LEY 4.332 DE 21 DE JUNIO DE 1928

SOBRE EXPROPIACION DE TERRENOS INDÍGENAS

Autoriza al Presidente de la República para expropiar, terrenos de indígenas ubicados en el lugar denominado Maquegua, Provincia de Cautín o para permutarlos con otros.

Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente:

PROYECTO DE LEY

Artículo   1º.- Autorízase al Presidente de la República para expropiar, en la provincia de Cautín, ciudad de Temuco, los terrenos ubicados a pocos kilómetros al Sur de dicha ciudad en el lugar denominado "Maquegua" a orillas del río Cautín o para permutarlos por otros cuya ubicación y cabida determinará el Presidente de la República.

Aquellos terrenos comprenden una superficie de 275 hectáreas, en que se encuentran radicadas las reducciones de Francisco Zenón Melivilu y Juan Llancanao, con títulos de merced otorgados por la Comisión Radicadora de Indígenas, el 9 de marzo de 1905 y el 12 de enero de 1906, por 107 y 168 hectáreas, respectivamente.

Artículo   2º.- Autorízase al Presidente de la República para ubicar a los propietarios de los terrenos seña lados en el artículo anterior, si aceptaren permutarlos, para lo cual el Ministerio de Fomento designará una Comisión Especial que fije el monto de las indemnizaciones, la cabida y ubicación de los terrenos que recibirán como permuta.

Artículo   3º.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de cuarenta mil pesas ($40.000.-) en el pago de traslados que correspondan y de las indemnizaciones que proceden, o construcciones que sea del caso hacer en los nuevos terrenos que se cedan en permuta en su caso, de acuerdo, en ambas situaciones, con la Comisión Especial a que se refiere el artículo anterior.

Artículo   4º.- El gasto correspondiente que se menciona en el Artículo 3º se deducirá de los fondos que produzca el impuesto de la ley de la constitución de la Propiedad Austral durante el año 1928.

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.