- La
Comisión ha constatado, tras examinar una amplia evidencia, que las
culturas y sobrevivencia de los pueblos
Kawésqar y Yagán,
habitantes del extremo austral del país, están hoy gravemente
amenazadas. Sobre la base de esta constatación, la Comisión
está convencida que la única manera de reconocer a estos Pueblos y
demostrar la sinceridad de este reconocimiento ante nuestra conciencia
ética y moral como nación, es acometer en el más breve
plazo, con urgencia y diligencia, la implementación de medidas
suficientes para garantizar la supervivencia de los Pueblos
Kawésqar y Yagán.
Conjuntamente, la Comisión recomienda hacer un llamado a que nunca
más en Chile se produzcan estos hechos, que concierne hoy el futuro y
existencia de estos pueblos.
- Con
esta finalidad, la Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato
recomienda conceder prioridad y urgencia a la concreción de las acciones
que permitan a estos pueblos y a sus integrantes gozar del ejercicio de los
derechos que la Comisión recomienda reconocer a los Pueblos
Indígenas, y que han sido reseñados precedentemente.
- Es
la opinión de la Comisión que, en primer lugar, es necesario
llevar a cabo un censo especial que
identifique a los descendientes directos de los Pueblos Kawésqar y
Yagán, para luego, y conforme a los resultados de ese censo,
diseñar y poner en ejecución un amplio
Plan en cuyo marco se lleven a cabo,
articuladamente, acciones e iniciativas dirigidas a la población que
compone estos pueblos, a través de las que debe garantizarse el acceso de
sus miembros a un cierto conjunto de prestaciones que se identifican como
condiciones básicas de sobrevivencia.
- Es
el parecer de la Comisión que el censo especial referido en el
párrafo precedente debiera ser implementado por el Instituto Nacional de
Estadísticas, asesorado para estos efectos por el Instituto cuya
creación forma parte de la presente propuesta.
- Atendida
la condiciones de vulnerabilidad en que actualmente vive la población que
compone los pueblos Kawésqar y Yagán, la Comisión estima
que, entre las prestaciones básicas a que se hace referencia
precedentemente, debieran considerarse las siguientes:
En
materia de políticas sociales asistenciales:
- - Otorgamiento
de pensiones de gracia por vejez (a partir de 50 años) e
incapacidad.
- - Otorgamiento
de subsidios de cesantía en caso de interrupción de sus
actividades económicas habituales por fenómenos naturales,
enfermedades o situaciones de fuerza mayor, que impidan el normal desarrollo de
las mismas.
- - Acceso
gratuito a todas las prestaciones de salud dentro del sistema
público.
- - Becas
de colegiatura completas que cubran la educación en todos sus ciclos
(básica, media y superior), incluyendo gastos de traslado y
subsistencia.
- - Otorgamiento
de subsidios monetarios a las familias kawésqar y yagán, para el
financiamiento de sus gastos de agua, luz y gas.
- - Implementación
de un subsidio para el transporte marítimo, aéreo y terrestre en
beneficio de la población que reside en Puerto Edén y Puerto
Williams.
- - Implementación
de un subsidio habitacional especial para las familias Kawésqar y
Yagán, en Puerto Edén, Puerto Natales, Punta Arenas y Puerto
Williams.
En
materia de rescate y revitalización de las lenguas y culturas
Kawésqar y Yagán:
- - Implementación
de un programa especial de rescate y revitalización del idioma
yagán, el intienkuta, y del
idioma kawésqar.
- - Implementación
de un programa especial de rescate y revitalización de las culturas
yagán y kawésqar.
- - Implementación
de acciones tendientes al fortalecimiento de las organizaciones de los Pueblos
Kawésqar y Yagán, a las que debe garantizarse una efectiva y
gravitante participación en todo el proceso de diseño,
ejecución y monitoreo del plan en referencia.
- - La
Comisión sugiere que el Instituto cuya creación se ha propuesto
precedentemente, tenga a su cargo, en estrecha colaboración con los
organismos públicos y privados pertinentes, la implementación de
estos programas de rescate y revitalización de las lenguas y culturas de
los pueblos kawésqar y yagán.
- Deberá
considerarse muy especialmente la flexibilización de los instrumentos a
través de los cuales el Estado financie y lleve a cabo las acciones que
formen parte de este plan, de manera de asegurar la aplicabilidad, oportunidad y
pertinencia de las mismas.
- Las
instituciones y organismos públicos que tengan a su cargo la
ejecución de las acciones, la prestación de servicios, el
otorgamiento de subsidios de cualquier naturaleza, o la entrega de bienes
asociados a la implementación de este plan, deberán contemplar en
sus respectivos presupuestos partidas especialmente destinadas a estos fines,
que garanticen alcanzar una cobertura total en el más breve plazo.
- Para
la implementación de este Plan, podrá estudiarse el
fortalecimiento y eventual reorganización del Plan de Cobertura Total
dirigido a las poblaciones kawésqar y yagán, actualmente
coordinado por la CONADI a través de su Oficina de Asuntos
Indígenas de Punta Arenas.
- El
Director de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena
debería asumir la supervisión directa de las acciones que se
lleven a cabo en el marco de este Plan, y la fiscalización de la
ejecución del mismo. La Comisión estima que el Intendente de la
Región de Magallanes debería asumir un rol fundamental en la
conducción de este esfuerzo.
Sin
perjuicio de las acciones que sea necesario implementar con la finalidad de
llevar a cabo este Plan, la Comisión, haciendo suyos algunos de los
planteamientos que estos pueblos han puesto a su consideración, y que
constan en los informes preparados por sus organizaciones; sugiere la
adopción de las siguientes recomendaciones: