Portada Anterior Siguiente Índice | 5. El régimen de trabajo

5. El régimen de trabajo


Las acciones de Michimalonko y de Lautaro, en los primeros años de la conquista, dan testimonio de la participación de los habitantes de Chile central en la Guerra de Arauco, mientras que el análisis de las cajas de indios dimensionan la magnitud del aporte financiero realizado por los pueblos de indios en el sostenimiento de la misma. “Los financiadores de la guerra eran, en último término, los indios de las regiones de paz pues sobre ellos descansaba el mayor peso del trabajo material, en un sentido general, y más particularmente, de sus haciendas también se exigía un esfuerzo y un aporte concreto al abastecimiento de vituallas y pertrechos para el ejército. Y las haciendas de los indígenas eran el oro de los sesmos, sus ganados y las sementeras que cada año hacían”[29].

El proceso de mestizaje -como se decía anteriormente- para fines del siglo XVI ya estaba muy avanzado -además de la fuerte caída demográfica de la población indígena a causa de la guerra y las enfermedades-, los datos acerca de la mano de obra que abastecía a la sociedad de la época muestran que la principal fuente estaba formada por mestizos e indígenas, estos últimos con un porcentaje del 76,5%. Sin embargo, respecto a los salarios -que era fundamentalmente pago en especies- existía un grado de discriminación étnica, en el que los trabajadores indígenas se encontraban en el nivel más bajo[30].

Los indígenas ligados a las encomiendas quedaban, como fuerza de trabajo, a disposición del encomendero y a la aplicación de las disposiciones existentes para cada región, sobre todo en los primeros tiempos de la ocupación española. Pero existía un sector de no-encomenderos que necesitaba de mano de obra para sus actividades económicas o domésticas, lo que lograba arrendándola al encomendero, o de los indígenas traídos de otras regiones que se desplazaban en calidad de libres o semi-libres[31]. La incorporación forzada a un sistema de trabajo desconocido, tuvo un carácter violento y extraordinariamente duro, que trataba de ser aminorado por las autoridades coloniales, en virtud de una proyección a más largo plazo que la de los conquistadores interesados en un rápido enriquecimiento. En una real cédula de 1554, se comunicaba al gobernador de Chile la preocupación por el buen trato hacia los indígenas y se estipulaba la prohibición del “servicio personal de los indios, cargarlos o echarlos a las minas y (...) los tributos que debían dar”. En la misma cédula se reiteraba el cumplimiento de las disposiciones generales a favor de su libertad, buen trato y conversión religiosa[32]. Sin embargo, debido precisamente a la abrupta disminución de los indígenas originarios del centro de Chile durante el siglo XVI, la zona ubicada entre el sur del Bío-Bío y la isla de Chiloé, se convirtió en la más alta proveedora de mano de obra para la zona central, y se constituyó en el antecedente directo de la esclavitud legal de población mapuche desarrollado durante el siglo posterior[33].

Por medio de la Tasa de Santillán, elaborada a mediados del siglo XVI, se intentó reformar el sistema de trabajo indígena modificando el tipo de remuneración que debía ser recibida y regulando el ritmo de trabajo, específicamente en lo referido a los lavaderos de oro. El encomendero obtendría cinco sextos del oro extraído, por provisión de comidas y herramientas y su obligación de adoctrinar a los indígenas, mientras la sexta parte debía ser para estos últimos. De la división en sextos surge la expresión “sesmos”[34].


[29] Jara, Álvaro. El salario de los indios y los sesmos de oro en la Tasa de Santillán. Centro de Investigaciones de Historia Americana. Santiago. 1961. p. 45.
[30] Jara, Álvaro. Trabajo y salario... Op. cit.: 54-56. El autor plantea que si bien en los documentos oficiales aparece una mayoría española, esto se debía a que no se determinaba la procedencia étnica de los trabajadores. Los que se decían españoles debían haber sido mestizos (español e indígena) asimilados a la forma de vida española, y de baja condición social. Mientras que los denominados como mestizos, serían “mestizos indianizados”. La vestimenta determinaba la inclusión de los mestizos en la categoría de indio.
[31] Ibíd.: 57.
[32] Ibíd.: 93, 94.
[33] Ibíd.: 61, 62.
[34] Ibíd.: 98, 99.