Portada Anterior Siguiente Índice | 5. El latifundio y la radicación

5. El latifundio y la radicación


El proceso de enajenación de tierras se transforma desde mediados del siglo XIX, en el principal tema de conflicto con el Estado chileno, conflicto, cuya evolución está viva en los testimonios de los habitantes de las comunidades que hoy conforman el “mundo” pehuenche: Callaqui, Quepuca Ralco y Ralco Lepoy, Pitril, Cauñicu, Malla Malla y Trapa Trapa en el alto Bío Bío, sumadas a las de los valles de Quinquen y Galletué.

La entrada de particulares chilenos a la zona pehuenche sigue un modelo distinto al de la araucanía, definido como de “infiltración chilena”. Se inicia desde 1840 el ingreso de hacendados, con el fin de arrendar pastizales e internar ganado. Esta primera etapa de apropiación efectiva, es la base para un posterior y rápido proceso de apropiación de tierras mediante compras de carácter fraudulento[34].

Otra característica distintiva de este modelo de enajenación, es que el fisco no logra establecer dominio efectivo sobre las tierras, limitándose a verificar las compras y títulos posesorios de particulares. El control del Estado a su vez, se dificulta, por la permanente oposición y presiones de los privados frente a tribunales.

Un decreto del 14 de Marzo de 1853, establecía que,

“... toda compra de terrenos hecha a indígenas o terrenos situados en territorio de indígenas debe verificarse con intervención del Intendente de Arauco y del gobernador de indígenas del territorio respectivo que el intendente comisione especialmente para el caso...”

Esta cláusula no se observó en las compras de tierras en el Alto Bío Bío, debido a que el 13 de octubre de 1875 se crea una provincia con el mismo nombre, que se separa de la de Arauco, comprendiendo el departamento de Nacimiento, Mulchén y de Laja, y que tendrá por capital a la ciudad de Los Ángeles. Desde las ciudades de Mulchén y Los Ángeles, se comandarán todas las operaciones de adquisición de tierras indígenas de la cordillera.

En la década de 1870, Juan Núñez Fernández forma el fundo Queuco -que abarca prácticamente todo el valle- y trata de desalojar a los pehuenches de Malla Malla, Cauñicú, Pitril y Trapa -Trapa. Incentivando la entrada de las tropas argentinas para expulsar a los indígenas, y obteniendo además los potreros Campamento y Lengas de Trapa cerca de Laguna del Laja. Pero será en los primeros años de 1880, en plena etapa de excursión militar al Alto Bío Bío, cuando tomarán forma todas las demás grandes propiedades.

El proceso de enajenación, a partir del año 1880 en adelante, utiliza diversos mecanismos de apropiación dolosa o forzada. Se da el caso de la comunidad de Trapa Trapa, donde en 1881 se compran acciones y derechos de un terreno de dos mil cuadras, que de acuerdo a los deslindes señalados llegan a cifras superiores a las diez mil cuadras de terreno.

Otras compras se realizan mediante la adulteración de documentos de arriendo, para transformarlos en contratos de venta. En muchos casos no se concreta ninguna operación de compraventa legal, los particulares llegan a la zona y ocupan terrenos, que luego expanden a la fuerza.

En la comunidad de Callaqui, la gente recuerda el caso de un colono que acordó con el cacique el uso de un terreno con el fin de instalar un negocio:

“Los antiguos iban a buscar trigo donde Brito y él les dio con una condición: si gustan, me pueden dar un pedazo de tierra, donde ustedes están viviendo, para poder instalar un negocio. El cacique le dijo que sí, que estaba bien, según cuenta mi mamá (...) Empezó a traerles trigo, puso un almacencito, boliche. Llegó, pero conquistado por los caciques, pero nada más por un pedazo de tierra para que él tuviera su negocio. Después empezó a hacer cercos, con la tierra más grande, más grande, y nunca más se supo con que condición quedó viviendo para siempre y después apareció con don Miguel...”[35].

En gran parte de los casos, la operación de compra y venta cumple los requisitos formales, sin embargo, los particulares se sirven de maniobras para impedir que los pehuenches conocieran las reales condiciones en que estas operaciones se realizaban. Estos, en muchos casos desconocían los conceptos utilizados por los chilenos para medir los terrenos, lo que los lleva a vender los espacios por “el valor convencional de mil”[36] sin tener noción clara del precio que corresponde a la extensión que se entrega.

Uno de los factores que más los afectaba, era el desconocimiento del idioma castellano, puesto que todos los actos de compraventa se llevaban a cabo en ese idioma, razón por la que debían recurrir a intérpretes, desconociendo la mayor parte de ellos, lo que se transaba y sus consecuencias.
En una carta enviada del intendente de Arauco, escrita en 1856, se describen las características del engaño con lenguaraz, como un mecanismo de apropiación forzada usado en forma recurrente por los particulares.

“Los especuladores llevan consigo lenguaraces aleccionados que transmiten a los escribanos públicos conceptos distintos de aquellos que el indio emite, pero que están en armonía con los especuladores de mala fe... ” [37].

Este método es utilizado en cada una de las compras de “acciones y derechos” de Callaqui, Queuco, Trapa Trapa, Guayaly y Ralco, casos en los que pehuenches que no conocen el idioma español son llevados a notarías donde les colocan un lenguaraz escogido por los particulares.

Otro factor favorable a los compradores eran los testigos, quienes debían asegurar la legitimidad de la transacción. Eran los mismos compradores quienes se encargaban de conseguir los testigos de entre sus conocidos, estos firmaban por los compradores y luego "firmaban a ruego por los indígenas iletrados"[38]. En transacciones hechas sobre tierras de la comunidad de Callaqui, aparecen como testigos, individuos de apellido Rioseco, Vásquez y Arriagada, conocidos enajenadores de tierra del mismo sector.

En Quepuca Ralco, se dan otros ejemplos de manipulación en la operación de venta. Allí, luego de la ocupación militar, el primer comprador es Rafael Anguita, ex alcalde de Los Ángeles y dueño de extensas propiedades en otras zonas de la región. La compra de acciones y derechos se realiza frente a la notaría de Los Ángeles, el 2 y 9 de abril, y el 1 de mayo, de 1881; allí se consigna que veinte mapuches que no dominaban el idioma español y que por tanto, se comunican a través de intérpretes, concurrieron para decir que eran los vendedores y habían recibido el dinero a entera satisfacción.

En el presente, los pehuenches guardan en su memoria una versión distinta respecto de dichas transacciones:

“Yo escuché la conversación que hacía el finado Antonio Anchando, donde yo me crié. El decía que los llevaban a Multen, los mapuche llevaban su carguita como para tener una ayuda que le daban. De esta forma le tomaron la firma a la gente y ahí dijeron que fue venta. Contaba que a los mapuche los hacían ponerse en fila, todos bien ordenados, entonces les enseñaban para poder decir sí con la cabeza estoy de acuerdo en vender y el otro le ponía el nombre. Esa fue la compra que hicieron antes (cacique de Calco Lepo, don Manuel Neicuman, Mayo de 1992)...” [39].

En la comunidad de Malla Malla -una de las mas perjudicadas por el proceso de enajenación- la memoria de la comunidad hace mención a un primer período en el que los particulares arrendaban pedazos de tierra, a muy bajo costo, lo cual aprovechaban luego para extender sus dominios más allá de los deslindes del arriendo.

“Mi mamá hace poco murió, tenía como noventa años, pero ella siempre contaba que ese fundo Queuco, los mapuche los arrendaban por pedacitos de género, por alimento, yerba mate y azúcar, entonces así no más entregaban en arriendo la tierra los antiguos, eso contaba mi mamá Sarita Huincaman. Entonces con ese poquito que daban, con la fuerza nos vinieron quitando pedazo por pedazo, hasta adonde ya no les servía a los interesados. Es por eso que nosotros quedamos todos en la cordillera, arrinconados como un ganado...” (Juan Amador Humané Huincaman, Mayo de 1992)[40].

En el Valle del Queuco, Juan Núñez Fernández utilizó otro mecanismo para apropiarse de las tierras de los indígenas de la zona. Este consistía en el préstamo de dinero a los indígenas, “... a cambio el deudor cederá sus acciones y derechos en caso de no saldar la deuda en un plazo determinado... ”[41]. De este modo, mediante hipotecas y según lo estipulado en las escrituras de la época, se apropia de las tierras, entre otros, las de Guaiquian Saez, Mateo Güilca, Juan Güenten, Pedro Güentiado y Ramón Antiman. Cuando no se trataba de hipotecas, el mismo Juan Núñez pedía en arriendo un predio, como aval de la deuda contraída por el indígena.

El mismo Estado, a través de los organismos instalados en el territorio, favorecía la adquisición de tierras por particulares. En la comunidad de Pitril, se mantenía una porción bajo dominio indígena, estas tierras estaban afectas al pago de contribuciones de bienes raíces, dineros que se debían cancelar a la municipalidad de Santa Bárbara por la tenencia material de la tierra, esta tributación era rechazada por los pehuenche por considerar la tierra legada ancestralmente, sin pago al Estado. La acumulación de cuotas de contribuciones a la Tesorería de la Municipalidad de Santa Bárbara, llevó a decretar el embargo y luego el remate de una porción de los dominios de Pueñam Maripe, uno de los pehuenche con mayor dominio en la zona. De este modo, sin que los indígenas pudiesen apelar, las tierras son puestas en subasta, por falta de pagos, y entregadas a Casimiro Cabezas, quien, a su vez, la vende a otro particular, iniciándose con estos traspasos un proceso de expansión de las tierras de particulares.

Las siguientes fueron las principales apropiaciones de tierras indígenas realizadas por particulares desde mediados del siglo XIX hasta principios del siglo XX[42].

a) Comunidad de Callaqui : entre 1878 y 1881, la Sociedad de José Miguel Brito y Pedro Arias compran gran parte de la comunidad de Callaqui. Al dividirse la Sociedad, esta da origen a dos fundos; “San Miguel de Callaqui” y “Callaqui”. En 1881 y 1886, las “ventas” a José Maria Sepúlveda y Juan José Salas en el sector de Puangue, dan origen a un segundo fundo en el mismo sector.

b) Comunidades Quepuca-Ralco y Ralco-Lepoy: en 1881, Rafael Anguita compra como “Acciones y derechos” prácticamente la totalidad de la comunidad de Ralco, con un total de treinta mil hectáreas, constituyéndose así el Fundo Ralco.

c) Valle del Queuco y Trapa Trapa: En 1874 -1878, Juan Núñez Fernández se apropia de acciones y derechos a numerosos indígenas, hasta que de manera muy amplia se definen los deslindes del Fundo Queuco

En 1895, Bernardo Arriagada adquiere “... en un remate de partición los bienes de su padre... ” el Fundo Queuco o Rañilhueno -distinto al fundo Queuco antes mencionado-, sin que se tengan antecedentes de cómo Bernardo Arriagada padre, se apropió de las tierras.

En 1881, se realiza la compra de acciones y derechos por parte de Mariano Palacios y Luis Parada a cinco pehuenches del sector, sobre alrededor de dos mil cuadras, dando origen al Fundo Trapa.

d) Comunidad Pehuenche de Pitril: En 1902, se sacan a remate las tierras de Pueñam Maripe -treinta cuadras- por contribuciones impagas a la Tesorería de la Municipalidad de Santa Bárbara. La propiedad es adjudicada a Casimiro Cabezas por la suma de doscientos pesos.

En 1902, Pueñam Maripe, con el objetivo de saldar una deuda en dinero, traspasa un terreno de doscientas cuadras a “un señor de apellido Contreras”, el que dará origen a la hijuela “San José”. En el mismo año Pueñam Maripe transfiere parte de sus tierras, por mil trescientos pesos, a Claudio Rojas, las que posteriormente darían origen al fundo “Pitril”.

e) Comunidad de Cauñicu: En 1870 Juan Nuñez Fernández, se apropia mediante compras fraudulentas de las tierras de varios indígenas, las cuales, posteriormente, darían origen al Fundo Queuco.

f) Comunidad de Malla Malla: Entre 1870 y 1880, la totalidad de las tierras de Malla Malla quedan comprendidas entre los Fundos Queuco y Trapa. Las tierras, según testimonio indígena, son apropiadas sobre la base de arriendos, que dan paso a la posesión.

g) Comunidad de Trapa Trapa: En 1881, mediante venta de acciones y derechos a los pehuenches Cuilipán, Cañío, Pedro Llancar, Juan de Dios Paine y Juana Lluvaí a Mariano Palacios y Luis Parada, en la notaría de Los Ángeles, se forma el Fundo Trapa, que comprende todo el territorio jurisdiccional indígena de Trapa Trapa.

h) Comunidad de Quinquen[43]: En 1911 Guillermo Schweitzer adquiere vía remate un terreno cuya extensión, según el plano de remates, alcanzaba las seis mil seiscientos ochenta hectáreas, dentro de las cuales estaban varios títulos de merced de indígenas -adquiridos en 1906- y otras propiedades de colonos.

Desde mediados del siglo XIX, los intentos del Estado por controlar y normar los procesos de compra de tierras en la Araucanía y otras zona indígenas no logran aplicarse en la zona pehuenche. Fue usual que ante las demandas del fisco en contra de los particulares, estos últimos presionan con contra-querellas en tribunales, obligando al fisco a retractarse. En Callaqui por ejemplo, luego de que la sociedad Brito Arias comprara tierras a algunos indígenas, el fisco reclama que esas tierras le pertenecen, pero la Corte Suprema rechaza en primera y segunda instancia la demanda.

En la primera mitad del siglo XX, la Comisión Radicadora de indígenas encuentra una oposición permanente a sus acciones por parte de los dueños de fundo. Los indígenas en tanto, ante la amenaza latente de perder la totalidad de sus tierras, recurren a la comisión como un medio de asegurar una porción, aunque mínima, sobre las tierras de uso económico.

En 1906, en el valle de Quinquen, recibe título de merced el cacique Paulino Hueiquellán. Dentro de la familia ampliada de este cacique, se encontraba el nombre de Manuel Meliñir, “tronco de los actuales Meliñir de Quinquen”, quienes protagonizarán un duro conflicto con los particulares muchas décadas después, entre 1988 y 1991[44].

En 1911, parte de esas tierras entregadas en merced y otras utilizadas por los pehuenche, son entregadas a remate como predios fiscales a Guillermo Schweitzer, comerciante de la zona. Desde entonces, las habitaciones y terrenos productivos de los Meliñir quedaron en tierras cuyos títulos no les pertenecían[45].

En 1919 y 1920, las comunidades de Cauñicu, Malla Malla y Trapa Trapa, obtienen sus títulos de merced. Los terrenos reconocidos como propiedad indígena, no responden a la extensión y calidad de tierras solicitadas por la comunidad, quedando fuera importantes zonas de araucarias y veranadas. En la mayor parte de los casos, se reconocen como territorio de uso indígena solo los espacios de habitación y el terreno de pastoreo más inmediato, se ignora el carácter transhumante de la economía pehuenche. Esto permite que se mantengan grandes extensiones de tierra en manos de particulares, a pesar de que sus dueños las habían comprado en operaciones fraudulentas o inexistentes.

Existe constancia de la intervención de los dueños de fundo, en el proceso de definición de deslindes de los terrenos que serían asignados a merced. En el título de merced de “Antonio Marihuán” se puede leer:

“Luego de ratificarse los requisitos para la obtención del título, que eran posesión legal por el tiempo que la ley exige, que poseen pocos medios de trabajo, que la calidad de los suelos es en general mala y que dada el número de personas no han podido ocupar mayor terreno [sic), se procedió a deslindar los terrenos, con citación del señor Protector de Indígenas del Malleco, del señor Promotor Fiscal de Los Ángeles y de los colindantes...”. Estos últimos, los particulares dueños de fundo.

En Quepuca, la familia Anguita, propietaria de los fundos, había intentado en numerosas ocasiones expulsar a los pehuenches de sus dominios. El juzgado de letras de Los Ángeles, acoge la querella y la fuerza pública organiza batidas contra los ocupantes aunque sin lograr su expulsión definitiva. Una vez alejado el peligro, estos retornan a sus tierras para realizar sus actividades económicas fundamentales, la recolección del piñón, el pastoreo y la pequeña agricultura.

Cuando la Comisión Radicadora de Indígenas, anuncia su llegada al Alto Bío Bío, Anguita se negó a que esta interviniera respecto a los pehuenches que ocupaban su fundo. La familia interpone reclamos en la oficina de colonización, con el fin de “... suspender radicación de indígenas en el terreno que indican... ”[46]. Luego de una serie de disputas legales, vuelve a obtener la venia de los tribunales, lo que obliga a la Comisión Radicadora a suspender el proceso en esa comunidad, frustrando la entrega de títulos de merced a la comunidad pehuenche de Ralco.

Algunas de las actuales demandas de las comunidades pehuenches, tienen su origen en el proceso de entrega de títulos de merced, que, debido a las presiones de los particulares y a la debilidad administrativa del fisco, no se pudieron entregar o no respondieron a la demanda de tierras formuladas por las comunidades, esto es, según el uso ancestral.

En Maya Maya por ejemplo, el título de merced entregado no cubre el territorio demandado por las comunidades, el cual posee los siguientes límites: “... por el lado norte del río Queuco, todo lo comprendido entre filo Vizcachas y estero Chayaico, y desde el río a las nacientes del río Infiernillo y Ceniciento por el costado sur del río Queuco, desde el estero Ñirementun hasta el puente Nitrao y de dos nacientes del Ñirementun, Trilila y la laguna Liay... ” [47].

El documento -fechado en Temuco el 27 de Mayo de 1919- otorga Título de Merced sobre 3.444 hectáreas a nombre de “Antonio Marihuán”, estableciendo los siguientes deslindes:

“Norte y Nor-Poniente, el filo de los cerros que quedan inmediatamente al norte de los cerros Redondo y Nirivilo; Oriente, una línea quebrada que pasa por la cima de los cerros Redondo, Pillamahuida y Lanco, hasta llegar a la cumbre de los primeros cordones de la Cordillera Limpia; Sur, parte del estero Huelón, una quebrada que nace del cerro Nitanpehuén, este cerro, y una línea que va por la cumbre de los cerros hasta llegar a la Cordillera Limpia; y Poniente, el estero Huelón, hasta su desembocadura en el río Queuco; otra quebrada sin nombre que desemboca en el mismo río, y que nace en el cerro Nirivilo, la cumbre de este cerro y una línea quebrada que parte de la cumbre del Nirivilo y que va por la cima de los cerros hasta juntarse con el límite Norte y Nor-Poniente...”[48].

De este modo los particulares se quedaron con las mejores tierras, suelos planos en invernadas y pinalerías y mallines en las veranadas. Desde entonces se inician las demandas de los distintos caciques de la comunidad para que se reconozcan los antiguos deslindes. Esta reivindicación se inicia en 1920 con el cacique Antonio Marihuán y fue seguida por los caciques sucesores José del Carmen Marihúan (h), Pedro María Suarez Humané, Agustín Marihuán Espinoza, Teofilo Martín Pichun, Juan Domingo Suaréz Marihuán, José del Carmen Suárez Huincaman y don José del Carmen Suárez Paillán.

Durante todo el siglo XX, tanto en la comunidad de Malla Malla, como en las otras comunidades pehuenches, las demandas de restitución de tierras se mantienen, acarreando conflictos con los particulares y sucesivas gestiones ante las autoridades por parte de los caciques. En 1930, con la entrada en vigencia de la Ley de Propiedad Austral, los pehuenches de Ralco, que habían fracasado en la solicitud de radicación a principios de siglo, reinician gestiones para un nuevo juicio de radicación, ante el Juzgado de Indios de Victoria, sin obtener buenos resultados.

La carta enviada al ministerio en 1939 por la comunidad de Quepuca Ralco, grafica en forma clara, los argumentos que sustentaban el discurso de reivindicación territorial de los pehuenche en esa época:

“Ocupamos las tierras de Ralco desde tiempos inmemoriales, siendo nuestros antepasados los primeros pobladores, que nunca ningún ingeniero ha llegado al lugar que dejamos indicado para hacernos una posesión definitiva del terreno que ocupamos conforme con la ley de indígenas y que ahora deseamos que el supremo gobierno se interese por nosotros, mandando un agrimensor para que determine el límite de nuestra reducción, respetando nosotros el derecho que puedan tener en el lugar vecino a nuestra posición los chilenos pobres que ocupan terrenos fiscales, exceptuando de esto a los representantes de la Soc. Bunster Gómez que en todo tiempo nos han atropellado y que ahora pretenden quitarnos nuestros campos... “[49].

En Trapa Trapa, durante la década de 1960 se inicia una nueva fase reivindicativa de tierras, y con ello, un período de conflictos con los colonos de los fundos. La primera de las solicitudes a las autoridades tiene lugar en 1965, mediante una carta dirigida al presidente Eduardo Frei Montalva, se solicita “... urgente amparo al Supremo Gobierno, por encontrarse explotados y sus tierras robadas... ”. En ella Segundo Tranamil, José Dolores Naupa, Vicente Tranamil, y José María Tranamil, en representación de la comunidad Antonio Canío, exponen la gravedad de su problema, señalando que de las 8.430 Ha -del título de Merced- les han usurpado alrededor de 4.000 Ha . Estas tierras usurpadas corresponden, tanto a la parte de sus invernadas, en la zona central de la comunidad, donde el terreno es productivo y también a la parte de veranadas, por consiguiente, señalan los indígenas, “... más de 100 familias con una población superior a 300 indígenas, estamos viviendo con suma pobreza... ”. A continuación solicitan una comisión de topógrafos justicieros y honrados, para que “... reconstituyan las líneas divisorias... ” [50].

En la década del sesenta y setenta, la reforma agraria surge como una nueva esperanza para las comunidades pehuenche. Las esperanzas, en la mayor parte de los casos se frustran nuevamente, ya que el proceso de reforma adquiere en el Alto Bío Bío, un corte eminentemente “campesinista”. Benefició fundamentalmente a los campesinos chilenos, inquilinos y medieros que a lo largo del siglo se habían ido estableciendo en los fundos particulares, relegando a un segundo plano las demandas históricas de la población indígena.

Esto es lo que ocurre en Malla Malla y Cauñicu, zonas donde los fundos expropiados se entregan al sindicato campesino de colonos chilenos. Los indígenas aprovechan la expropiación de manera muy limitada, accediendo a tierras exiguas, sin poder recuperar los bosques y pinalerías base de su sustento. Situación similar ocurrió en Callaqui donde la comunidad solo tuvo acceso a parte del predio San Miguel de Callaqui que se encontraba en parte ocupado por los indígenas, pero el resto de los predios, fundos Bio Bio y Pitrilón, se entregaron a los trabajadores del aserradero Ralco y no a los indígenas.

En la zona de Ralco no hay expropiaciones, pero el gobierno en 1972, convierte las pinalerías del fundo Ralco en parque nacional, lo cual favorece a las comunidades pehuenches que encuentran en ellos, el sostén principal para su sobrevivencia y reproducción socio-cultural.

El fundo Trapa es uno de los pocos donde los pehuenche logran recuperar las veranadas de Cochico, una vez que se expropia en 1973. Lo mismo ocurre en la zona de Lonquimay, en el valle de Quinquen, donde, luego de expropiado, el fundo es cedido en 1972 a la familia Meliñir para su usufructo, con “... derecho a pastoreo de los animales menores y mayores y derecho al piñoneo, además de la explotación del bosque nativo... ”[51] .

En Pitril, la Corporación de la Reforma Agraria (CORA) expropia en febrero de 1971 la totalidad del fundo del mismo nombre, una extensión de 11.000 hectáreas. Se estipulan como causales sus condiciones de predio rústico y en malas condiciones de explotación; en 1972 se traspasan estas tierras a CONAF las cuales a su vez son dadas en arriendo a tres ganaderos de la zona, este fundo se mantiene en manos fiscales hasta 1986.

Luego del golpe de Estado, una parte importante de los terrenos expropiados vuelven al control de sus antiguos dueños, en Callaqui le son devueltas a José del Carmen Reyes en 1974 una porción de 800 hectáreas, como reserva de las 1.200 hectáreas del total del predio[52]. La otra parte del predio se mantiene en manos fiscales. En la zona de Queuco y Trapa Trapa, el fundo Trapa y el fundo Queuco son recuperados íntegramente por sus antiguos dueños en 1976.

En Quinquen, el 4 de Septiembre de 1974 la CORA revoca el acuerdo de expropiación, entregando la propiedad del fundo a Gonzalo Geddó García, quien comparece en representación de Andrés Lamoliatte Darrocq, ex propietario del fundo. En este trámite se ignora arbitrariamente “... el protocolo del 22 de enero de 1972, por medio del cual se le entrega el usufructo de Quinquén a la familia Meliñir... ”[53], despojando nuevamente a esta comunidad de todas las tierras que habían logrado recuperar luego de sesenta años de demandas.


[34] Molina, Raúl. “Modelos de enajenación de territorios indígenas y el proceso de ocupación Chilena del alto Bío Bío pehuenche”. Pentukun, Nº 2. Temuco. 1995. p. 46. Arturo Leiva es quien acuñó el modelo de “infiltración Chilena”, y el autor lo toma apara aplicarlo en la zona de Bío Bío y Malleco.
[35] Molina, Raúl y Martín Correa. “Territorios y comunidades pehuenches..”. Op. cit.: 23.
[36] Ibíd.: 60.
[37] Ibíd.: 29.
[38] Ibíd.: 40.
[39] Ibíd.: 75, 76.
[40] Ibíd.: 172.
[41] Ibíd.: 139.
[42] Esta información es tomada del texto de Raúl Molina “Modelos de enajenación...” Op cit.
[43] Bengoa, José. Quinquen, 100 años de historia... Op. cit.: 49-55.
[44] Ibíd.: 42.
[45] Ibíd.: 49-54.
[46] Ibíd.: 81.
[47] Ibíd.: 201.
[48] Ibídem.
[49] Ibíd.: 86.
[50] Ibíd.: 222.
[51] Ibíd.: 35.
[52] Ibíd.: 61.
[53] Bengoa, José. Quinquén, 100 años de historia... Op. cit.: 70.