II.-
Arcaico o
precerámicoCauquenes
a Puerto Montt:
Costa:
2.-
Quivolgo (2040
A.P.)
3.- Reloca
(5000- 4850
A.P.)
4.- Cerro
Las Conchas
5.-
Pahuil
6.- Isla
Mocha
7.-
Morgüilla
8.-
Tubul
9.-
Bellavista
10.-
Queule
11.- Chan
Chan (5600-5000 A.P.). Norte de
Valdivia
12.-
Piedra Azul. El sitio arqueológico 10 PM 014 (UTM 683,000 E –
5.404,150 N). Seno de Reloncaví, bahía de Chamiza, sector Piedra
Azul, Comuna de Puerto Montt, Provincia de Llanquihue, X Región de Los
Lagos.
13.-
Puntilla
Tenglo
14.-
Conchal Gamboa (Chiloé)
Zona
Intermedia o valle:
15.-Alero
Marifilo. Arcaico Inicial 9800 A.P. Lago Calafquén, en sector de
Challupen, entre Licanray y Coñaripe (sector septentrional de la X
Región)
16.-Alero
Quillen 1 (4740 A.P.). Norte de
Temuco.
17.-
Alero Quino 1
III
Cerámico:
Complejo
Pitrén
Costa:
18.-
Tranaquepe
19.-Loncotripay
(Tirúa)
20.-
Sitio: Parcela 31-1 en ISLA MOCHA (1050 d. C. a 1640 d.C.)-
Zona
Intermedia o valle:
21.-Campus
Andrés Bello (300-1100 d.C.) UFRO, ciudad de
Temuco
22.- Padre
Las Casas
(Temuco).
23.Quepe
(al sur de
Temuco)
24.Huimpil
Norte de
Temuco
25.- Liceo
Industrial
(Temuco)
26.-Shell
Norte (Temuco)
27.- Lau-Lao
(Gorbea)
28.-La
Tereña (cerca de El Vergel,
Angol)
29.- Cueva
de Los Catalanes (Los
Angeles)
30.-Licanco
Chico (By Pass, sur de Temuco)
Precordillera:
31.-
Pitrén
(Panguipulli).
32.-Los
Chilcos (Challupen) en el Calafquén
Pampa
o zona oriental andina (Argentina)
33.- Bajo
Añelo (lago
Aluminé)
34.-Montículo
Angostura (cerca del Lago Aluminé, Paso Icalma)-Cuenca del Bio
Bio.
35.-Cueva de
Haichol
36.-Alero
Los Cipreses
Complejo
el Vergel
36.-Alboyanco
(1300 d.C.)
Angol.
37.-Llenquehue
(cerca de
Cañete)
38.-Fundo
Cancura (cerca de
Angol)
39.-Fundo
El vergel (cerca de
Angol)
40.-Quinta
Bell (cerca de
Angol)
41.-Pucón
6 (Península de
Pucón)
42.-Cueles:
Kukalleco e Isla Katrileo norte de Lumaco en el lado oeste del río del
mismo nombre y en el lado sur de los pantanos de Purén.
3.-Los Sauces.
Valle
intermedio X Región
44.-Los
Lagos (Pitrén
Tardío)
45.-Población
Lago Ranco
IV
Histórico
47.-
Ralipitra 1 siglo XIX
II.
Procesos territoriales en el mapunche majontu mapu (1550-1818)
1.
Wajontu mapu pikunche (limari- bio bio)
1.1.
Frontera norte del wajontu mapu
Mapunche
Wajontu Mapu es el concepto mapuche que nombra al territorio en su totalidad y
dentro de este identificamos un área territorial denominada Pikunmapu o
tierras ubicadas al norte del río Bio Bio y que llegaba en virtud de la
existencia de asentamientos mapuche hasta la cuenca el río Limari. El
Wajontu Mapu Pikunche, en el siglo XVI limitaba con otros pueblos en fronteras
con franjas de coexistencia territorial; por el norte con los Diaguitas; por el
Este con Diaguitas y Pwelche ( Huarpes-Chiquilllanes y Pewenches); por el Oeste
con el mar pacifico y por el sur con el resto del territorio mapuche, el
río Bio Bio de por medio. Una parte del pikunmapu, desde el río
Limarí hasta el río Maipo se encontraba bajo dominio del Inca,
región que formaba parte del Collasuyo cuzqueño.
El
pinkunmapu fue sometido a un particular proceso histórico, que lo
diferencio de los procesos ocurridos al sur del Bio Bio durante todo el periodo
colonial –siglos XVI, XVII y XVIII-, donde los mapcuehs ultra Bio Bio
lograron mantener la independencia territorial. Aún así, estos
territorios y población constituían una continuidad con los de
más al sur, siendo parte del mismo pueblo, de la cultura , de las
dinámicas de la sociedad mapuche, y de la misma identidad dada por la
dinamica entre linajes y territorios y sometidos a procesos históricos
distintos durante el periodo de colonización
española.
La
frontera septentrional del Mapunche Wajontumapu a principio del siglo XVI era la
cuenca del río Limarí hasta allí se reconocían
asentamientos de población mapuche, pero el río Aconcagua
aparecía como deslinde de la preeminencia mapuche y en los que los
españoles señalaron que se encontraban los indios Chili. Sin
embargo, existía hasta el río Limarí, un área de
coexistencia territorial de asentamientos mapuche con asentamientos
Diaguitas.
Para
avalar la presencia mapuche en un territorio compartido, señalamos los
testimonios que en 1633 hicieron en Santiago ante el Oidor de la Real Audiencia
Pedro Machado de Chávez, los mapuche o indio Chile, llamados Alonso y el
Logko Marcos todos asentados en pueblo de indios de Sotaquí ubicado a
orillas del río Límari, alegando por la posesión de sus
tierras que correspondían a los Lof formados en Cogoti y
Combarbalá, territorios que habitaban desde antes de la llegada de los
españoles. En la visita al sitio se recogieron los testimonios de los
mapuche. El viejo Logko Juan Guentemanque y el indio Llau Llau reivindicaron las
tierras desde el Vallé de Cogotí pasando por Combarbala hasta
Pama: “Habrá cien años antes más o menos que mi
abuelo vino de Santiago y se pobló aquí con veinte indios y otro
cacique llamado Quepuemehuelen que aún no era cristiano cuando vinieron
los españoles y dieron la paz y con otros veinte el cual mi abuelo se
pobló en tierras del valle del río de Cogotí que es donde
nació mi padre”. También el Logko Kare Kare de Huana,
señala que el padre de Guentemanque le había contado que su gente
había poblado el valle de Cogotí, “..ahí estuvieron
muchos años hasta que por la justicia española que vinieron a
estas tierras los redujeron al valle de Sotaquí para que tuviesen
doctrina y se les administraran los santos sacramentos”. Otro tesminonio
dado por el cacique Salvador señalaba que su padre escucho decir
“...muchas veces que el abuelo del cacique Juan Guentemanque habría
venido desde Santiago a poblar el valle Cogotí”.
Las
evidencias culturales de la presencia mapuche hasta las cercanías del
río Limari, al año 1535, fecha de la irrupción hispana,
son aportadas por Gerónimo de Bibar el que escribió que
existían diferencias culturales entre los valles de Límarí
y Combarbala, pues a partir de este último se hablaba una lengua distinta
que era la misma hasta el Valle de Chile o Acancagua.
Más
al sur, en la zona comprendida entre los ríos Aconcagua y Maipo aunque
los Ayjarewes mapuche ocupaban prácticamente todo el territorio,
aparecían algunas zonas compartidas de asentamientos de población
mapuche y diaguita. A la llegada del inca en 1470, se instala población
quechua, diaguita y de otras zonas traída como mitimaes, trasladada para
trabajos tributarios que se asentó en algunos sectores de los Ayjarewes
mapuche de la cuenca de Santiago y el
Aconcagua.
Las
fronteras entre pueblos indígenas no eran rígidas,
compartían territorios de asentamientos, rutas de comercio, espacios
económicos y de intercambio cultural, aunque suponemos, que muchas veces
estas relaciones no estaban exentas de conflictos. Ello no impidió los
acuerdos como ocurrió con la alianza mapuche-diaguita para resistir la
entrada el
español.
Hacia la Cordillera de los Andes zona de poblamiento temporal mapuche, la
frontera del Wajontumapu pikunche se relacionaba con otros pueblos cazadores
recolectores y agricultores transandinos, con los que se establecieron
intercambios, con los llamados Puelche, formados por Chiquillanes, Pewenche y
Huarpes, y
Diaguitas.
Lo mismo ocurría con las relaciones al interior del territorio del
pikunmapu, donde se establecía la complementariedad de las
economías para diversificación de la dieta e intercambio de
productos y manufacturas como parte del trueque, entre los diversos Lof y
Ayjarewes situados en territorios con características ambientales y
productivas particulares.
1.2.
Poblamiento y division territorial del pikunmapu
La
distribución de la población mapuche en el pikunmapu, desde
Limarí hasta Concepción, ocupaba espacios geográficos que
comprendían principalmente valles intermontanos de las cuencas de los
riós Limarí, Choapa y Aconcagua. Rinconadas con aguas, bosques y
suelos planos y bordes de esteros y rios en la zona de la precordillera, en el
valle central y en los valles y planicies de la cordillera de la costa y el
litoral. Todo estos espacios asociados a las cuenca de los ríos Mapocho,
Maipo, Cachapoal, Mataquito, Maule e Itata. Existían sectores con menos
densidad de asentamiento entre las zona de los ríos Claro y Laja en la
depresión central, debido a la presencia de una geografía
vegetación de espinos y suelos volcánicos, que daban un aspecto
seco y un medio ambiente más limitado en recursos naturales. En general,
los asentamientos se verifican en las orillas de los ríos y en los valles
costeros donde existía grandes bosques, abundancia de aguas, lagunas y
pesca marina y lacustre. Los territorios menos fértiles eran ocupado como
zonas de caza, pastoreo y recolección y asentamiento temporales.
La
organización social de los mapuche del pikunmapu, correspondía a
familias vinculadas por linaje que tenían un asentamiento territorial
basado en relaciones de parentesco, como la relación existente en el
valle de Aconcagua entre MichimaLogko y Tanjalonco, que eran nombrados Logkos
principales del valle. Al momento de contacto con el español eran
tío y sobrino respectivamente, como lo indica el padre
Rosales
“Llego la nueva entrada del Mariscal Almagro, y sus españoles, al
valle de Aconcagua..., y los caciques Michamalonco y Tanjalonco su sobrino,
llamaron a ...”.
Entre
los muchos linajes mapuches que ocupaban la zona del Limari al Bio Bio, a los
inicios del contacto mapuche–español en el siglo XVI, se pueden
destacar los “Logko” (MichimaLogko, InviraLogko), los
“hueno” (Antihueno); los “gualguen” ( Quirogualguen);
los “pillan” (Guaunpillan, Melipillan ); los “milla”
(Loncomilla); los “pangue” (Malopangue);los “llanga”() ;
los “manque” (Chinguaimanque); los “lande” y muchos
otros, como se puede apreciar en el cuadro siguiente:
Algunos
logros del pikunmapu siglo xvi
LOGKO
O CACIQUE |
LUGAR |
AÑO |
Michimalonco |
Valle
de Aconcagua |
1541 |
Tanjalonco |
Valle
de Aconcagua |
1541 |
Chinguaimanque |
Valle
de Aconcagua |
1541 |
Aloande |
Santiago |
1541 |
Turioande |
Santiago |
1541 |
Maquinanpe |
Santiago |
1541 |
Inviralongo |
Santiago |
1549 |
Perquitalongo |
Santiago |
1549 |
Antehueno |
Santiago |
1549 |
Landagueno |
Santiago |
1549 |
Catarongo |
Santiago,
Tobalaba |
1552 |
Quirogualguen |
Santiago,
Vitacura |
1552 |
Nimaogualguen |
Santiago,
Vitacura |
1552 |
Guara
Guara |
Santiago,
oriente |
1546 |
Guandalongo |
Santiago,
entre el Mapocho y el Maipo |
1549 |
PianeLogko |
Lampa |
1541 |
Victolio |
Lampa |
1552 |
Loncopillan |
Lampa |
1552 |
Guahunpillan |
Lampa |
1552 |
Quilacanta |
Indio
del Peru |
1541 |
Longomilla |
Maipo |
1541 |
Elicosa |
Maipo |
1545 |
Quelengari |
Maipo.
Cauquin ribera sur. |
1545 |
Guachinpilla |
Maipo
, ribera del río |
1547 |
Hernando |
Maipo
ribera del río |
1549 |
Painavillo
y Lonquie |
|
1541 |
Conelquenau,
y otros.. |
|
1541 |
|
|
|
Fuente:
León (1991:87-88).
1.2.A.
Fütalmapus, Ayjarewe y Lof en el pikunmapu
La
estructura de organización territorial mapuche del Mapunche Wajontu Mapu
se constituyo como Lof que corresponden a familias agrupadas en un territorio al
mando de un Logko. Varios Lof forman el Ayjarewe, que agrupa a varias
pequeñas parcialidades territoriales distribuidas en un territorio
determinado y que se encuentran unidos por lazos de parentesco. Estas
categorías son observables en el pikunmapu, ya que en los documentos
coloniales, en espacial los relativos a las encomiendas, aparecen
constantemente, “los
caciques
principales” y
los “caciques sujetos”. Por lo general los caciques principales
corresponden a los Ñizol Logkos y los caciques sujetos a los
representantes de los
Lof.
La agrupación de varios Ayjarewes forma el Fütalmapu o Futalmupu,
que es un territorio extenso vinculado entre sí por lazos de parentesco,
alianzas sociales y culturales y
económicas,
y en especial
militares.
En
muy probable que en la zona del Aconcagua hasta el Mataquito, existiera un
Fütalmapu,
conducido por el Ñizol Logko Michimalonco, ello a juzgar por lo
señalado por Mariño de Lobera, al referirse al parlamento de paz
de Santiago, efectuado en 1541, que reunió a los Logkos entre la cuenca
del Aconcagua hasta el Mataquito bajo el mando de un Logko principal. La
estructuración jerárquica de esta junta podría estar dando
cuenta de una de la existencia de un Fütalmapu formada por los Ayjarewes
cuyos Logkos concurrieron al parlamento. En efecto, al parlamento de Santiago:
“... concurrieron los principales capitanes y cabezas del Reino: entre
los cuales estaban el capitán Jaujalongo, Chingaymanque, Apoquindo,
Butacura (Vitacura) Lampa, Maipolipillán, Colina, Melipilla, Peumo, Pico,
Poangue, Cachapoal, Teno, Gualemo, y el General
Michimalongo”.
También
es posible reconocer y nombrar como Ayjarewe a todos los pueblos de indios que
se constituyeron durante el periodo colonial, ya en cada uno de ellos aparece un
Logko principal y Logkos secundarios de los Lof, subordinados a la autoridad
del Ayjarewe, los que de acuerdo a los nombres corresponden al mismo linaje. Los
ejemplos son varios:
El
LogkoVitacura o Futacura, era el principal del lugar ubicado en el cerro San
Luis a orilla del Mapocho. Los caciques subalternos que tenían sus Lof
cercanos al lugar e incluso en la ribera norte del río Mapocho eran
Palabanda, Pujalongo, Perimalongo, Tongui, Catalonde, Longopilla, de este
último dependían Trinquimanquí y
Gualtilina.
En el caso de
Apoquindo, dependían de los Logko Picuncahue, con su Lof en el sector de
Lo Fontecilla, Tabuncura en el sector - de Las Mercedes y Mayecura. El pueblo de
Nuñoa o Ñuñohue, estaba a cargo del cacique Longomavico o
Aponchonique y dependían de este los caciques Malti y Tocalevi. En el
caso de Tobalaba, conocido como Tobalahue o Tobalahuen tenía por
Ñizol Logko del Ayjarewe a Catacingo y como caciques subalternos de los
Lof a los Logkos, Vanga, Mantepán, Pameurongo, Condatongo, Anguaguay y
Parapuchi. El Ayjarewe de Macul, el cacique principal del Ayjarewe era Longomoro
y sus caciques subalternos Inviralongo, Pilquintalongo, Antihueno y
Landahueno.
El Ayjarewe de Gualemo de Teno, al sur de Santiago, tenía entre otros
caciques o Logkos a Aloande, Turlopande y
Naquindo.
Una
de las características de estos Ayjarewes, era la dispersión de
los asentamientos y la ocupación de territorios de uso permanente y uso
temporal, los que eran parte de una gran jurisdicción, por lo que “
numerosos pueblos de indios tenían potreros en la cordillera, tierras
que eran comunitarias como los pueblos de indios de Aconcagua, Nancagua, Gonza,
Rapel, Chanco, Colina y
Lampa”.
Ricardo
Latcham,
en base a información histórica del siglo XVI, reconstruye los
Ayjarewes y Lof mapuche para la zona comprendida entre los ríos Itata y
Bio Bio “...que en tiempo de la conquista era uno de los baluartes de los
indígenas , y zona bastante poblada”. Reconoce la existencia seis
Ayjarewes con sus respectivos lof. Los Ayjarewes nombrados eran; Coelemu, entre
el río Itata y el Estero Bureo; Peguco, entre el río Itata y el
Andalién; Rere y Hialqui(sin delimitación); Llancamilla, entre el
Itata y el río Bio Bio, y Rarinlevu, entre el río Laja y el Bio
Bio , al oriente de la actual ciudad de Los Angeles.
AYJAREWE |
LOF |
COELEMU
(Llamado Gualemo
por los españoles)(Entre el río Itata y el estero Bureo) |
Coelemu |
|
Otohue |
|
Coihueco |
PEGUCO
(Entre el río Itata y el río Andalién) |
Talcahuenu |
|
Aquelpangue |
|
Arana |
|
Puchacay |
|
Andalién |
RERE |
Huelén
- Huelén |
|
Cahuiñungue |
|
Guachumávida |
|
Talcamávida |
HUALQUI
O GUALQUE |
Laleufu |
|
Quilacoya |
|
Yecutun |
|
Hualqui
o Gualque |
|
Talcahuenu |
LLANCAMILLA
(Entre el río Itata y la margen norte del río Bio Bio) |
Tolmilla |
|
Quelenmapuco |
RARINLEVU
O RANRILEVU O RALINLEVU
(Entre el río
Laja y Bio Bio, al oriente de la actual ciudad de Los Angeles) |
S/I |
Fuente:
Latcham :1922.
Es
necesario señalar que si bien estas estructuras territoriales mapuches
eran preexistente al contacto con el español, también fueron
trascendentes, pues se mantuvieron durante el periodo colonial de
dominación hispana, aunque reducida la cabida de sus jurisdicciones. En
efecto, los Ayjarewes y los Lof mapuche del pikunmapu fueron en parte
reconocidas por el español, al momento que se formaron los pueblos de
indios, donde una porción de las tierras le fueron reconocidas al Logko
principal.
Los Lof mapuche se mantuvieron como asentamientos localizados en las tierras
ancestrales asociadas a los recursos naturales, conservando los mapcuhe su
organización socio cultural y las relaciones de parentesco y
linaje.
Un ejemplo, de la perviviencia de la estructura tradicional mapuche del
Ayjarewe y a su base los Lof, es el pueblo de indios de Vichuquen.
“En
el pueblo de indios de Vichuquen, en la segunda mitad del siglo XVI (1579),
correspondía a un espacio de asentamiento disperso formado, al menos ,
por las parcialidades de Chaicague, Llico y Queconmeo. Estas no solo equivalen a
un conjunto de unidades sociales, sino también a una forma de
organización del territorio, el cual se encuentra segmentado por el
conjunto de unidades familiares agrupadas en torno a la autoridad y figura de
un cacique.
..
Vichuquen habría estado conformado por una seríe de subconjuntos
, los que ocuparían niveles de jerarquía diversos dentro de la
estructura económica, política y ceremonial de Vichuquen. En
cuanto a la unidad socio-territorial, Vichuquén podría ser
considerado un amplio espacio conformado por las parcialidades de Llico,
Queconmeo y Chaicague que reconocían la autoridad de los caciques
Anteguanteguelen, Cachumilla y Mauroquinto,
respectivamente”.
El
Ayjarewe de Vichuquen tenía como Ñizol Logko o cacique principal a
Perquinlebo y como Logko locales o caciques a Guelemanque, Antaguentelen de
Llico, Cachumilla de Queconmeo y Mauroquinto de Chaicague. Se asocia a este
pueblo de Vichuquén a Tenguanguelen de Huenchullami y al cacique
Llemanque trasladado a
Chigualoco.
Al parecer, el Ayjarewe de Vichuquen fue incluso más extenso, y se
extendía más al sur de la desembocadura del río Maule,
puesto que en 1602, en la encomienda concedida a Juan de Azocar se señala
que se le entregan indios de los pueblos de Chanco y Loanco “los cuatro de
ellos naturales del pueblo de Chanco llamados Pedro Tureoman, Alvaro Talcapil,
Alonso Curalebo y Pedro Guerepangue, sujetos al cacique de
Vichuquén”.
Lo
anterior confirma como el pikunmapu se estructuraba en base a la
organización territorial mapuche y que esta se mantuvo incluso
después de la invasión hispana. A la organización social y
política del territorio, se debe agregar la organización cultural
y sagrada que formaban parte de la geografía del territorio, como los
cerros Tren-Tren, que constituyeron parte del Az mapuche. Los existencia de los
cerros Xeg Xeg se encontraban en todo el territorio bajo el dominio
español, según describe el padre
Rosales“...Y
en todas las provincias hay algún Ten Ten, y cerro de grande
veneración, por tener creído que en se salvaron sus antepasados
del Diluvio
general“.
Diversos
autores,
relatan la presencia de los cerros Xeg Xeg, localizándolos cerca de Peumo
y Doñihue en el valle del Cachapoal, Chada en el sector sur del Valle
del Maipo y Curimon en el valle del
Aconcagua”.
2.
Invasión hispana: la usurpación territorial y reducción
indígena
2.1.
Apropiación y Reparto Territorial del Pikunmapu
La
invasión de los territorios indígenas por parte de la Corona
Española a partir de 1540, significó que las tierras dominadas
militarmente pasaran a formar parte del Patrimonio Real, para luego proceder a
su reparto a las huestes hispanas a través de las mercedes reales,
reservandose a los indígenas pequeñas porciones territoriales, que
constituyeron bolsones de mano de obra para ser encomendadas en favor del
invasor.
Así,
la política de dominación impuesta en el pikunmpu estuvo
conformada de la apropiación del territorio, el reparto de este a los
conquistadores, la reducción de los mapuche a Pueblos de Indios y la
imposición del sistema de encomienda, consistente en disponer de la mano
de obra indígena para ser trasladada desde sus asentamientos poriginales,
hasta las haciendas formadas por el español.
El
reparto territorial indígena se efectuó en virtud de la bula
“Intercaetera”
dictada por Alejandro VI, el 3 de Mayo de 1493, invocándo dioses lejanos
y ajenos a la cosmovisión y religión indígena. En el se
auto otorgaban el derecho a disponer de las tierras bajo ocupación
militar. El texto de la bula decía:
“... por la autoridad de Dios,
omnipotente concedida a San Pedro y del Vicariato de Jesucristo que ejercemos en
la tierra, .... a vos vuestros herederos los reyes de Castilla y León,
perpetuamente, por la autoridad apostólica, a tenor de la presente,
donamos, concedemos y asignamos (las tierras indígenas sometidas bajo
ocupación militar), y a vos y vuestros herederos ... señores con
plena , libre y omnímoda potestad, autoridad y jurisdicción os
hacemos, constituimos y
diputamos.”
A
los dominados el hispano les reconocía el derecho a administrar las
tierras de la reducción y disponer de
ellas,
lo que facilito en un primer momento la venta y enajenación de muchas de
ellas. Solo a principios del siglo XVII se iniciara un proceso de mensura y
protección de las tierras mapuche constituyéndose los llamados
Pueblos de Indios. El resto del territorio quedo en poder de la Corona que
dispuso de ellos, a través de sus conquistadores, para la
formación de la propiedad hacendal.
Entre
los procedimientos de apropiación directa de territorios indígenas
y desalojo de la población se encontraba el “Requerimiento de
Palacios Rubio” que era invocado para legitimar ante la Corona hispana la
toma de posesión. Pedro de Valdivia, al momento de la fundación
del fuerte y villa de Santiago, convoco a los loncos del valle del Mapocho para
leerles el “requerimiento”, imponiéndole al lonco Huelen
Huala la usurpación del cerro Huelen y las tierras aledañas, y por
la misma lo obligo a cambiar la residencia desde su Lofmapu a Talagante, y de
este lugar llevo a Santiago a los mitimaes del inca para el servicio
personal.
La
fundación de Santiago fue el primer acto de usurpación legal de
tierras mapuche, el que se acompañado por el despojo de los Lof Mapu de
los indios Guaicoches (gente de la quebrada con agua) que tenían sus
posesiones en las tierras ubicadas ubicadas detrás del cerro Manquehue,
las que se comenzaron a denominar La Dehesa del Rey. Los Guaicoches
después del desalojo, fueron llevados a Tango, luego los trasladados a
Peñalolen y finalmente se le adjunto al pueblo de indios de Apoquindo.
2.2.
Los Pueblos de Indios
La
constitución de los pueblos de indios fue parte de la política
hispana para asentar a los mapuches en parte de las tierras ancestrales,
correspondientes a sus Lof y Ayjarewes, con esto deslindar la propiedad
indíogena para destinar el resto de las tierras a la constitución
de la propiedad hispana. Por tanto, la radicación de los mapuche del
pikunmapu en los pueblos de indios, se debió... “únicamente
a la política de reducción y constitución de la propiedad
indígena desde los primeros momentos de la conquista... La
preocupación de las autoridades por obtener la reducción de los
indios, perseguía el establecimiento de dos formas diversas de propiedad
de la tierra: la individual y la colectiva o bienes de la
comunidad”.
Esta
política de radicación se comenzó a aplicar a partir de
1580 con la Tasa de Gamboa que instruyo sobre la conservación y mensura
de tierras indígenas, como reacción a los constantes procesos de
perdida y usurpación. Sin embargo, el proceso de constitución de
la propiedad mapuche en el pikunmapu se formalizara con las mensuras de Gines
de Lillo entre 1603 y 1605, que mide las tierras indígenas que aún
existían entre el Maipo y el Aconcagua y que se habían salvado del
primer proceso de enajenación y usurpación. Las ordenanzas de
Gines de Lillo y las instrucciones contenidas en la Tasa de Esquilache,
serán las que se utilizaran durante todo el periodo colonial, es decir
los siglo XVII y XVIII para constituir los pueblos de indios en el Pikunmpau,
entre Limarí y río Bio Bio.
El
concepto “pueblo de indio” impuesto por el español no
corresponde a una aldea o villa como se pueda pensar, sino que a un conjunto de
tierras agrupadas en un solo paño o distribuido en varios posesiones
dentro de la jurisdicción de un Logko. Cuando se radico en tierras de un
solo Lof, el pueblo de indios quedo comprendiendo un solo paño, como
ocurrio con los pueblos de indios de Tobalaba, Macul y Apoquindo. En cambio,
cuando la radicación del pueblo de indios se efectuó considerando
al Logko principal de un Ayllarrehue, las tierra quedaron distribuidas en varios
parcialidades como ocurrió con los pueblos de Vichuquen, y Lora en la
costa del Mataquito.
Las
radicaciones en pueblos de indios, se caracterizaban por tener cabidas variables
de superficies lo que dependía del tamaño de la población,
pues las ordenanzas de Lillo, establecían una superficie de tierra a
entregar en forma individual al Logko (10 cuadras), indios (5 cuadras), viudas
(3 cuadras) más tierras comunitarias.
Las
tierras reconocidas a los llamados pueblos de indios en general consideran en
las mensuras las zonas pobladas y de localización de rucas, las tierras
agrícolas (generalmente reconocidos como propiedad individual) y terrenos
de pastajes de animales (como propiedad comunitaria), quedando fuera del
reconocimiento los terreno de recolección y caza y de uso sagrado y
verandas, suelos de valle y rulo de uso temporal y muchos otros que
constituían los territorios de los Ayjarewes. Los terrenos no reconocidos
al mapuche se llamaron terrenos vacuos o vacantes para la asignación de
las mercedes de tierras.
De
allí que se solo se reconocieran entre el río Limari hasta el Bio
Bio, norte chico y la zona central, solo porciones de las tierras originarias de
los mapuche que subsistían con tierras a principios del siglo XVII.
2.3.
Mercedes de Tierras la constitución del latifundio español sobre
las tierras del pikunmapu.
Las
mercedes de tierras constituyeron la forma en que los españoles
repartieron las tierras del pikunmapu y dieron origen a la propiedad hacendal.
Las primeras mercedes estuvieron asociadas a las encomiendas de mano de obra, y
se establecieron cerca de los asentamientos originarios de los mapuches,
cercando las tierras ocupadas ancestralmente por los mapuches.
Algunos
de los jefes de conquista y autoridades indianas tuvieron atribuciones para
repartir tierras y solares. Las primeras mercedes las hizo el Cabildo Antiguo y
el Gobernador Valdivia, pero su asignación quedo inconclusa debido a que
en el asalto mapuche a Santiago de 1541, se incendiaron los archivos. Con
posterioridad al levantamiento de Michimalonco se reanudo las entrega de
mercedes de tierras, repartiéndose rápidamente el valle de
Santiago y Aconcagua.
En
la cuenca del valle de Santiago, las primeras mercedes se solicitaron sobre las
tierras ocupadas directamente por los mapuche e inmediatas a la población
indígena. En 1546 se pedían las primeras confirmaciones.
Así en los sectores conocidos como Apoquindo, Vitacura, Tobalaba,
Ñuñoa y Macul se constituyeron mercedes de tierras a favor de
Juan Jufré, compañero de Pedro de Valdivia, de Francisco de
Aguirre, Juan Fernández de Alderete, Francisco de Villagra, Juan de
Cuevas, Juan Zurbano, Francisco Raudona y Pedro Gonzalez de Utrera, que
correspondían a Lof y Ayjarewes de Ñuñoa y
Macul.
En el caso de Francisco de Villagra solicito las tierras del Logko Martín
en Macul y en ellas se repartieron chacará y caballerizas. Con estas
disposiciones los propios españoles no respetaban su ordenamiento
jurídico de resguardo de las tierras ocupadas por mapuche, violando las
disposiciones que instruían salvaguardar las propiedad indígenas y
sus terrenos. En otros casos se opto por salvaguardar las tierras
indígenas, ante las solicitudes de algún español, como
ocurrió en las riberas del río Maipo, donde a Pedro de Villagra se
le negaron las tierras del lonco Guachimpilla, el que estaba asignado como
encomendado a otro español.
El
reparto de mercedes de tierras en Santiago se acabo entre los años 1575 y
1580, y después de 1591 solo se efectuaron mercedes de las
demasías y vacantes. La situación al sur de Santiago era distinta;
“Desde el río Maipo hasta Concepción y Bio Bio, la
distribución fue muchísimo más lento, pues el tiempo del
Gobernador Juan Henríquez se hicieron numerosas mercedes y aún se
las encuentra a fines del siglo
XVII”.
En
efecto, en Vichuquén durante el siglo XVII aún se continuaba la
entrega de mercedes de bastas extensiones que formaron un mosaico que
cubría las tierras de la cordillera de la costa y el valle central,
siendo una de las más importantes la entregada a Pedro de Home Pesoa en
1631 que abarcaba todas las tierras vacantes entre las lagunas de
Vichuquén y la laguna de Caguil, llamada también laguna los
Choros.“Las
mercedes de tierras otorgadas en la zona fueron envolviendo a la laguna de
Vichuquén, el
paraje
de
la Higuerilla, las lagunas de Torca y el Totoral del Agua Dulce..., el asiento y
boca de Llico, la laguna de Boyeruca, espacio además reorientado por la
estancia y por la producción de sal..., como igualmente sucedió
con el espacio comprendido entre la boca de la laguna de Bucalemu y la laguna
de Caguil, cercana del estero de Nilague, área donde el español
desarrolló una actividad importante relacionad tanto con la
ganadería como con la producción de
sal”.
Asimismo,
el reparto del pikunmapu y la constitución del dominio hacendal
español, trajo numerosos conflictos con los mapuche que se opusieron a la
perdida y usurpación de sus tierras, exigiendo a los españoles que
se les respetasen las tierras dejadas como reducción u ocupadas
materialmente de forma permanente y temporal.
Hacia
mediados del siglo XVII, las zonas más importantes y codiciadas de las
primeras ciudades chilenas, Santiago y La Serena, se encuentran repartidas en
mercedes y tienden a convertirse en compactas estancias. Las nuevas
adquisiciones deben proceder de compraventas, dotes, herencias, donaciones y
demás formas de derecho privado. Los españoles excluidos de la
capa de los grandes propietarios, por falta de capitales necesarios para la
compra de tierras o por no poder enlazarse con las familias poseedoras, no
pueden tener ya tierras propias, se va marcando la estratificación
social.
Durante
la primera mitad del siglo
XVIII,
las autoridades hispanas comenzaron a cuestionar el sistema de asentamiento
rural y de la gran propiedad de las tierras, promoviendo la idea de hacer
nuevos propietarios, solicitando se supriman las mercedes de tierras de gran
extensión para entregar medianas propiedades y beneficiar a numerosa
población asentada en las villas y ciudades de reciente creación.
Es así, como el Oidor Martín de Recabarren
en
1738 envía una
carta al Rey señalando la necesidad de una mensura general de tierras por
la imprecisión de los deslindes de las propiedades y la necesidad que
por medio de ella se regule la extensión de las haciendas ya que han
existido concesiones de tierras excesivas señalando que “... las
dos tercias partes o más de los actuales [pobladores] no tiene tierras
que cultivar”. Pidiendo que se repartan las tierras vacantes y modificar
la propiedad
eclesiástica”.
2.4.
Encomiendas de Indios y traslado de población
2.4.a.- La encomienda
El
tema de la encomienda es fundamental para entender la situación de los
Pueblos de Indios del pikunmapu, pues este sistema de obligación de
trabajo provocó la disminución de la población de los Lof y
Ayjarewes debido al traslado de gran parte de la población mapuche a las
haciendas, lo que significo baja presencia o despoblamiento en las tierras
reducidas y la vez procesos de usurpación de las tierras.
Las
encomiendas fueron asignadas por mandato del español para proveerse de
mano de obra y fue el primera retribución de la conquista territorial,
que obligaba a la población mapuche a trabajar para el español
durante largo periodos del año, siendo trasladados desde sus Lof hasta
las haciendas del español formadas a su vez por la expropiación de
territorio y las mercedes de tierras que se auto concedían. “El
régimen de indígenas de la Gobernación de Chile
significó un sacrificio casi completo del sistema de pueblos o
reducciones, propiciando la legislación metropolitana y por las ordenes
religiosas en toda América, a favor de la encomienda, y más tarde,
del asentamiento en estancias de los
españoles”.
La
fuentes de sustracción de la mano de obra encomendada, según
Góngora (1976) fueron las pequeñas tenencias de los
indígenas dentro de las chacras y estancias de los españoles,
multiplicadas a expensas de los pueblos, las que constituyeron durante los
siglos XVI y XVII la forma más utilizada por los propietarios de
proveerse de mano de obra.
La
explotación de la mano de obra mapuche en las hacienda y el desarraigo
casi permanente de sus tierras del que se aprovechaban los españoles,
llevó rápidamente a un proceso de despoblamiento o
reducción sensible de la población de los pueblos de indios, lo
que obligo a que se regulara la prestación de servicios de los
encomendados.
En
1621, se dicto la Tasa de Esquilache, que ordeno la división de los
indígenas en varios grupos de trabajo con el fin de que pudieran volver a
sus pueblos a sembrar y cosechar. Estableció el siguiente calendario de
trabajo; a mediados de noviembre deberían salir los mapuche desde sus
pueblos para cumplir un periodo de trabajo comprendido entre el 1° de
diciembre hasta el 15 de marzo. El día 16 deberían volver a sus
pueblos para la cosecha y el 24 de abril reanudarían la mita hasta el 8
de octubre. Al término de cada periodo el grupo de indígenas
debería volver integro a su pueblo. Estas disposiciones, no fueron
cumplidas en muchos casos, ya que el traslado sucesivo de la mano de obra entre
una y otra hacienda de los encomenderos, y las distancias de traslado
impedían que se respetaran las ordenanzas, lo que favorecía a los
españoles.
Aunque
regulado el tiempo de trabajo y servicio, la jornada laboral diaria no lo
estaba, tampoco las formas de explotación del mapuche, pues la carga de
trabajo al que eran sometidos por el encomendero eran abrumadoras: “En
Melipilla, en la estancia de Gualemo, en 1679, los indios tienen tierras y
reciben además una ración semanal de charqui, pero declaran que
no tiene más de tres días libres, que deben trabajar en las
fiestas, pues el encomendero- que es dueños de la estancia-los abruma con
las faenas de pastoreo, las labranzas, las largas conducciones y tienen a veces
que “limosnar” su alimento. Los pagos de salario en ropa
están fuertemente atrasados, un rasgo generalizado en este siglo en
Chile”.
2.4.b.-
Los traslados de población
Los
traslados de población desde un pueblo de indios a otro, o de un pueblo a
una hacienda fue el común denominador que ayudo a la disminución
constante de población mapuche en los asentamientos originarios. Esto fue
posible debido a que el poder español sometió a los mapuche y
otros indígenas al sistema de encomienda, obligando a todos los hombres
de entre 18 y 50 años a servir en la haciendas de sus encomenderos, los
que provoco que en los pueblos de indios solo quedase población en su
mayoría infantil, de jóvenes mujeres y adultos, muchos de estos
trasladados para servicio
personal.
El traslado de población muchas veces sirvió al español
para impulsar usurpaciones de las tierras a través de la ocupación
directa de los terrenos abandonados y para fundar proposiciones de confinamiento
de pueblos de indios a unos pocos asentamientos, cuestión que aunque se
intento dio pocos resultados, pues la población mapuche a pesar del
constante desarraigo y traslados mantuvo la memoria y la reivindicación
de sus tierras.
Son
numerosos los traslados de población mapuche. Para formarse una
visión de estos procedimientos describimos algunos casos que permiten
entender la situación de constante migración forzada que en muchos
caso se transformo en desarraigo definitivo y otros un poderoso aliciente para
volver a sus tierras ancestrales, los que fue regulado en 1621 por la Tasa de
Esquilache.
Algunos
casos de traslados de población son los siguientes:
En
la zona de Pirque al sur de Santiago,” los indios que fueron de la
encomienda de Rodrigo de Quiroga, ocuparon y cultivaron como dueños el
valle de Cochancache – correspondiente a las tierras ubicadas entre la
junta del río Maipo y Clarillo, y el camino real a Chada - y como
arrendatarios también cultivaron Pirque...que el cacique Lienagual
sembró en esas tierras como arrendatario de ellas...” hasta que
“ ...Rodrigo de Quiroga se llevó a sus indios a Apoquindo, esas
tierras quedaron desamparadas, no quedando en ellas ningún
indio”.
El encomendero Francisco de Aguirre en el siglo XVI “... cambió la
encomienda de Gualemu en Teno a Andacollo, en Codao había una encomienda
trasladada de Catentoa o de Aconcagua, que tuvo un nuevo traslado a fines del
siglo XVIII a
Navidad.
En 1602-3, en las hacienda de Macul se concentraban diversos indígenas
desde yanaconas e indios “de servicio personal” venidos de Peteroa y
de otros pueblos del
Maule.
Y en 1697, dos terceras partes de los mapuche del pueblo de Indios de Chacabuco,
son trasladados por el encomendero Pedro Gutiérrez de Espejo a la
hacienda de San Pedro, quedando el otro tercio de las familias a cargo de los
cultivos y cuidado del ganado.
Casos
de traslados completos de un pueblo a otro es el ocurrido en el pueblo de indios
de Chada a fines del siglo XVIII, que ocurrió debido a la presión
ejercida sobre sus tierras por parte de los hacendados.
“[...]
se han trasladado todos los indios del pueblo de Chada al de Codegua que esta en
medio de la
Hacienda...”.
Traslados de
población por litigio de tierras ocurren en 1628 en Quilicura, al ser
trasladada la población a
Talagante,
que correspondía a una de las parcialidades del mismo ayllarrehue, como
se desprende de la declaración efectuada por el Logko Calbin que
señalan en otro juicio que su posesión es inmemorial en los
terrenos de Talagante
El
periplo de la mano de obra, al que eran sometidos los indígenas por sus
encomenderos recorría de norte a sur. Los encomenderos ante la falta de
población comenzaron a congregar más de una encomienda en una sola
estancia. Así las encomiendas de Liguiemo, Tango y Tobalaba, se
congregaron en Putupur en el valle de Quillota y luego fueron trasladados a la
estancia de Peteroa en el Maule. Finalmente, al quedar vacante la encomienda,
los indígenas fueron radicados en Mallaca en tierras dejadas por los
encomenderos en Quillota, pero alegando no ser de allí los
indígenas volvieron a
Ligueimo.
Hacia el norte de Aconcagua, otro ejemplo de traslado y concentración de
distintas encomiendas de varios pueblos de indios en una sola hacienda era lo
que ocurría en 1630 en La Ligua, donde aparte de los indígenas del
valle se encontraban encomendados “...algunos beliches, indios de Putaendo
e indios de Codegua” a su vez “Gran número de indios de La
Ligua y los de Curimón , Apalta y Llopeo estaban asentados en la Hacienda
de Pullally. También fueron mudados a ese lugar las encomiendas de Rapel
y
Pucoa.”
Este
constante periplo laboral de la población mapuche encomendada llevo a que
La Tasa de Esquilache considerara una solución jurídica para
evitar el despoblamiento de los pueblos de indios y a la vez de las haciendas,
dispuso que los indígenas que a la fecha se encontraran fuera de sus
lugares originarios de residencia por más de diez años se
quedarían en el lugar donde se encontraban radicados y los
indígenas que se encontraran ausentes por menos tiempo deberían
volver a sus pueblos. “Al pregonarse, en 1621, la Tasa de Esquilache en
Curimón, partido de Aconcagua, se estableció que los indios de los
pueblos de Aconcagua, Curimon y Apalta se encontraban dispersos en las estancias
vecinas a La Ligua, así como en las minas cercanas con sus mujeres e
hijos y durante muchos años sin mudarse, o bien en
Santiago”.
Aunque
la Tasa de Esquilache, regulo el tiempo de trabajo, la cabida mínima de
tierras de los pueblos de indios y trabajo en las haciendas, esta no evito la
disminución de población en los pueblos de
indios.
Otros
traslados de población fueron efecto de la fundación de villas
españolas, tanto a principios del periodo colonial con la
fundación de Santiago y cuando “ a mediados del siglo XVIII, se
activa una política de fundación de villas, encontraremos nuevos
desplazamientos de indios debido a esta
causa”.
El caso más conocido es el del pueblo de indios de Melipilla donde la
población fue trasladada desde su asentamiento original y llevados al
Bajo junto al río Maipo y para fundar la villa de
Curacaví.
3. Trayectoria
colonial de las tierras de los pueblos de indios
3.1.
El pikunmapu después de la ocupación militar y la derrota
mapuche
Las
tierras mapuche del pikunmapu a partir de 1540 comenzaron a ser objeto de
reducción mediante diversos métodos de enajenación y
usurpación. El primero de ellos correspondió a la
apropiación de todo el territorio mediante la “bula
intercaetera” que permitió a los españoles disponer de las
tierras del pikunmapu y entregar las mercedes a los españoles para que
formaron las haciendas, muchas de las cuales se instalaron sobre las tierras de
los Lof mapuche.
El
español no tuvo una política de radicación del mapuche
hasta 1580, antes de esa fecha se dedico a respetar parcialmente las posesiones
indígenas para asegurar el repoblamiento mapuche luego de la
dispersión y reducción demográfica ocurrida con la guerra
de resistencia mapuche (1541-1550). El reconocimiento jurídico hispano
que los mapuche podían disponer de sus bienes, favoreció y
alentó la ventas y remates de tierras, proceso que duro todo el siglo
XVI. Solo a fines de este siglo, los españoles, ante los procesos de
reducción de las tierras mapuche, provocada por el traslado de la
población a las encomiendas, las presiones por ocupar y apoderarse de las
tierras indígenas, llevo a que se nombrara un Protector de Naturales para
que administrara los pueblos de indios, con sus Lof y Ayjarewes y entre otras
funciones estuvo autorizar las enajenaciones de tierras. Solo a comienzos del
siglo XVII se dictaron ordenanzas y tasas destinadas a resguardar las tenencia
de tierras mapuche y constituir la propiedad indígena por medio de las
mensuras de los pueblos de indios.
3.2.
Las ventas de tierras mapuche durante el siglo XVI
La
venta de tierras de las comunidades y pueblos de indios comenzaron a efectuarse
desde el inicio de la dominación española del pikunmapu, pues por
Cedula Real de 1540 se admitió la compraventa de tierras a
indígenas con presencia del Oidor, lo que estimulo a que desde los
primeros años del dominio hispano las tierras mapuche de la zona entre
Limari y Bio Bio, y en especial en los sectores cercanos a Santiago, quedaran
sometidas a un proceso de enajenación.
Años
más tarde, en 1571, otra cedula estableció que la venta de tierras
mapuche debería efectuarse en remates públicos, “en las
justicias en pública almoneda” y anunciarse públicamente
treinta días antes de la subasta. La autoridad de Solórzano
confirmo la necesidad de la intervención de la justicia, del protector y
de dar los treinta pregones de acuerdo con las cédulas
citadas.
Esta
formalidades del derecho indiano fueron observadas en los remates y
adjudicación de tierras de indígenas, pero ello no fue
garantía para que en el acto legal se verificara la usurpación y
el engaño. El procedimiento para la venta y enajenación de las
tierras consistía en demostrar que la enajenación de las tierras
en forma total o parcial de un pueblo de indio era beneficioso para estos, que
las tierras una vez en poder de los españoles comenzarían a pagar
tributo o sesmo. Para avalar la conveniencia de enajenar, los españoles
debían concurrir con testigos, entre los que frecuentemente se
incluía el administrador del Pueblo de
Indios
y luego dar treinta pregones para que concurrieran los interesados al remate
público. Finalmente se realizaba la subasta y la transferencia al
español adjudicatario, verificándose la mayoría de los
remates en el valle de Aconcagua y
Santiago.
La
presión sobre las tierras mapuche aumento a fines de la última
década del siglo XVI, con el termino del ciclo de la explotación
aurífera y la reconversión económica hacia la agricultura,
para los que era necesario “... aumentar sus disponibilidades de suelo
para empresas agrícolas en una época en que se estaban verificando
cambios en la economía del reino, en orden a suplementar la decadencia
de la producción aurífera con nuevas actividades
económicas”.
Las
adjudicaciones de tierras mapuche constituían un gran negocio para los
adquirientes, debido a que el precio pagado al indígena aumentaba
inmediatamente al pasar a dominio del español, el que luego enajenaba
parte de la tierra y recuperaba la inversión. Esta especulación se
presentaban en varios pueblos de indios. En el de Aculeo “.. una parte de
las tierras compradas el 26 de abril de 1599 por Gaspar Hernández de la
Serna a los indios de Aculeo, se traspasaba pocos meses después, el
1° de octubre del mismo año, a Alonso Navarro, por 50 pesos de oro,
es decir, por el precio que había pagado por el total”.
En
muchos casos de ventas de tierras indígenas no existió presencia
de dinero, pues “el traspaso fue hecho gratuitamente y a cambio del
exclusivo establecimiento de un
rédito”,
es decir, de un renta o beneficio de la explotación si saber el tiempo
por el que se otorgaría al mapuche. Era un pago a plazo con la misma
explotación de la tierra enajenaba. Los casos de este tipo de ventas de
tierras para el periodo entre 1590 y 1600 corresponden a los pueblos de indios
de Aculeo, Pelvín, Rapel, Melipilla Pico, Tanco (Tango), Peumo y Pomaire,
todos lugares cercanos a Santiago, ubicados en valles de buenas tierras
agrícolas.
Para
proceder a poner las tierras en subasta era necesario la intermediación
del protector de naturales. En 1588, el protector Luis de la Torre
presentó una solicitud en nombre de los Logkos de Pomaire, don Pedro Revo
y don Alonso Pelquihuan, para que parte de las tierras del Ayjarewe, ubicadas en
Puangue pudiesen ser rematadas, atestiguando que estaban sin uso. La solicitud
fue aprobada y se efectuó el remate, adquiriéndolas en mismo
encomendero de Pomaire. Lo mismo ocurre a los indígenas de Rapel que
venden las tierras de un quebrada ubicada a cinco leguas del pueblo de indios,
llamadas tierras de Terao que es donde entra el mar y que se llama
Llebunechico.
3.3.
Constitución de los Pueblos de Indios
Hasta
1580 las tierras mapuche pertenecientes a un Lof o Ayjarewe, tenían un
reconocimiento tácito de su existencia. Sin embargo, el avance
expropiador y usurpador de los hacendados, el traslado en la mano de obra a las
encomiendas, la reducción de la población y abandono productivo
debido a la imposibilidad de trabajarlas por estar sirviendo obligado en las
haciendas, llevo a la necesidad de deslindarlas para determinar la propiedad
indígena respecto del resto de las tierras, y dejarlas sometidas al
tributo real, para los que fue necesario implementar mensura y
delimitación de terrenos, tratando de establecer su extensión y
cabida, y con ello la reducción de los mapuche a los llamados pueblos de
indios.
Para
ello se dicto la Tasa de Gamboa, pregonada en Santiago el 8 de mayo de 1580 por
el Gobernador Martín Ruiz de Gamboa, la que daba cuenta del virtual
estado de esclavitud en que se encontraban los indígenas en las
encomiendas, haciendo cada vez más difícil la existencia de los
pueblos de indios, por lo que dispuso que entre el río Choapa y el
Maule, lo siguiente;
“..
ordeno y mando que los españoles que fueren corregidores de los dichos
distritos reduzcan a pueblos los dichos indios para que vivan juntos y ordenados
políticamente..".
La
Tasa de Gamboa era una medida política tendiente a reducir a los mapuche
a pueblos con el fin de regular el tributo, y liberarlos del trabajo exclusivo
para el encomendero, obligándolos a pagar tributo en trabajo y especies.
La
formación de los Pueblos de Indios quedo reglamentada en la Tasa de
Gamboa, que dispuso que cada uno de ellos debía tener media legua en
circulo, como tierras mínimas para sustentarse, señalandose que
los terrenos debían ser elegidos por los corregidores y los Logkos:
“quel
corregidor y los caciques y señores principales de su distrito elijan la
comarca y tierra que se ha de hablar, teniendo consideración que sean
saludables y que sean fértiles y abundantes de fruto y mantenimientos de
buena tierra para sembrados y cogerlos y de pastos para criar ganados y de
montes y arbolados y de buenas
aguas...”
Elegido el sitio se ordenaba levantar la población en lugares
“que
gocen de aires libres espacialmente de los norte y habiéndose de
edificar en la ribera de cualquier río sea de la parte oriente, de manera
que saliendo el sol de primero en el pueblo que en el agua y darán y
repartirán a los pobladores solares y tierras bastantes y harán
que edifiquen y hagan sus casas... y que siembren para si y para sus tributos
... y que hagan sementeras para la
comunidad”
(op.cit. Gligo 1962: 136)
Complementó
la medida de Ruiz de Gamboa el nombramiento de los Protectores de
Indígenas en 1583, institución que debía velar por la
integridad de las tierras y el cumplimiento de las normativas por parte de
mapuches y encomenderos. Sin embargo, las disposiciones de la Tasa de Gamboa
duraron poco tiempo debido a la oposición de los encomenderos, que
temieron quedarse sin mano de obra indígena para las labores mineras y
ganaderas, derogándose su vigencia el 1° de octubre de 1584,
volviéndose al régimen de la tasa de
Santillán.
Años
después, en 1592 se dieron a conocer las Instrucciones de Loyola,
tendientes a regular la producción de los terrenos de los pueblos de
indios, las que debido a la disminución de la población por la
disminución de la tasa de natalidad y el traslado de la población
de hombres a los obrajes, estancias y minas, hacía que las tierras
quedaran en importantes superficie sin cultivar, prohibiendo que estas no
podrían ser ocupadas ni adquiridas por los españoles.
Además, instruía al administrador español de los pueblos de
indios que las tierras y productos trabajados en comunidades cuando hubiesen
excedentes debían asegurar su venta, en especial la producción de
las viñas y del vino. Aunque estas disposiciones establecían la
protección de las tierras mapuche, ella no fue suficiente para impedir la
venta de las tierras que se seguían produciendo a fines del siglo
XVI.
3.4.
La rebelión mapuche de 1598 y Las mensuras de Gines de Lillo. (1603-
1605)
La
mensura de tierras realizada por Gines de Lillo tuvo como motivo principal la
preocupación del gobernador Alonso de Ribera de radicar y proteger las
tierras de los pueblos de Indios, y a la vez afianzar la política de
reducción de los mapuche en los terrenos que aún conservaban en
los pueblos de indios.
La
mensura de tierras fue una causa directa de la victoria mapuche en Curalaba, que
obligo a un repliegue de población española a la zona central y a
las áreas marginales del sur. En el pikunmapu, las mensuras buscaban
resolver algunos de los problemas de conflictos de tierras entre
españoles y de mapuches con estos, debido a la presión por
conquistar la tierras para cultivos y las constantes usurpaciones que
sufrían los Pueblos de Indios. El objetivo político de la mensura
era provocar una distensión con los mapuche del pikunmapu, ante la
inestabilidad de las fronteras del sur, restituir las tierras que en parte
hubiesen sido usurpadas y asegurar y consolidar la propiedad hacendal
española. Decía la orden de mensura “que conforme a la
voluntad de Su Majestad los dichos indios sean desagraviados e amparados en las
tierras que bastantemente hubieron menester....”
Antes
de Gines de Lillo, el Gobernador Alonso de Ribera encomendó las mensuras
al licenciado Juan de Morales Negrete, pero este no pudo desarrollarlas
nombrándose en su reemplazo a Melchor Júfre del Aguila, el que
inicio las labores en 1602, pero la mensura quedó inconclusa, al
solicitar que se aclarara la legalidad de las mercedes de tierras desde el
primer cabildo en adelante y la validez de la propiedad constituida en tierras
de los pueblos de indios, haciendo una radiografía de las
usurpación de tierras y preguntando por la legalidad de estas y de toda
la propiedad de las tierras en poder del
español.
También
Jufre, pedía que se ordenase por el Gobernador que los encomenderos que
tuviesen ganados en los pueblos de indios los retirasen, debido a que les
quitan a los pueblos de indios los mejores sitios y pastos para sus ganados, y
sus cultivos se ven destruidos por el ganado del encomendero. Las preguntas de
Jufré no fueron respondidas y después de un año se
procedió a nombrar en su reemplazo a Gines de Lillo como nuevo mensurador
general, para las tierras comprendidas entre Choapa y Cauquenes.
El
nombramiento del Gines de Lillo señalaba lo siguiente:
“...os elijo, nombro y señalo
por juez visitador general de tierras de la dicha ciudad de Santiago y sus
términos, desde el pueblo de los Cauquenes hasta el Chuapa, para que
trayendo vara alta de la real justicia, hagais visita general de todas las
tierras de la dicha ciudad y de sus términos y todas las personas que
las tuviesen, por cualquier razón de títulos que exhiban ante vos
para que veais el derecho con que las poseen y el perjuicio y daño
con que se dieron las dichas tierras y desagravieis y hagais restituir a los
indios naturales y los pueblos de sus comunidades en aquellas que en su
perjuicio e daño con que sedieron se hubieren proveído , llamadas
e oídas las partes, e con la menor costa que pudiere...”
.
Al
ordenanza general se adjuntaba el instructivo especifico para la mensura y
restitución de las tierras de pueblos de indios basado en una
proporción entre población y superficie de tierras:
“...que a los dichos indios e
pueblos les queden y tengan suficiente cantidad de tierra para su labra y
crianza, dejándoles bastante copia, conforme al número de indios
que
hubiere...”
Ginés
de Lillo se envistió del cargo el 11 de agosto de 1603 y el 21 de agosto
inicio las mensuras hasta 1605 pero no cumplió con la mensura de todo el
territorio. Solo alcanzo desde Quillota hasta el Maipo, incluyendo Melipilla,
Puangue y Acuyo oValle de
Casablanca.
Las
tierras entregadas por Gines de Lillo a los pueblos de indios consideraban
propiedad individual y propiedad comunitaria y se otorgaba en proporción
a la población, tanto a los caciques, viudas y mocetones. Algunos
ejemplos de los resultados alcanzados por la mensura de los Pueblos de Indios
son los siguientes; En Apoquindo se entregaron 427 cuadras, en Pico 191 cuadras,
en Macul 18 cuadras, por existir juicio de tierras entre encomendero e
indígenas. En Lampa y Colina se entregaron 352 cuadras en propiedad
individual y 577 cuadras en comunidad. En Chiñigue o Pelvin se les
entrego 310 cuadras.
La
empresa de mensura de Choapa a Cauquenes, era irrealizable para un solo perito,
alcanzando Gines de Lillo en dos años a la cuenca del Maipo y Aconcahua.
Con posterioridad, las ordenanzas de Lillo siguieron vigentes,
aplicándose a los pueblos de indios al sur del Maipo y al norte del
Aconcagua.
3.5.
Las mensuras de pueblos de Indios con posterioridad a Gines de
Lillo
Con
posterioridad a las mensuras de Gines de Lillo, sus ordenanzas se mantuvieron
vigentes para todo el periodo colonial. “Esta forma de señalar y
medir tierras sirvió de modelo para operaciones semejantes en otros
pueblos y se la conoció bajo el nombre de “ordenanzas de
Lillo”. Así, en algunos autos sobre las tierras de Codegua del
año 1639, el Protector General pide que a los naturales se les deje las
necesarias “conforme a las ordenanzas y a lo que ha usado y usa”...
“No hay duda que la aplicación en el tiempo de esta
disposición cubrío todo el periodo
indiano”.
En
algunas zonas de pikunmapu, los mapuches para exigir la mensura de las tierras
debían recurrir a las autoridades del poder colonial con el fin que se
les hiciera justicia y se les restituyeran sus dominios usurpados. Es el caso
del pueblo de indios de Sotaquí, donde los mapuches instalados
allí, por el traslado desde los valles interiores para el trabajo
encomendado en la hacienda de Limari, exigen la restitución de las
tierras de Cogotí, Combarbala y Pama, y solicitan que se les midan como
disponen las ordenanzas. “Dichas tierras las tenían usurpadas y
suplicaban a la Real Audiencia los amparase en sus legítimos
derechos(...) La mensura de tierras la realizó Jerónimo de Miranda
entre 1633 y 1636 (...) El protector les otorgo la posesión para ganado
en el valle de Combarbalá y Pama. En Cogotí, pidieron la
restitución de tierras para sembrar y hacer
pueblo”
En
otras zonas al sur de Santiago, las mensuras se ordenan para regiones mayores.
En el partido de Itata, ubicado al sur del Maule y al norte de
Concepción, las mensuras de tierras a los Ayjarewes mapuche o pueblos de
indios se dispusieron en 1642 por Auto de la Real Audiencia de 31 de Enero, en
virtud de la solicitud efectuada por el fiscal defensor de indígenas,
quién pidió el cumplimiento de la “Real
Provisión” de 6 de Julio de 1641 que ordenaba la mensura para el
pueblo de Punual y los demás pueblos de indios o Ayjarewe del partido de
Itata.
En el sector costero las tierras del Ayjarewe de Vichuquén o pueblo de
indios habían sido reducida constantemente y en 1642 se mandaron a medir
con el fin de disponer del resto de los terrenos para la constitución de
las mercedes de tierras. En dicha mensura a cada indígena en virtud de
su posición socio económica se le asignaron cuadras de tierras
“se mando que los caciques he indios tenían y poseían
muchísimas tierras mas en dicho pueblo y su
contorno”.
En
1642 una nueva instrucción de la Real Audiencia asociada a la Tasa de
Esquilache, vino a complementar las Ordenanzas de Lillo, al considerar la
entrega de tierras a los indígenas ausentes del pueblo de indios y que no
se habían considerado en las mensuras efectuadas hasta ese año, lo
que perjudicaba las estrechas tierras que se les dejaba a los mapuche en su
poder. La instrucción de 1642 ordenaba entregar una legua de tierra en
cuadro, (2.116 hectáreas aproximadamente), repartiendo a los cacique o
Logko 10 cuadras, a cada indígena tributario o reservado 5 cuadras
ausente o presente; 3 cuadras a las viudas y 24 a cada diez indios para su
comunidad. Lo que sobrara quedaría para la comunidad y la crianza de
ganados, majadas y porteros. Esta disposición se aplicara en muchos casos
durante el siglo XVII y XVIII, y se verifica en los pueblos de Codegua en 1628
y en 1688, Chada en
1690,
y en Malloa en 1700 a 1727, donde además de las tierras individuales se
miden las tierras comunitarias.
Esta
política cambia con ocasión de medirse las tierras del pueblo de
indios de Rancagua a principios del siglo XIX, al que solo se le reconocen las
tierras de tenencia individual y no se reconocen las tierras comunitarias de los
mapuches de Rancagua. En efecto, “En 1806, el Fiscal de la Real Audiencia,
como protector General de Indios, obtuvo que se entregasen a los naturales de
Rancagua ciertas tierras de las que habían sido desposeídos. Para
ello, se procedió a matricular a los indígenas de los pueblos de
Codegua, Peumo y Rancagua, señalándoles diez cuadras al cacique,
cinco a los indios , y tres a las indias viudas. No hay en este caso
asignación de tierras de comunidad lo que, por lo demás, ocurre
con frecuencia”.
4.
Defensa y superviviencia de las tierras de los pueblos de indios
La
situación de los pueblos de indios entre 1600 y fines del 1700 se
caracteriza, por el masivo traslado de mano de obra mapuche desde sus tierras
hasta las haciendas, quedando los pueblos de indios con poca población,
en general la no tributaria, y con parte de las tierras abandonadas
forzosamente, pero de acuerdo al mismo ordenamiento jurídico del
dominador español, las tierras seguían siendo de propiedad de los
indígenas, los que dispondrían de ellas cuando quisieran volver,
como ocurrió en numerosos casos, sin que la recuperación de las
tierras estuviese exenta de conflicto y juicios. Los mapuches recurrieron a
defensa jurídica de sus tierras solicitando al Protector de
indígenas que se les respetaran las tierras que ancestral o legalmente
les pertenecían. De allí que existen numerosos juicios que se
ventilan ante las autoridades españolas durante los siglos XVII y XVIII.
La supervivencia de estos se mantiene durante estos siglos como lo atestiguan
las numerosas visitas de autoridades del poder español y de la iglesia.
Finalmente, los intentos por hacer desaparecer los pueblos de indios se procuran
como ultima medida antes de la dictación de la extinción de la
encomienda en 1789.
4.1.
Defensa de la tierras mapuches en los pueblos de indios
Durante
los siglos XVI, XVII y XVIII, los mapuches debieron defenderse de las
usurpaciones realizadas por los hacendados a través de la acción
judicial de defensa y reivindicación, recurriendo al protector de
indígenas o directamente a las autoridades. Una revisión sumaria
demuestra que en algunos casos los mapuche pierden sus tierras, pero en la
mayoría logran mantenerlas a pesar de la situación de desmedro y
dominación en la que se encontraban. Relatamos algunos
casos:
En
1642, en el pueblo de Aculeo, los mapuche son arrinconados por los capitanes
Francisco Ortiz y Domingo García Corbalan y por Francisco de Salinas. El
Logko del pueblo de indios exige al protector de indígenas el respeto por
las tierras que establecían las ordenanzas. De allí que la Real
Audiencia el 31 de Enero, dictaminara que los acusados deberían esperar
la entrega de las tierras faltantes a los mapuches, para luego ocupar las
sobrantes.
En
1652 el cacique Cristóbal Guenumanque de Vichuquen, denuncia que los
mapuches son despojados paulatinamente de sus tierras. Reclama ante las
autoridades hispanas y solicita la restitución de las tierras de Llico
(Yllo) que han sido usurpadas en los años pasados por los
españoles, tomándose algunas de esta que pertenecían a la
parcialidades indígenas del pueblo de indios. “Este pleito permite
reconocer ciertos aspectos de la tendencia señalada sobre la
constricción de la territorialidad indígena de Vichuquén.
Claramente, a los indios se les están quitando sus tierras y
además, se les ésta ordenando el espacio, pues se señala
que en 1642 se había realizado la mensura del pueblo y que a cada
indio, en función de categoría socio-económica , se le
habían asignado las cuadras de tierra correspondientes”.
En
Pomaire, los mapuche disponían desde 1604 de 320 cuadras de tierras
dejadas por la mensura de Ginés de Lillo a 2 caciques y 48 tributarios,
pero los conflictos de tierras con los hacendados vecinos, Mendoza y
Agüero, y las usurpaciones habían reducido con el tiempo las cabidas
territoriales, ya que en 1679 la remensura del pueblo de Pomaire arrojo un total
de 196 cuadras; eran entonces 1 cacique, 24 tributarios y 3 viudas. Los mapcuhe
renuevan la demanda de tierras, insistiendo en la recuperación de lo
usurpado para lo que interponen a través del Protector de Indios el
reclamo. La reivindicación fue rechazada por la por la Real Audiencia de
Santiago, la que ordeno entregar a cada indígena las tierras de las
ordenanzas (las mismas dada por Lillo es decir: 10 cuadras al cacique, 5 a cada
tributario, 3 a las viudas, y 24 cuadras en común por cada 10
indios)
incluyendo a los
mapuches presentes y ausentes, como si fueran naturales; si faltaban tierras
para cumplir con la distribución debían tomarse de las estancia
vecinas y los españoles que habían recibido mercedes de tierras
del pueblo debían seguir poseyendo, pero pagando un canon a la Caja de
censos de indios.
En
1698, los mapuche de Rapel lograron hacer reconocer sus derechos a la tierra que
se encontraba usurpada, al ser amparados en sus tierras y ordenada la
repartición de estas de acuerdo a las ordenanzas que establecían
una legua de largo por otra legua de ancho. Por esos años, en Tagua Tagua
los mapuches se defendían de los intentos de usurpación por parte
de propietarios españoles.
En
1710, en Malloa, los mapuche iniciaron juicio contra Santiago de Larraín
y Vicuña, el que había comprado 1500 cuadras a Isabel de Reyes, la
que a su vez había usurpado las tierras de Malloa, una vez que estos en
el 1700 fueron trasladados a Aculeo como encomendados y al volver vieron que sus
tierras vacantes estaban en manos de particulares, logrando que se les
restituyeran las tierras en 1719 y a Larraín (la Ryan) solo le
reconocerían las tierras sobrantes de la mensura.
En
1746 en Codegua, un largo juicio de tierras fue llevado por los mapuche en
contra de la Hacienda de Rancagua, de propiedad de los Jesuitas del Colegio
Máximo de San Miguel. El conflicto comenzó en 1628 cuando Catalina
de los Ríos gano la merced de tierras indígenas de Codegua en
ausencia de los mapuches que habían sido trasladados encomendados a La
Ligua. Las tierras después de largos años pasaron a formar parte
de la Hacienda de los Jesuitas, pero el Protector de Indios, señalo que
dichas tierras estaban a disposición de los mapuches para cuando
volvieran de las encomiendas. Al no poder volver a recuperar las tierras,
iniciaron el juicio reivindicativo en 1746 logrando que las tierras de Codegua
se les restituyeran en virtud de las ordenanzas de Lillo y la Real Audiencia.
En
1750 en Coelemu los mapuche del pueblo de indios se trababan en juicio con los
españoles respecto de las usurpaciones de tierras de que eran objeto por
los hacendados vecinos. En dicha ocasión para que se respetaran las
tierras los Jesuitas se invocaban el respeto de las ordenanzas de Lillo y de la
Tasa de Esquilache en cuanto a respetar la cabida mínima de
tierras..
En
Peumo, la resistencia mapuche por la defensa de las escasas tierras que
conservaban se expreso durante el siglo XVIII, con motivo de los intentos del
párroco de apellido Zúñiga de establecer una villa en las
tierras indígenas... “a pesar de estar casi extinguido el pueblo,
tuvo la tenaz resistencia del cacique Catrileo y no consiguió cambiar la
índole de su parroquia –
doctrina”.
La insistencia por fundar la villa para avanzar en la evangelización y
formar nuevas parroquias, llevaba a discutir acerca de la población
mapuche de Peumo. “Unico incoveniente que dicho terreno – para
fundar la villa de Peumo- pertenece a la encomienda de indios del Pueblo de
Peumo,... pero quedán sólo 11, fuera de mujeres y chicos... por lo
que pudieran éstos agregarse al pueblo de Codeu, que dista tan
solamente dos leguas o al pueblo de Copequén (Pelequén?) que
dista diez, y hay muy pocos indios en él, o al de Tagua Tagua que dista
diez”.
El Cacique de Peumo Cipriano Catileu se opuso al cura doctrinero y mantuvo su
decisión de defensa de sus tierras, logrando que en 1763 se nombrara un
defensor de indígenas. Años más tarde Ambrosio
O´Higgins en 1793 oficiaba para que se informe de la oposición del
Cacique de Peumo, Nicolas
Catrileu.
Peumo y otros pueblos de indios pervivieron en el tiempo, y a fines del periodo
colonial aún mantenía las tierras de la primera mensura. El Dr.
Zúñiga encargado de elaborar un informe acerca de los pueblos de
indios de la de Codehua, Rancagua y Peumo decía un año antes de
que llegara el el siglo XIX, el 13 de enero de 1799: “El pueblo de indios
de esta mi doctrina de Peumo consta de 550 cuadras de tierras todas muy
pingües, con abundancia de aguas. Los indios que son casados alcanzan a 23,
los que tienen las tierras correspondientes, las que ocupan en siembras y
algunos arriendan alguna parte recibiendo el precio correspondiente”.
4.2.
Extinción y Superviviencia de los pueblos de indios
En
1614, la visita del licenciado español Hernando Machado de Chavez,
contabilizo la existencia de 48 pueblos en el distrito de Santiago- Choapa a
Cauquenes- y de los 2.345 indios de pueblo, solo 696 residían en ellos,
el resto estaba arraigado en las estancias de los encomenderos o trabajando
libremente. En esta misma zona , a mediados del siglo XVII se contabilizaban los
pueblos de indios existentes. Fray Gaspar de Villarroel en informe al Gobernador
don Marin de Mujica anotaba en las doctrinas de Choapa a Cauquenes, la
existencia de los siguientes pueblos:
Choapa,
La Ligua, Quillota y Mollaca, Curimon, Aconcagua, Putaendo, Apalta, Colina,
Lampa, El Salto, Huechuraba, Quilicura, Melipilla, Guachün, Llopeo, Pico,
Apoquindo, Macul, Guaycoche, Tango, Aculeo, Chada, Maypo, El Principal, Malloa
, Tagua Tagua, Copequén, Rapel, Colchagua, Pichidegua, Peumo, Nancagua,
Teno y Rauco, Peteroa, Lora, Gualemo, Mataquito, Gonza, Ponihue, Vichuquen,
Huenchullami, Duao, Rauquén, Pocoa, Putagan, Cauquenes y
Chanco. Posteriormente
se incluye
Longomilla
donde existen numerosos asentamiento de indígenas.
En
los corregimientos de Santiago y Melipilla, el 2 de diciembre de 1785 se
informaba que los pueblos de indios eran en el corregimiento de Santiago:
“Lampa con 9 familias y 143 cuadras de tierras; Macul, con 10 familias y
72 cuadras; Curamapu o Carrizal, con 6 familias y 250 cuadras y Talagante, 6
familias y 339 cuadras. En el corregimiento de Melipilla, estaban las cinco que
se indicaban: Llopeo, con 8 familias y 203 cuadras; Chiñigüe, con 6
familias y 150 cuadras; el Bajo de Melipilla, con 6 familias y 400 cuadras;
Pomaire, con 24 familias y 300 cuadras y Gallardo, con 20 familias y 200
cuadras.
En
el mismo año, 1785, se nombraban los pueblos de indios de la zona del
Maule; “ Huenchullami, de más de 1.400 cuadras y 47 personas, de
los cuales 14 eran indígenas puros y el resto
mestizos;
Lora con 1.900 cuadras
de terreno, tenía 20 mapuches, 26 mestizos, y 52 familias clasificadas
como inquilinos agregados al pueblo, con un total de 238 personas;
Vichuquén, con más de 1.700 cuadras y 31 indios, de los que se
catalogaban 19 mapuches, 22 familias de inquilinos con 85 personas y el pueblo
de Gonza o la Huerta de Mataquito, de 146 cuadras que corrían a lo largo
del río Mataquito, con 16 indios y 11 familias de inquilinos común
total de 59 personas.
Más
la sur del Maule , en el partido de Itata, en 1782, la visita del Corregidor
José Santos Mascayano daba cuenta de los pueblos de indios que se
encontraban repartido a orillas del río Itata y en la costa: Meipo (44
indígenas),
Cobquecura,(44),
Noneche (12), Colpuyado (36), Mela (52), Púaun (87), Pirumavida (107),
Coelemu o Ranquil o Ranquilcahue (47), Pumaguil (104) Longuén o Puraligue
(32) y Maitenco (25).
5.
Algunos Pueblos de Indios Extinguidos
Los
factores de extinción de algunos pueblos de indios durante el periodo de
dominación español estuvieron asociados a la política de
usurpación y enajenación territorial en los primeros años
de la colonia que hicieron desaparecer importantes pueblos de indios o
comunidades indígenas debido al traslado y despoblamiento de territorios,
como el caso de los pueblos de Huechun y Pico en el valle del Puangue, cuya
suerte fue la desaparición, sin que las mensuras del siglo XVII llegaran
a constituir la propiedad de sus tierras, y tampoco existieron reclamos
reivindicativos en los años siguientes. El pueblo de Huechun
corrió igual destino, en 1584 aparecía cercado por las tierras de
su encomendero y en 1628 aparece extinguido por la usurpación de sus
tierras y traslado de la mono de obra encomendada. El pueblo de indios de Pico,
que recibe la mensura de Ginés de Lillo en 1602, reconociéndoles
200 cuadras, años después son despojados por Diego González
Montero, su encomendero, a pesar de lo anterior hasta 1771 subsiste un
núcleo indígena, sin saberse si estos son parte los antiguos
mapuches asentados o de otros traídos por la hacienda .
Un
segundo factor de desaparición de pueblos de indios fue la
fundación de Santiago y la expansión posterior acompañado
por el proceso presión y usurpación sobre las tierras
indígenas inmediatas. Es así como al primer acto expropiatorio al
Logko Huelen Huala, realizado en 1541 para la fundación de Santiago, le
sigue el traslado de los indios Guaicoche desde La Dehesa a Apoquindo en el
siglo XVI, estos a principios del siglo XVIII, iniciaron un proceso de
reivindicación de tierras, volviendo las a ocupar y solicitando que se
les restituyeran 80 cuadras de tierras que por herencia de sus antepasados les
correspondían en Peñalolen, tierras que habían sido
asignadas luego del traslado y que ahora estaban en poder del Convento de Santa
Clara. La Congregación reclamó por la toma realizada por los
indígenas y logro que la Real Audiencia decretara el desalojo de los
indígenas en 1731.
En
los sectores cercanos a la ciudad de Santiago las tierras indígenas ya
casi se habían extinguido o se encontraban ocupadas por los
españoles durante los primeros años del siglo XVII. El pueblo de
Tobalaba presentaba una situación precaria, ya que el encomendero Juan de
Barros había trasladado a la población quedando solo el Cacique
don Fernando o Apuncheme con 2 o 3 indígenas más. Estos conservaba
solo un retazo de las tierras originales reconocidas por el español, pues
el resto se las había apropiado Pedro de Lisperguer. En el caso de los
pueblo de indios de Macul, el cacique Martín que poseía por
derecho de radicación por un total de 200
varas
de cabezada (ancho) y 400 de
largo,
luego de su muerte su
esposa e hija mantuvieron un pleito de tierras con el encomendero del pueblo y
hacendado español Juan Jofré. En 1603 Gines de Lillo señala
que en el Pueblo de Macul solo vivían en el Pueblo tres o cuatro indios
y la viuda del cacique a la que dejo 3 cuadras de frente por 6 de ancho,
mientras se fallaba el pleito. En el caso del Pueblo de Apoquindo, las tierras
se encontraban ocupadas por el cacique Diego Guanaquero y 37 indígenas
más, los que tenían una posesión reconocida de 427 cuadras
(666,12 hectáreas), las que se encontraban enteramente ocupadas por el
capitán Martín de Zamora. En el caso de lo pueblos de
Ñuñoa y Vitacura a comienzos del siglo XVII han desaparecido como
asentamientos de indios, probablemente por traslado de la población, y se
han transformado en tierras de nadie, siguiendo ocupadas las tierras por
españoles pobres y algunos descendientes de los indígenas que
vuelven a sus antiguos asentamientos. En el siglo que viene los rancherios
indígenas de Macul, Apoquindo, y Tobalaba, terminaran siendo aldeas
mestizas con el mismo destino que Vitacura y Ñuñoa. Es así
como en el siglo XVIII se produce la extinción de los retazos de pueblos
que quedaban. Los indígenas del Pueblo de Tobalaba fueron trasladados en
1701 por el encomendero Antonio Carvajal y Saravia a su estancia de Quillota,
recogiendo a varios otros que se encontraban en otros lugares, dejando
despobladas las tierras de Tobalaba. En el caso del pueblo de Apoquindo, la
extinción fue lenta debido a que la autoridad española no
reconoció derecho de herencia a los indígenas que morían y
al quedar las tierras vacantes las asignaba otros moradores concediéndose
los retazos a otras personas y en 1739, parece extinguida la encomienda y en le
año 1759 el Pueblo de Tobalaba ya no existía según informe
de los Oficiales Reales al Presidente de
Chile.
La
fundación de nuevas villas españolas durante el siglo XVIII fue
otro factor de desaparición de pueblos de indios de sus asentamiento
originales, aunque siguieron perviviendo en otros sectores de traslados, en
ellos fueron sometidos a presión de los españoles por capturar sus
nuevas tierras. En los traslados, de estos pueblos siempre se verifica una
sensible reducción de tierras ya que solo se respetaban las tierras a
cada mapuche presente y no a los ausentes como ocurrió con anterioridad.
En
1742, al fundarse la villa de Melipilla se mensuraron nuevamente las tierras
señaladas por Ginés de Lillo a los mapuche en 1602 que alcanzaban
a 400 cuadras en Melipilla y 380 cuadras en Pichidegua, pero la nueva mensura
arrojo 392,75 y 332,72 cuadras respectivamente. En el caso de Melipilla estas
tierras se redujeron al momento de ser trasladados al lugar llamado El Bajo
cerca del río Maipo, donde se les asigno “una superficie de 111
cuadras, más 53 para ejido y tierras comunes, si bien éstos
estaban atravesados por el camino que iba de la villa al río, lo que
les quitaba seguridad para el pastaje de sus pocos animales.”...
“El Bajo, que a fines del XVIII carecía de encomendero, manifestaba
en 1771 una tendencia al incremento de población: ese año
tenía 32 indios adultos, 18 indias y 56 menores de ambos sexos. Pero en
1798 la población aparece ya muy disipada: son solamente un cacique, su
hermano, 2 tributarios, 3 viudas, 2 solteras y 8
casadas”.
La
extinción de pueblos de indios fue parcial y se localizo principalmente
en torno a Santiago, desaparecieron por abandono total de las tierras o por el
traslado de la población a las encomiendas. Otros pueblos de indios
desaparecieron por usurpación de tierras y cuando los mapuche no
efectuaron acción de reivindicación de sus tierras. Aún
así la mayoría de los pueblos conservaron sus tierras y el dominio
de ellas durante toda el periodo colonial, no estando exentos de procesos de
reducción por usurpación o de acciones promovidas para
confinarlos.
6.
Los intentos de reducción y remates de tierras mapuche a fines de la
colonia
La
idea de reducir en número a los pueblos de indios, fue tomando fuerza a
mitad del siglo XVIII, promovida por el corregidor José Santos Mascayano
antes de 1750. Se pretendía reunir los pueblos de indios en unos pocos
asentamientos. Alentaba esta propuesta la idea de ganar nuevas tierras
cultivables para los españoles y a la vez de terminar con la presencia de
comunidades mapuche en el pikunmapu, argumentado que los pueblos de indios
tenían poca población presente y muchas tierras vacantes, sin
señalar que la población se encontraba en las encomiendas y que la
propiedad indígena constituida debía preservarse y respetarse como
lo señalaban las propias disposiciones hispanas. De allí, que los
interesados en la reducción y subasta de las tierras indígenas no
llegaran tan lejos, a pesar de efectuar los intentos por acabar con gran parte
de los pueblos de indios, e insistir en la década de 1780 con la misma
proposición de Mascayano, para colocarse a resguardo de las mediadas que
a fines de esa década se impondrían. Es decir, el termino de las
encomiendas y la restitución de la mano de obra a sus pueblos originales,
y por tanto la recuperación de las tierras vacantes por parte de los
mapuche.
En
1785 el Presidente Benavides, trato de reducir los pueblos de Santiago a uno
solo, proponiendo que se les
llevara
al lugar llamado San
Antonio y que las tierras de los pueblos fuesen sacada a remate, cuestión
que se ordeno el 25 de Agosto de 1786. Fue así como las tierras de los
pueblos de Lampa, Carrizal o Curamapu y Chiñigüe fueron rematadas y
después se dispuso que se les trasladara a las mapuche afectado a
Pomaire, sin embargo el empeño por reducirlos y enajenar sus tierras
quedo suspendido, luego de haberse rematado las tierras de los pueblos de indios
de Lampa y Chiñigue, y en Carrizal el remate no se llevo a efecto, pues
la cacica se opuso a la medida. A pesar del remate de las tierras, los mapuches
siguieron viviendo en ellas y el proyecto de traslado y reducción quedo
inconcluso.
Pocos
años después, el intento de reducción se trato de
implementar en el partido de Itata. En 1789, el subdelegado del partido de
Itata, pidió a la Intendencia de Concepción aprobar el proyecto de
reunir todos los pueblos en el de Cobquecura, señalando que las tierras
de los demás pueblos de indios deberían rematarse entregando lo
recaudado a los indígenas. El proyecto tampoco prospero porque al
pretender ocupar la misma disposición de lo hecho para los pueblo de
Melipilla, esta no era aplicable a las subdelegaciones de Chillan, Itata y
Cauquenes.
En
el mismo año, 1789, un vecino de la villa de San Agustín de Talca,
haciendo primar sus intereses particulares solicito al Gobierno, que se
trasladaran a los mapuches del pueblo de Huenchullami al de Vichuquen. Las
tierras de Huenchullami eran vecinas de su hacienda, y para promover el traslado
argumentaba que con este cambio los indígenas contribuirían junto
de a los de Vichuquen al abastecimiento de pescado del reino. Su interés
era acceder a las 1.400 cuadras de tierras que poseía el pueblo de
Huenchullami. Pero a pesar de haberse censado los pueblos de indios de la zona
el proyecto quedo detenido en 1789, por Cedula de 8 de Agosto.
Los
intentos de algunas autoridades y personas influyentes por reducir, aislar y
terminar con los pueblos de indios del pikunmapu, quedaron frustrados a poco
andar dejando a varios Lof mapuche sin tierras. El resto de los pueblos de
indios subsistió, manteniendo la calidad jurídica de las tierras y
su carácter indígena, a pasar de la ocupación parcial de
algunas de estas debido al despoblamiento por traslado de los habitantes y
durante todo el periodo de la encomienda constituyo siempre una reserva de
tierras de los mapuches. Como señala Jean Borde, que: “... es
importante hacer notar que, aunque los indios habían sido ocupados
en las labores de la estancia, la propiedad jurídica de sus tierras no
había desaparecido, y seguramente siempre subsistió allí
un pequeño núcleo poblado por indios viejos ya reservados de
servicio, aunque no faltaban las transgresiones de deslinde por los estancieros
vecinos.”
(Palma 1997: 57-58).
La categoría es reconocida y nombrada por Pedro de Valdivia en el
repartimiento de las encomiendas que realiza en Imperial. “(...) Luego
repartí todos los caciques que hay del río para acá, sin
dar ninguno de los de la otra parte, por sus levos; cada uno por su nombre
–que son como apellidos y por donde los indios reconocen la
sujeción a sus superiores (...) y los repartí los levos e indios
dellos (...)” (Valdivia 1978 [1552] 170).Los levos son nombrados
corrientemente por los cronistas para referirse a los parte de los especio
territorial ocupado por los mapuche: “Fúndo la ciudad de Osorno en
el lebo de Chauracaví (Mariño:231)... fue caminado al lebo de
Tucapel (ibid:214)...en el distrito del cacique Colo-Colo (ibid:361)...anduviese
corriendo los lebos de Ongolmo, Paicabí, Tucapel y Millarapue
(ibid:363).
La categoría territorial de Butalmapu
(Fütalmapu)
no
es nombrada por los primeros cronistas del siglo XVI, lo que no significa que no
hayan existido, solo que los españoles no la reconocieron, a pesar de
nombrar como grandes territorios el de los Promaucae, entre Angostura de Paine y
el Maule. Pero si hablan si hablan de juntas o parlamentos indígenas que
congregan a todos los señores de la tierra, como el parlamento de 1541 de
Santiago con Michimalonco en que llagaron bajo el mando de este ultimo los
Logkos desde Aconcagua al Maule. Es Pineda y Bascuñan . (1863, III:
40-43) quién después de estar cautivos entre los mapuches logra
conocer el concepto de Fütalmapu o Uutanmapus y lo nombra por primera
vez.
(Mariño de Lobera 1865: 70)
(Odone:1998: 29)
(Odone:1998:23)
(Góngora: 1976:75)
(Góngora 1976:28)
(Silva 1962:75-76)
(Silva 1962:76)
La disminución de la población en los pueblos de indios llevo
entre otras medidas a que los Obispos de Santiago exigieran el tributo de los
indígenas de haciendas, negros y mestizos, realizándose un
empadronamiento de población en Colchagua y Maule en 1641. Los resultados
señalaban que los indígenas se encontraban concentrados
principalmente en las haciendas españolas y eran poca la población
que se mantenía en los Pueblos de Indios. Los Pueblos de Indios
empadronados en las doctrinas de Malloa, Teno, Cauquenes, Loncomilla, Peteroa y
Lora fueron los siguientes: Malloa: 1 cacique y 5 indios casados, 4 solteros.
Indios de Tagua Tagua: un principal, 6 casados, 3 solteros. Copequén 1
principal y 21 casados, Teno 1 cacique y 4 indios. Nancagua: 1 cacique y indios,
Colchagua, Pueblo Cauquenes 2 caciques y un indio, Pueblos de Sanio: 1 cacique,
1 fiscal. Pueblo de Loango, 1 cacique, 3 indios. Pueblo de Reloca: 4 indios,
Catentoa : 1 cacique, 3 solteros19, Pueblo de Peteroa 8, Pueblo de
Vichuquén 7, Pueblo de Lora :6. Pueblo de Huenchullami: 1 cacique y 10
indios. (Góngora: 1978: 122-124).
En 1590 las tierras del cacique don Felipe del pueblo de indios de Quillota
aparecen como rematadas “... compradas primero por don Alonso de Riberos
Figueroa y traspasadas por mitades por éste a dos censatarios que
constituyeron censo cada uno respectivamente por mitad recibida” . En 1598
el censuario Fernando Alvarez de Bahamonde en la encomienda de Juan de
Rivadeneyra se establece que el capitán Francisco Hernández Ortiz
había comprado 400 cuadras de tierras de los indios del valle de
Quillota. Al vendérselas en 1599 a Fernando Alvarez de Bahamonde en 832
pesos oro lo hace obligando al comprador a reconocer el censo a favor de los
indios que gravaba las tierras (...)También en 1590 aparecen rematadas
las tierras del cacique Chancaypillán “El producto de la venta de
las tierras fue impuesto a censo sobre las mismas tierras rematadas y sobre
las casas del censatario en Santiago” (...) Parte de las tierras del
pueblo de indios de Pomaire aparece en 1597 como vendidas (Jara 1987:
139-140)
(Borde et.al: 1956:33)
Júfre pedía aclaración de los siguiente: “...si son
válidas las ventas de los protectores que resultan en daño de los
indios, aunque sean antiguas, o si fuese hecha en tiempo que se le
seguía perjuicio, aunque ahora no les siga por tener menos indios y
menos ganados, o si se ha de mirar a desocuparles a los indios tierras capaces
para muchos ganados, si los tuviesen, o para mucha población, si fuesen a
más o si bastara que tengan lo necesario anchurosamente para lo que ahora
tiene.
El trayecto de las mensuras fue el siguiente. Comenzo en Ñuñoa,
continuando a Apoquindo; Manquehue, Vitacura, Tobalaba, Peñalolen y
nuevamente Ñuñoa. En octubre se encontraba hacia el Maipo
orillando los faldeos cordilleranos y luego siguió en El Salto de
Conchalí. En noviembre mensuro ambos costados del “camino de
Chile”, pasando por Lo Negrete y Huechuraba para llegar a Renca. En
febrero de 1604, trabajo en la región de Tango, siguiendo a
Chiñigue y Pomaire. A mediados de marzo opero en Melipilla ty durante
mayo, en el valle de Puenague, Curacaví y Mallarauco, concluyendo en la
región de Ibcache. En junio mensuró las chacrás al sur de
la Cañada de San Lázaro y a mediados de giosto estaba en
pudahuel. En noviembrte midio las estancias del valle de Acuyo o casablanca y
a principios de diciembre , Viña del mar, Reñaca, Colmo y
Quillota, trabajo allí entre el 6 y el 8 de noviembre,
terminándose aquí los datos de la mensura. Quedaron sin practicar
mensuras los territorios ubicados al sur del río Maipo hasta Cauquenes y
por el norte entre el río Aconcagua y el Choapa.(Silva:1962)
El texto de lo acordado por la Real Audiencia de Santiago para ordenar la
mensura de lospueblos de indios de Itata fue el siguiente:: “... que el
corregidor de dicho partido de Itata mida y entere a los dichos caciques e
indios de los pueblos de Punual y demás de dicho partido así
presentes como ausentes en el paraje y lugar que en sus tierras ellos eligieren,
con intervención de su protector y encomenderos, dándoles a cada
cacique para su labranza y sementera diez cuadras y a cada indio tributario o
reservado cinco y cada viuda a tres y para comunidad de cada treinta indios,
cincuenta cuadras y a este respecto más o menos ampare, defienda y
conserve a los dichos caciques e indios en la posesión de dichas tierras
en la dicha forma medidas y lance de ellas a cualquier persona que las tuviese
detentando y ocupadas, las cuales ni otra persona alguna de ahora en adelante
las ocupe ni les perturben ni inquieten en la posesión velcuasi de dichas
tierras pena del interés de dichos indios y de mil pesos de a ocho Reales
aplicados por mitad cámara y Reales estrados y si tuvieran que pedir en
esta ración lo hagan en esta Real Audiencia”. Seguía el auto
pidiendo el cumplimiento a lo señalado, lo siguiente: “y Para ello
se despachare la probisión según la carta..., la cual guarde,
cumpla y ejecute el dicho corregidor y de cuenta a esta Real Audiencia de
haberlo hecho dentro de treinta días después que le fuere intimada
so la dicha pena y que se enviara persona de esta corte con días y
salarios a ejecutarlo y traerlo preso a su costa y así lo proveyeron y
señalaron, Pronunciose este auto ante los señores oidores de esta
real Audiencia”. (Archivo R.A. vol.3033)
(Silva 1962: 114-115)
(Odone: 1998:31)