. El trabajo dura tanto en invierno como en verano, desde las cinco de la mañana hasta la oración.
A la una del día se concede a los trabajadores una hora de descanso, con el fin que se preparen un almuerzo que ellos mismos deben proporcionarse, porque no se los da Cooper...”
“(...) El pago de los jornales no se ve jamás, o si se ve, es convertido en trapos inservibles o víveres cuyo precio se cuadriplica en los ajustes de cuenta.
¿Porqué, se preguntarán muchos, trabajan en tales condiciones los habitantes de la isla? Porque si no lo hacen, ahí está sobre su cuerpo, la vara o el látigo del señor Cooper. (...) si no es el látigo o la vara, vienen las multas que el ajente del gobierno impone i que nunca son menores de diez o veinte pesos(...)”[62].

En junio de 1916 Monseñor Rafael Edwards visita junto al padre Zósimo Valenzuela la isla en Comisión de investigación, en vista de los graves abusos denunciados. En 1917 realiza otro viaje en compañía del padre Bienvenido de Estella y el hermano Modesto. Durante su estadía de casi un año, el Obispo recoge testimonios de rapanui sobre las propiedades de las distintas familias, y sus deslindes de acuerdo a la distribución tradicional de esta.

Se transcribe a continuación parte de los testimonios recogidos de los ancianos en 1918, por Monseñor Edwards[63]: “Nosotros a nadie hemos vendido terreno; nuestras manos no han tocado plata ni nuestros ojos la han visto”[64].

Monseñor Edwards transcribe varios documentos que le fueron mostrados en la isla y que corresponden a las instrucciones dadas por del rey Maurata a John Brander, durante las negociaciones con Policarpo Toro. Se transcribe aquí solamente la traducción publicada en Estella[65] :

“Rapanui 15 de octubre 1888
Han-ngapiko no es vendido, Mataveri tampoco esta vendido: No está pues, ninguno de los sitios vendidos, y aunque la gente diga está vendido, por segunda vez digo que no está vendido: y Han-ngapiko es mío, Han-ngapiko es mío: de su costado hasta el cerro, del cerro hasta frente de la casa, por medio del camino; de ahí hacia el peñón de arriba que, hay pedruscos en medio, fijándose en la primera piedra, de ahí derecho arriba a otro peñón que es “Hahaturupei”... Esta es una parte donde se acaba la línea de Han-ngapiko.
Este es el ancho de Han-ngapiko: de la casa, frente, hasta la bahía Han-ngapiko, de ahí al cerro Epukuemoe; siguiendo al llano Mamaura, va a Maugapua, y de ahí cruzando el volcán, llega hasta Paparona: este es el ancho de Han-ngapiko.
De frente a Han-ngapiko y frente a Mataveri, siguen las líneas hasta los hoyos; y atravesando los hoyos, baja hasta el volcán a dar con el cráter abajo en una cueva; lo demás del cráter es de Taratau, donde llevaba sus animales el señor Brander. Es la última palabra del Rey.” Carta firmada por Maurata.

A continuación vienen los nombres de cuarenta personas dueñas de los terrenos de Han-ngapiko, Mataveri y Ranokao, finalizando con la siguiente afirmación:
“En una palabra estos son los cuarenta dueños de Han-ngapiko, de Mataveri y de Ranohao... Vosotros decid al señor Brander que no entregue en venta el terreno al señor Toro. Esto es lo que Ud. entregará al señor Toro: animales, caballos, animales vacunos y corderos: esto ha de entregar en venta al señor Toro.”

Transcribe y traduce además, otro documento mandado por los pascuenses que vivían en Tahiti al rey Maurata. Dice :

“¡Ninguna parte de Han-ngapiko está vendida al señor Brander, la gente discutió con él por Han-ngapiko, en Tahiti; y dicen los pascuenses que están en Tahiti que no crean ni piensen que han vendido a ese señor parte de sus propiedades: y Uds. tengan cuidado de no venderle ningún terreno de la isla, porque tendremos peleas y pleitos.
Voy a contaros lo verdadero para que abráis los ojos y no andéis en discusiones:
Ved aquí los deslindes de Han-ngapiko:
Va la línea de Han-ngapiko a la piedra “Taiáa”, de ahí, de frente y por medio de la piedra llega hasta la piedra “Mataoti”, donde hay una casa; y partiendo por medio de ella, sigue la línea hacia el cerro del matá, donde hay otra casa, que habita un europeo, que os digo lo saquéis de ahí.
La otra línea de deslinde va del pozo de agua hasta la piedra grande “Huhaturupei”; os lo digo claro, para que sepáis la línea bien, ésa es la piedra: de ahí mirando al oriente, sigue a la derecha hasta la hoya “Iarako”. Esta es la línea de Han-ngapiko; a Ud. toca examinar las mentiras de las gentes, pues los extranjeros pueden creer que la isla está vendida.
Aquí todos los de Pascua que vivimos en Tahiti dijimos al señor Brander desde el principio que nada se vendió ni se vendería.” -Esta carta está firmada por Tepano-.

Existe otro documento de la época (1888) que corresponde a un listado de nombres de personas y propiedades en la Isla -según distritos-. El texto está escrito en una mezcla de Tahitiano y Rapanui antiguo. El original de este documento fue entregado en 1974 a Grant McCall[66]. En el texto se enumeran los propietarios dentro de diferentes sectores, comenzando por el sector Anakena hasta Ahu Kino Kino, donde registra 50 propietarios. Continúa desde Umu Onu hasta Ahu Mati (ki), de Ahu Mati (ki) hasta Vai Mata, desde Vai Mata pasando por Mai Taki te Mo’a Ara Vihi hasta Papa o Pea y Puku Tapu.

Al regreso de su primer viaje, Monseñor Rafael Edwards denuncia públicamente los maltratos hacia los rapanui y del estado calamitoso en el cual se encontraban los leprosos. A consecuencia de ello, se dicta la ley N°3220 con fecha 29 de enero de 1917 por medio de la cual el Gobierno debe construir un lazareto para los leprosos y una escuela en Isla de Pascua. Este decreto, además establece que la Isla dependerá de ahí en adelante de la Dirección del territorio marítimo de Valparaíso y ”... quedará sometida a las autoridades, leyes y reglamentos navales”. Se somete a los pascuenses a un régimen legal especial, que los priva de los derechos y garantías establecidas en la Constitución, situación que perdurará hasta 1965.

El 7 de noviembre de 1916, el Ministerio de Tierras y Colonización publicó el decreto N° 1291 que refería que en atención a la persistencia de los abusos cometidos por la Compañía de Merlet en contra de los pascuenses y a los intentos de esta de disputar al Estado los terrenos que ella explotaba en arriendo, se pone término al contrato de arrendamiento. Se establece en el artículo 1°:

“Declárese caducado el contrato de arrendamiento de la Isla de Pascua suscrito con don Enrique Merlet, el 3 de septiembre de 1895 y prorrogado en virtud del decreto N° 712 del 20 de julio del presente año, cuyo artículo segundo establece que “el Gobierno se reserva la facultad de poner término al arrendamiento en cualquier tiempo y sin más desahucio que la notificación que se haga al arrendatario[67].”

Tal medida se toma: con motivo de los derechos de propiedad que dicha Compañía pretende tener sobre partes de la Isla mencionada. Al mismo tiempo esta ley nombra una Comisión, compuesta por Monseñor Rafael Edwards Salas y Luis Thayer Ojeda que tendrá como fin “(...) estudiar los problemas jurídicos y administrativos relacionados con la Isla de pascua y propondrá al Gobierno las medidas conducentes a salvaguardar los intereses fiscales y a mejorar las condiciones de vida en que se encuentran los habitantes de aquella posesión de la república [68]”.

Sin embargo, meses después (mayo de 1917) el arriendo se renovó bajo la dictación de un Temperamento provisorio[69] que rigió hasta 1929, lo que finaliza con la recomendación de la inscripción fiscal de las tierras de la isla en el Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso.

Merlet emprende un negocio a gran escala: la isla se transforma en una estancia ganadera, a manera de las estancias ovejeras en Tierra del Fuego, pero implantando un sistema de explotación y peonaje de la población muy similar al sistema que estaba operando en las oficinas salitreras del norte de Chile. De esta manera, los isleños pasan a ser forzosamente peones de la estancia[70].

Posteriormente, Merlet se asocia con la empresa Williamson & Balfour y esta desde 1903, se conocerá como “Compañía Explotadora de la Isla de Pascua” (CEDIP), cuyo propio nombre expresa su accionar.

En 1902, ante los constantes levantamientos de la comunidad, encabezados por el ariki, la autoridad representada por la Compañía elimina esta figura, colocando en su lugar a un sujeto proclive a los intereses de la Compañía Explotadora. Todo intento de desobediencia -protesta-, recibirá amenazas de ser sancionado con la cárcel en el continente.

Desde 1917, la isla estará sujeta a las autoridades, leyes y reglamentos de la Armada de Chile, única institución del Estado en contacto con ella por muchos años. En 1917, bajo el nuevo contrato de arrendamiento, las condiciones de los isleños no mejoraron.

Durante la crisis económica de los años treinta, en Chile se produce un período de fuertes agitaciones, en donde algunos políticos comprometidos en un golpe de Estado, son deportados a Hanga Roa y producto de ello se alzan violentas querellas entre los marinos y los nativos.

Charlín, uno de los relegados a la isla nos relata su impresión de la situación de los rapanui[71]:

“En la vida natural de los isleños no existía ninguna de las condiciones que el ser humano conociera como condiciones mínimas para existir en el siglo XX. Se carecía de agua potable y sólo la lluvia proveía del vital elemento, No se conocía ningún medio de iluminación casera, porque las velas o bujías eran un lujo que no estaba al alcance del dinero que obtenían los isleños en las labores de la esquila de las ovejas, trabajo estacional de un mes al año, única forma de ingreso para hombres y mujeres. Se desconocía por completo la asistencia médica y sanitaria; no había medicinas ni elementos de desinfección para cualquier emergencia...”


[51] Rochna-Ramírez, Susana. La propiedad... Op. cit.: 28.
[52] Vergara, Víctor. La Isla de Pascua... Op. cit. Porteous. Douglas. “The Modernization of Easter Island”. Western Geographical Series. Vol. 19. Department of Geography. University of Victoria. Victoria. Editorial Address. British Columbia, Canadá. 1981. McCall, Grant. “Rapanui: Tradition and Survival...” Op. cit.: 47-65.
[53] Vergara, Víctor. La Isla de Pascua... Op. cit.
[54] Para mayores detalles de este Movimiento, véase a Nelson Castro. “Misioneros y Milenaristas...” Op. cit.
[55] Cristino, Claudio; et. al. “Isla de Pascua...” Op. cit. Hotus, Alberto. “Histórica violación de derechos...” Op. cit. Porteous, Douglas. “The modernization...” Op. cit.
[56] Laharoa, Juan. 19 de mayo, 2002.
[57] El Capitán de Navío don Luis Stuven, efectúa aquellos trabajos hidrográficos necesarios para completar los realizados en años anteriores, y además, establece las relaciones entre la compañía explotadora y los nativos (Revista de Marina...).
[58] Fischer, Hermann. Sombras sobre... Op. cit.: 50.
[59] Laharoa, Juan. 19 de mayo, 2002.
[60] Para mayores detalles de estos acontecimientos, véase Estella, Bienvenido. Los Misterios de... Op. cit.: 144.
[61] Estella, Bienvenido. Los misterios de... Op. cit.
[62] El texto de Ruiz detalla los castigos a los que eran sometidos los nativos que incluyen “azotes con una vara flexible de más o menos un metro de largo que en su extremo tiene adherida una aguda púa de fierro. Con increíble fiereza descarga cuatro, cinco o más golpes de púa sobre las carnes que tiemblan de dolor, ensangrentadas, despedazadas horriblemente. I cuando la víctima está a punto de desmayarse, cuando se retuarce [sic] espantosamente, cuando sus jemidos parten el alma la entrega al que debe aplicar los azotes... A la persona que quiere castigar la ata a un árbol con las manos cruzadas sobre la espalda. Así colocada la víctima, Cooper le da en el rostro cinco o diez bofetadas, hasta que la sangre corre en abundancia. Deja la víctima atada al árbol dos o tres días sin proporcionar alimento alguno. Después de ese tiempo la deja en libertad, no sin antes abofetearla de nuevo, en el rostro, con increíble crueldad.” (Ruiz, Julián. Los crímenes de la Isla de Pascua. Imprenta El Deber. Valparaíso. 1904. P. 28,29 y 35.).
[63] En: Estella Bienvenido. Los Misterios de... Op. cit.: 119-128.
[64] Ibíd.: 119.
[65] Ibíd.: 123,124.
[66] Copia del documento en anexo 3. Para mayores detalles refiérase a Grant McCall; Universidad de Nueva Gales del Sur. Australia.
[67] Vergara, Víctor. La Isla de Pascua... (Anexo XXXVII) Op. cit.
[68] Consejo de Ancianos Rapanui. “El Pueblo rapanui” Op. cit.: 39.
[69] Rochna-Ramírez, Susana. La propiedad... Op. cit.: 36.
[70] Cristino, Claudio; et. al. “Isla de Pascua...” Op. cit.: 19.
[71] Charlín, Carlos. Del Avión Rojo a la República Socialista. Editorial Quimantú. Santiago. 1970. P. 851.